CIUDAD DE MÉXICO.— El pasado miércoles 11 de mayo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el artículo 142, fracción IV, de la Ley de Instituciones de Crédito no es arbitrario, desproporcional, ni vulnera el derecho a la vida privada, al permitir que las autoridades hacendarias federales requieran información para fines fiscales relacionada con el secreto bancario, sin mediar autorización judicial, esta medida implica que Hacienda podrá tener acceso a tus datos bancarios.
Por lo tanto, la Secretaría de Hacienda o la Procuraduría Fiscal pueden solicitar información sobre las cuentas bancarias de las personas para verificar que exista un “correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.
“La norma no es contraria al texto constitucional, pues si bien el artículo 16 protege el derecho a la privacidad, la facultad de las autoridades hacendarias para obtener información bancaria sin autorización judicial persigue una finalidad legítima y satisface los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad”, señala el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat.
¿Qué es el secreto bancario?

Según la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), el secreto bancario consiste en la protección que los bancos e instituciones financieras deben otorgar a la información relativa a los depósitos y captaciones de cualquier naturaleza que reciban de sus clientes. Se entiende que esta información forma parte de la privacidad de los clientes del sistema financiero.
En México, el secreto bancario se encuentra regulado, por lo que las instituciones solo podían dar noticias o información de los depósitos, operaciones o servicios al propio cliente.
Ahora las cosas han cambiado.
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La determinación de la SCJN se refiere específicamente a las responsabilidades fiscales, es decir, no se trata de un asunto penal sino de la responsabilidades de los contribuyentes.
La determinación de la SCJN respecto al secreto bancario señala que “como todo derecho no es absoluto y debe ponderarse frente a otros fines de alta importancia”.
El alto tribunal determinó que la solicitud de información financiera por parte de las autoridades hacendarias no constituye una técnica de investigación relacionada con un proceso penal, sino una actuación administrativa para fines de comprobación del cumplimiento de las obligaciones fiscales”, arguemento la SCJN.
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¿Por qué preocupa que Hacienda tenga acceso al secreto bancario?




De acuerdo con una publicación de Forbes, la determinación de la Suprema Corte va en el sentido de negar un amparo promovido por un empresario que está acusado de frande fiscal por 12.4 millones de pesos.
Al parecer, el empresario Mansur Cisneyros está acusado también de lavado de dinero, vinculado al exgobernador de Veracruz Javier Duarte, según publica Forbes.
El empresario vive en Canadá desde 2017, y el amparo que promovió señala que el acceso a su información bancaria por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) fue inconstitucional.
Como se observa en este caso, la determinación de la SCJN abre la posibilidad a las autoridades hacendarias de obtener información financiera de cualquier persona que pueda parecerse sospechosa de algún delito.
