Las letras turísticas de Telchac Pueblo, donde el partido Morena pretendía que se anularan las elecciones que le dieron el triunfo al PRI
Las letras turísticas de Telchac Pueblo, donde el partido Morena pretendía que se anularan las elecciones que le dieron el triunfo al PRI

MÉRIDA.— Concluyó ayer la lucha jurídica electoral de las elecciones de Seyé y Telchac Pueblo al desechar de plano la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación los recursos de reconsideración que promovió Morena, y de esta forma se confirman los triunfos de manera definitiva en esos municipios el PAN y el PRI respectivamente en ambos Ayuntamientos.

En sesión pública al mediodía, esta instancia electoral del país decidió confirmar las resoluciones emitidas recientemente por la Sala Regional en Xalapa, y anteriormente por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán, al desechar los recursos de Morena con las cuales pretendía revertir los resultados de las elecciones en los Ayuntamientos de Telchac Pueblo y Seyé.

El partido Morena argumentó, en el caso de Seyé, que en la resolución la autoridad responsable no realizó un análisis exhaustivo del planteamiento inicial y por tanto la sentencia es inconstitucional, porque contraviene los derechos de debido proceso, motivación adecuada y tutela judicial efectiva, debe tomar en consideración que no solo se está afectando a la sociedad yucateca, sino a los electores del municipio al ser una cuestión de orden público e interés social.

Además señala que la autoridad responsable no tomó en consideración ni valoró adecuadamente todas las pruebas que se ofrecieron para demostrar que la demanda inicial sí se presentó conforme a Derecho.

“Se justifica”

Pero la Sala Superior dictaminó que la determinación de desechar el recurso de reconsideración se justifica, porque no se actualiza el requisito especial de procedencia, debido a que la resolución versó sobre cuestiones de estricta legalidad, no se omitió algún estudio de constitucionalidad y tampoco se actualiza alguno de los otros supuestos de procedencia del recurso de reconsideración, previstos en la jurisprudencia de esta Sala Superior

Añaden que este recurso de reconsideración es improcedente, por no actualizar el requisito especial de procedencia, y en la controversia no subsisten cuestiones de constitucionalidad ni de convencionalidad, la Sala Regional no efectuó la interpretación directa de alguna disposición constitucional, no inaplicó ninguna disposición legal o constitucional, y tampoco se actualiza alguna de las hipótesis adicionales previstas que justifique la procedencia del medio de impugnación.

Por todo lo ya expuesto en este caso de Seyé determinaron desechar de plano y confirmar las resoluciones de Xalapa y el TEEY, y en términos muy similares se manifestaron y resolvieron para el municipio de Telchac Pueblo.— DAVID DOMÍNGUEZ MASSA DiariodeYucatan

Política segundo titulo

Gallia est omnis divisa in partes tres, quarum unam incolunt Belgae, aliam

dfsf

Semanas atrás, el Trife también confirmó las sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán relativas a las elecciones de San Felipe, en donde ganó el PRI, y Sucilá, en donde la victoria le correspondió al PAN.

Concejos

El 30 se integrarán los Concejos Municipales de Chichimilá, Hunucmá, Izamal y Progreso.

Noticias de Mérida, Yucatán, México y el Mundo, además de análisis y artículos editoriales, publicados en la edición impresa de Diario de Yucatán