CIUDAD DE MÉXICO (El Universal).— Las nuevas restricciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a la Modalidad 40 podrían impedir que miles de trabajadores mejoren su futura pensión y vulnerar derechos reconocidos en la legislación mexicana, advirtió Jorge Antonio Loyo Pérez, académico del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana.
El especialista cuestionó los límites salariales y la eliminación de pagos retroactivos establecidos mediante un acuerdo publicado el 21 de octubre en el Diario Oficial de la Federación.
La Modalidad 40 es especialmente relevante para los trabajadores del régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, cuyo cálculo pensionario considera el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas.
El acuerdo, vigente desde el 22 de octubre, establece que quienes ingresen o reingresen únicamente podrán cotizar con su último salario base registrado antes de causar baja o incrementarlo hasta por el equivalente a una Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Anteriormente podían elegir un salario superior dentro de los límites legales, lo que les permitía elevar el monto de su retiro.
Las nuevas incorporaciones tendrán efectos exclusivamente desde la presentación de la solicitud, por lo que dejarán de permitirse altas o pagos retroactivos.
Además, las inscripciones deberán efectuarse mediante mecanismos digitales y se impedirá contratar simultáneamente la Modalidad 40 y el esquema de aseguramiento voluntario para personas trabajadoras independientes, en los términos establecidos por el Consejo Técnico del IMSS.
Loyo Pérez señaló que las medidas podrían contravenir el principio de progresividad de los derechos humanos, previsto en el artículo primero constitucional, al representar un retroceso en las condiciones para obtener una mejor pensión.
También cuestionó que las restricciones se impusieran mediante un acuerdo administrativo, en lugar de una reforma a la Ley del Seguro Social aprobada por el Congreso.
El académico precisó que la posible inconstitucionalidad no puede darse por acreditada automáticamente: requiere analizar el acuerdo, las atribuciones del Consejo Técnico y los criterios judiciales aplicables. Asimismo, deberá determinarse si quienes pretendían incorporarse tenían derechos adquiridos bajo las condiciones anteriores o únicamente una expectativa de ingreso, según sus circunstancias y el cumplimiento de los requisitos legales.
Las disposiciones no eliminan la Modalidad 40 ni cambian de inmediato las condiciones de quienes ya estaban inscritos antes de su entrada en vigor.
Estos trabajadores conservarán las condiciones contratadas hasta concluir el periodo correspondiente; además, se reconocerán las semanas y los salarios efectivamente cotizados y pagados para calcular sus derechos pensionarios. Las restricciones salariales se aplicarán a nuevos ingresos y reincorporaciones.
Según el especialista, uno de los objetivos es contener el costo de las pensiones, pues el esquema permitía elevar considerablemente el salario de cotización durante los últimos cinco años, aunque antes se hubieran registrado ingresos bajos.
El reto financiero consiste en determinar si las aportaciones cubren las obligaciones que adquiere el IMSS; sin embargo, aclaró que aprovechar las condiciones legales para mejorar una pensión no constituye, por sí mismo, un fraude.
Loyo Pérez sostuvo que las dificultades financieras no justifican restricciones contrarias a la Constitución y señaló que los afectados podrían buscar asesoría para evaluar una impugnación, cuya procedencia y resultado dependerán de cada caso.
Por separado, senadores de Movimiento Ciudadano pidieron a la presidenta Claudia Sheinbaum aclarar los presuntos fraudes a los que hizo alusión en este esquema y transparentar los alcances del acuerdo.
