Ya se acercan las celebraciones del día de muertos. En los mercados, las tiendas y hasta las calles se oferta una amplia variedad de productos típicos. Los vivos nos preparamos para recordar y celebrar a nuestros difuntos.

Algún día nosotros seremos los de las fotos de los altares. En algún momento dejaremos este mundo y debemos prepararnos para que nuestros seres queridos, además de lidiar con el dolor de la pérdida, no tengan complicaciones con todos los trámites posteriores a un fallecimiento.

En tema de trámites financieros posteriores a un fallecimiento hay mucho que hacer. Les recomiendo prepararse y platicar con sus familiares sobre cómo proceder después de un fallecimiento.

Para empezar, todos los mayores de edad deberían hacer un testamento. Sin un testamento, nuestros familiares tendrán que enfrentarse a un proceso largo y complejo. El patrimonio acumulado será motivo de conflictos y una buena parte se perderá entre juicios, trámites e impuestos.

Para quienes tienen una enfermedad terminal e irreversible, también es posible elaborar un documento de voluntad anticipada, que es el acto a través del cual una persona física, plenamente consciente, expresa su voluntad sobre las atenciones médicas que desea recibir o no. Con este trámite, los familiares no tendrán que tomar decisiones difíciles sobre lo que tienen que hacer para mantener al enfermo con vida.

Después de un fallecimiento, los familiares tendrán que contactar a las instituciones financieras para notificar el deceso, cancelar los créditos y tratar de recuperar los saldos en las cuentas de depósitos e inversiones.

En el caso de las tarjetas de crédito bancarias y los créditos hipotecarios, éstas cuentan con un seguro por fallecimiento. Es muy importante notificarle a las instituciones financieras a la brevedad posible el fallecimiento, y no utilizar las tarjetas de crédito, ya que los cargos posteriores al fallecimiento no serán cubiertos por el seguro. Hay muchos casos de fallecidos que después de un tiempo seguían teniendo cargos en sus tarjetas de crédito.

También habrá que hacer el proceso para recuperar el dinero en las cuentas de depósitos e inversiones. Recomiendo revisar que las cuentas bancarias cuenten con beneficiarios designados actualizados, para que en caso de fallecimiento ellos puedan reclamar los recursos.

La semana pasada hablábamos de la “Solicitud de Búsqueda de Beneficiarios de Cuentas de Depósito”, trámite que se puede hacer por correo ante la CONDUSEF, para saber si somos beneficiarios de una cuenta de depósito de algún familiar fallecido.

También la CONDUSEF ofrece un trámite para que los familiares de un fallecido puedan saber si son beneficiarios de algún seguro de vida. El trámite se llama “Solicitud de búsqueda de Asegurados y Beneficiarios de Seguros de Vida (SIAB-VIDA)”, es un trámite sencillo que también se puede hacer por correo.Para quien quiera ahorrarle gastos a sus familiares después del fallecimiento, también es posible contratar un seguro de gastos funerarios. Los gastos funerarios son caros, y en ocasiones los familiares no cuentan con recursos para afrontarlos, por lo que tienen que endeudarse. Si el familiar fallecido tenía ISSSTE o IMSS, se puede solicitar ayuda para gastos funerarios. Recomiendo revisar las páginas de internet de dichas instituciones para revisar los requisitos y la forma de realizar el trámite.

Lo ideal, sería tener anotado en algún lugar la información actualizada de nuestro testamento, cuentas de banco, créditos, seguros de gastos médicos, seguros de vida, etc. y dársela a conocer a alguno de nuestros familiares cercanos, para que en caso de fallecimiento pueda proceder a hacer los trámites de manera más sencilla.

La muerte nos alcanzará a todos. Así como la celebramos, debemos prepararnos y preparar a nuestros familiares para cuándo ese momento llegue.— Mérida, Yucatán.

marisol.cen@kookayfinanzas.com

@kookayfinanzas

Profesora Universitaria y Consultora Financiera

 

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