La minera Camino Rojo, subsidiaria de Orla Mining Ltd., ubicada en Zacatecas, utilizó al crimen organizado para amenazar a sus trabajadores, afiliados a la sección 335 del Sindicato Nacional Minero, y violar sus derechos laborales.
Además, también buscó que desertaran de este gremio, advierte una investigación del panel del Mecanismo de Respuesta Rápida (MRR) del T-MEC, que determinó que hubo una denegación “grave” de los derechos laborales, apunta un comunicado de la Embajada y Consulados de Estados Unidos en México, apunta que
“La determinación de hoy subraya el importante rol del RRM para nivelar el terreno de juego para los trabajadores estadounidenses y garantizar que las instalaciones en México no puedan obtener una ventaja injusta mediante la violación de los derechos de los trabajadores a la libertad de asociación y a la negociación colectiva”, declaró en un boletín el Representante Comercial de los Estados Unidos, el embajador Jamieson Greer.
“Tengo la intención de seguir utilizando el RRM en toda su extensión para hacer cumplir las obligaciones laborales de México en virtud del T-MEC”, agrega.
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Injerencia patronal en actividades sindicales.
De acuerdo con la resolución preliminar, la compañía es “responsable directa de injerencia patronal” en actividades sindicales.
Específicamente, el panel determinó que Camino Rojo interfirió en las actividades sindicales de sus trabajadores mediante su intervención y una actitud discriminatoria que favorecía a su sindicato preferido —el Sindicato Minas— sobre el sindicato titular en ese momento: Los Mineros.
El Panel observó además que la interferencia de Camino Rojo se vio “agravada” por actos de coacción e intimidación destinados a obligar a los trabajadores de Camino Rojo a desafiliarse de Los Mineros y afiliarse al Sindicato Minas; asimismo, el Panel señaló que el éxito de este esfuerzo “implica una violación grave”.
De acuerdo con el documento, el Panel calificó a Camino Rojo como el “principal promotor de la Denegación de Derechos” en la mina, dado su apoyo a actividades dirigidas a lograr la desafiliación de los trabajadores de Los Mineros. El Panel señaló además que el conocimiento que Orla Mining y Camino Rojo tenían de la presencia del crimen organizado en la zona de la mina incrementaba su responsabilidad de proteger los derechos de los trabajadores.
Despidos arbitrarios vinculados a las preferencias sindicales
Asimismo, el Panel determinó que las medidas adoptadas por Camino Rojo “fueron insuficientes para subsanar las consecuencias de la interferencia patronal en los asuntos sindicales y de las amenazas denunciadas por el Sindicato Los Mineros”.
Esto, debido a que la interferencia en los asuntos sindicales, los actos de violencia, las amenazas y los despidos arbitrarios vinculados a las preferencias sindicales “fueron suficientes para crear un clima de miedo entre los trabajadores de la mina ante la posibilidad de sufrir posibles represalias en caso de no apoyar al sindicato preferido por su empleador”.
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La propuesta
Como posibles medidas correctivas para estas violaciones, el Panel propuso:
- Una disculpa pública;
- diversas medidas para garantizar la plena libertad de asociación y de negociación colectiva;
- acciones para asegurar la neutralidad en la mina en el trato hacia los sindicatos.
- diversos compromisos de la dirección para promover los derechos de los trabajadores en las instalaciones, tales como medidas disciplinarias y el fortalecimiento de las políticas de tolerancia cero;
- reincorporaciones, indemnizaciones, compensaciones y una garantía de indemnización;
- medidas de seguridad adicionales;
- capacitación;
- el compromiso de prevenir violaciones recurrentes;
- y medidas para garantizar los derechos de Los Mineros (p. ej., permitir a los miembros de Los Mineros el acceso a la mina y la posibilidad de comunicarse, sin demoras indebidas, con la dirección de la empresa, así como permitir la colocación de avisos sindicales).
Influirá en arbitrajes similares: Nahir Velasco
Al respecto, Nahir Velasco, coordinador jurídico del Sindicato Minero, subrayó que este caso sienta un precedente dentro del MRR, al analizar aspectos de fondo, como evidenciar que los hechos de violencia sí impactan en la denegación de derechos a la libertad sindical y negociación colectiva.
En entrevista con medios nacionales, señaló que el caso podría influir en otros arbitrajes similares y será tomado en cuenta en la revisión del T-MEC.
“Evidentemente, hubo un tema que trascendió lo sindical y cuando no tienes derechos humanos y a la seguridad, cómo puedes desempeñar tu ejercicio sindical. Este caso sienta un precedente muy fuerte en contra de Orla Mining”, recalcó.
El objetivo principal del panel laboral es reparar la violación a los derechos laborales de los trabajadores. Este mecanismo de solución de controversias planteó la reinstalación de quienes fueron despedidos, el pago de indemnizaciones y garantizar el ingreso a la unidad de los mineros de la sección 335.
No obstante, las partes deberán trabajar en un plan de remediación; en caso de reincidencia, la compañía canadiense sería sujeta a la aplicación de aranceles.
El caso de Camino Rojo motivó una queja laboral en agosto de 2024; posteriormente, debido a que las medidas de reparación fueron insuficientes, la situación escaló a un panel, que es el tercero que se resuelve al amparo del T-MEC.
