El INE tendrá una Comisión de Verificación de Integridad de Candidaturas

MÉRIDA.- Junto con los cambios para las próximas elecciones del Poder Judicial, hoy entraron en vigor otros dos decretos relacionados con la injerencia de extranjeros en los procesos electorales y la revisión de los perfiles de las personas candidatas.

Uno de estos da a conocer la entrada en vigor de la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que crea una Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas, ante la cual partidos políticos y aspirantes independientes podrán someter a evaluación los perfiles de los contendientes en un proceso electoral. Someterse a esta revisión no será obligatorio.

Esta comisión funcionará dentro del Instituto Nacional Electoral, con fondos de su presupuesto ya asignado. Tendrá como objetivo identificar posibles riesgos relacionados con actividades delictivas antes del registro formal de candidaturas federales o locales. Estará integrada por tres consejeras o consejeros electorales, quienes permanecerán en funciones durante tres años y la presidencia será rotativa de manera anual.

De acuerdo con el decreto, la nueva instancia recibirá de manera voluntaria las listas de los aspirantes a un cargo. Posteriormente, la información será remitida a la Fiscalía General de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, la Unidad de Inteligencia Financiera y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para una evaluación de riesgo.

Candidaturas con “riesgo razonable”

Las instituciones participantes podrán determinar si existe o no un “riesgo razonable” de que una persona esté relacionada con actividades ilícitas. Sin embargo, los resultados no tendrían efectos automáticos sobre la posibilidad de competir por un cargo público.

La Comisión únicamente notificará a los partidos o aspirantes si una o más instituciones detectaron la existencia del riesgo, sin revelar detalles de las investigaciones, expedientes o hechos específicos que dieron origen a la alerta. Con base en esa información, serán los propios partidos políticos quienes decidirán si mantienen o retiran la postulación.

Los artículos transitorios establecen que la comisión deberá estar integrada, instalada y funcionando antes del inicio del proceso electoral de 2027. Además, el INE deberá emitir los lineamientos que regulen su operación, los procedimientos para el intercambio de información y los mecanismos de protección de datos personales y confidencialidad.

Nulidad de la elección por injerencia extranjera

En otro decreto publicado hoy, se incorpora una nueva causal de nulidad de elecciones en México cuando se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales.

Sin embargo, el texto aprobado no define de manera específica qué conductas constituirán intervención o injerencia extranjera. Además, establece que no bastará con acreditar la existencia de esta, sino que también deberá demostrarse que dicha actuación tuvo influencia en los resultados electorales.

Entre los posibles escenarios que podrían ser analizado se encuentran el financiamiento ilícito proveniente del extranjero, campañas impulsadas por gobiernos de fuera, intervenciones de funcionarios de otros países o cualquier otra conducta que pudiera alterar la voluntad del electorado.

Los artículos transitorios ordenan al Congreso de la Unión y a las legislaturas estatales armonizar su marco normativo antes del 5 de junio de 2026. Asimismo, el INE, los institutos y tribunales electorales deberán revisar y actualizar sus disposiciones normativas y administrativas para garantizar la aplicación de la nueva causal de nulidad.

Además, hoy se publicó un tercer decreto que modifica la reforma judicial de 2024 y que aplaza las elecciones de juzgadores para junio de 2028. También establece cambios en la forma de selección de candidatos, así como el número de aspirantes en las boletas. Las claves de esta reforma las detallamos en nota aparte.

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¿ Qué dice el Gobierno Federal?

Sobre los decretos que entraron en vigor hoy, la consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde Luján, respondió hoy a posibles críticas. A continuación, sus declaraciones.

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“El INE será juez y parte en este proceso”.

No, el INE no investiga, no emite un juicio sobre la integridad de las candidaturas, ni resuelve sobre su registro. El INE solo será el vínculo institucional para facilitar el intercambio de información de manera ágil de las instituciones que tienen la información de inteligencia y seguridad, y los partidos políticos; son este puente.

“Es un mecanismo a modo para perseguir o desacreditar candidaturas”.

Falso. Es un mecanismo voluntario, es un mecanismo confidencial para que los partidos políticos tengan información relevante antes de postular y sean ellos quienes asuman con responsabilidad la decisión de hacerlo o no.

“No se establecen sanciones, no se hace obligatorio para los partidos y candidatos cuando existe un riesgo razonable; es, entonces, una simulación”.

No. De establecerse sanciones, se acusaría a la autoridad de entrometerse en la vida interna de los partidos políticos cuando únicamente lo que se pretende es poner a disposición la información relevante y que los partidos políticos tomen las decisiones.

“Se establecen causales ambiguas y discrecionales que abren la puerta a que cualquier cosa puede interpretarse para anular una elección”.

No es así. La reforma solo estableció el principio general en la Constitución; ahora tocará la discusión sobre las leyes secundarias que permitan una discusión donde se desarrollen los criterios, los estándares de prueba y las reglas de aplicación en las leyes secundarias.Eso tendrá que hacerse en un plazo no mayor a 90 días.

Jessica E. Ruiz Rubio es licenciada en Periodismo y maestra en Gestión de la Mercadotecnia. Comenzó su carrera periodística en 2004, año en que ingresó a Grupo Megamedia. Se especializa en trabajos especiales, análisis de tendencias digitales, temas locales y gestión de redes sociales.