El Juzgado Tercero de Control con sede en Progreso, Yucatán, vinculó a proceso penal a un hombre acusado de dañar intencionalmente una puerta del Palacio Municipal de Dzemul y lo mandó al penal meridano.
Ubicado a 46.3 km al noreste de Mérida, Dzemul es la tierra natal de la hoy exgobernadora priista Ivonne Ortega Pacheco y tiene como alcalde a José Wilberto Flota Aké. Ambos son del partido Movimiento Ciudadano (MC).
Según el Poder Judicial de Yucatán, la maestra en Derecho Suemy del Rosario Lizama Sánchez es la titular del Juzgado Tercero de Control del Primer Distrito en Progreso.
Cómo dañó el Palacio Municipal de Dzemul
En un comunicado, la Fiscalía de Yucatán informó hoy sábado 3 de enero de 2026 que, en audiencia celebrada en el mencionado juzgado, acusó a A.G.A.C. de causar daños de forma intencional a una puerta del edificio municipal de Dzemul.
Durante la audiencia, los fiscales de litigación dijeron que el (sábado) 27 de diciembre de 2025 A.G.A.C. llegó a la edificio que ocupa el Ayuntamiento de Dzemul, ubicado en la calle 19 entre 18 y 29.
Ahí, A.G.A.C. con un hacha rompió el vidrio de una puerta de las oficinas de la sede municipal.
Luego, A.G.A.C. dejó el hacha en el sitio y se marchó caminando.
Pero instantes después, policías municipales lo detuvieron y encarcelaron.
Por su parte, el Ayuntamiento de Dzemul denunció el delito de daños en propiedad ajena ante la Fiscalía General del Estado (FGE).
Audiencia judicial por los daños en Dzemul
Tras integrar la causa penal 121/2025, la Fiscalía presentó al detenido ante el Juzgado de Control en Progreso y lo imputó.
La Jueza, dice la Fiscalía, valoró las pruebas periciales, documentales y testimoniales aportadas por la FGE durante en la audiencia y declaró legal la detención.
Además, la Jueza dio a la Fiscalía plazo de un mes para cerrar la investigación e impuso a A.G.A.C. la prisión preventiva justificada por todo el tiempo que dure el proceso penal.
Por ese motivo, A.G.A.C. estará en el penal meridano por lo menos hasta febrero próximo.
Las sanciones
Sobre el castigo, el Código Penal de Yucatán dice, en su artículo 350, que al responsable del delito de daños en propiedad ajena cometido con un medio distinto al fuego, la inundación o explosión se le impondrán las sanciones del robo simple previstas en el artículo 333 de la misma ley penal local.
El artículo 333 establece penas que van de seis meses a 12 años de prisión y multas de 20 a 400 días, para los robos cuyo monto va de menos de 100 a más de 800 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
El Inegi aún no define el valor de la UMA que se aplicará en este 2026, pero en 2025 fue de $113.14 al día.
La Fiscalía no informó si acusó al hombre también por el delito de uso de armas e instrumentos prohibidos, previsto en el artículo 162 de la ley penal yucateca y cuya penalización es de tres meses a tres años de prisión.


