Rodrigo Llanes Salazar (*)

“Pareciera que el Ayuntamiento (de Mérida) está a favor de los intereses empresariales y no del pueblo”, me dice un vecino de Santa María Chí, subcomisaría de Mérida gravemente afectada por la operación de la megagranja porcícola Santa María, que cuenta con una capacidad para 60 mil cerdos.

Diversos estudios han documentado el impacto de la granja en la contaminación del agua de la comunidad. No se necesitan análisis para darse cuenta de la pestilencia despedida por la operación de la megagranja, ni de las plagas de moscas y moscos que representan una severa amenaza de salud pública en la comunidad. Además, la megagranja opera a pesar de no contar con diversas autorizaciones, como la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y el permiso de descarga de aguas residuales.

El caso de Santa María Chí se ha agravado pues la empresa responsable de la granja ha presentado demandas infundadas en contra del subcomisario por su labor de defensa de la comunidad y el medio ambiente, un claro ejemplo de criminalización de la protesta que ha sido objeto de atención de las Naciones Unidas y que ha sido repudiado por cientos de organizaciones y ciudadanos.

La declaración del vecino de Santa María Chí se refiere a la reciente renovación por parte del Ayuntamiento de Mérida, a través de las direcciones de Desarrollo Urbano y de Finanzas y de Tesorería Municipal, de la Licencia de funcionamiento de la granja Santa María el pasado 11 de diciembre. Esta renovación se dio a pesar de que el Juzgado Cuarto de Distrito ha otorgado un par de suspensiones (provisional y definitiva) para la operación de la granja y de que la empresa no cumple con todos los requisitos establecidos por la ley.

De acuerdo con el Artículo 40 bis de la “Ley de Protección al Medio Ambiente del Estado de Yucatán”, “los Gobiernos municipales no podrán emitir concesiones, autorizaciones, permisos o licencias sobre las obras o actividades previstas en el artículo 32 de esta Ley, en las que no se encuentren manifestados, evaluados y autorizados los impactos ambientales”. Entre las obras o actividades previstas en el artículo 32 se encuentran los “centros de producción pecuaria”, como las granjas porcícolas.

Esta disposición también se encuentra en el Artículo 26 del “Reglamento de protección al ambiente y del equilibrio ecológico del municipio de Mérida”. Como ya hemos visto, la granja Santa María no cuenta con la autorización de su MIA, por lo que el Ayuntamiento de Mérida no debió emitir la licencia de funcionamiento para dicha empresa.

Asimismo, el “Reglamento para la prevención y control de la contaminación del agua en el municipio de Mérida” establece en su Artículo 22 que “el Ayuntamiento podrá ordenar la suspensión de las actividades que den origen a las descargas cuando: a).- No se cuente con el permiso de descarga de aguas residuales”. La empresa no ha demostrado contar con dicho permiso.

Este Reglamento también dispone que “las infracciones a este Reglamento” se pueden sancionar mediante “suspensión temporal o cancelación del permiso o licencia”.

Por estas razones, vecinas y vecinos de Santa María Chí presentaron en enero de este año una demanda de amparo en contra de las direcciones de Desarrollo Urbano y de Finanzas y Tesorería Municipal por la renovación de la licencia de funcionamiento a favor de la megagranja porcícola.

El 21 de enero, el Juzgado Cuarto de Distrito concedió una medida cautelar “a fin de que las autoridades responsables en el ámbito de su competencia, ordenen la inmediata paralización de operaciones de la citada granja [Santa María]”. El juez aclara que “se debe entender por paralización de operaciones, que sólo se lleven a cabo acciones tendentes a mantener con vida a los cerdos que ya se encuentren ahí y prevenir cualquier contagio entre ellos” y que “mientras tales animales permanezcan en la granja, se deberá continuar con el tratamiento de aguas residuales”.

De manera muy importante, el juez cita los principios de prevención y de precaución: “si bien existe una presunción de legalidad en los permisos y autorizaciones con que cuenta la granja porcícola, tratándose de juicios en los que se reclama la afectación del derecho al medio ambiente, rige un principio de mayor peso denominado principio de prevención o principio precautorio (… esto es) que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”.

Frente a esta decisión del juez, las direcciones municipales impusieron recursos de queja, alegando que no cuentan con las facultades “para ordenar la paralización de un establecimiento por presuntas infracciones a la normatividad ambiental”. En respuesta a estos recursos de queja, el pasado 28 de enero el Juzgado Cuarto de Distrito concedió la suspensión definitiva.

La posición del Ayuntamiento de Mérida a través de las direcciones de Desarrollo Urbano y de Finanzas fue discutida en la sesión ordinaria de Cabildo del pasado 30 de enero. En la reunión, el regidor Adrián Gorocica expuso que recibió una llamada del subcomisario de Santa María Chí, quien expresó que la comunidad se siente agraviada por decisiones del ámbito municipal.

El regidor Gorocica expuso la serie de amparos que han interpuesto representantes de Santa María Chí y la reciente renovación de la licencia de funcionamiento, y reclamó que este tema no se haya abordado en el Cabildo. “Dada la problemática social en la comunidad, pudo socializarse esta decisión (en sesión de Cabildo)”, señaló Gorocica. “Lo preocupante es que las direcciones (de Desarrollo Urbano y Finanzas) metieron recurso (de queja contra la suspensión del Juzgado), diciendo que no tienen competencia. Esto generó un gran agravio en la comunidad. Parece que la autoridad municipal, con esta respuesta, estaría defendiendo los intereses de la granja”, agregó el regidor.

Al respecto, el regidor Asís Cano respondió que una granja porcícola funciona no sólo con permisos municipales, sino también estatales y federales, e hizo un llamado a “no tratar de sacar raja política” (a lo que la alcaldesa Cecilia Patrón asintió). El regidor Cano defendió al Ayuntamiento: “ha actuado con la mayor diligencia (…), las autoridades auxiliares de la comisaría han sido atendidas por la alcaldesa (…) aquí no estamos para defender a ninguna empresa que contamine al medio ambiente (…) pero estamos del lado de la legalidad”.

De manera similar, Edgar Ramírez, regidor secretario municipal, señaló que la granja porcícola “tuvo una licencia de uso de suelo y de funcionamiento desde la administración pasada. Para tenerla tuvo que haber cumplido una serie de requisitos, estatales y federales. Y es así como llegamos nosotros en esta administración (…) la renovación es un trámite administrativo, no se mete a cuestiones ambientales (…se trata de) si cumple documentales, que tenga los permisos estatales, hasta el momento los sigue teniendo. (Las direcciones) contestan al juez, no pueden negar la renovación de la licencia, estaríamos cometiendo un delito”.

Los regidores que defienden la renovación de la licencia de funcionamiento enfatizan que este trámite se trata de una mera cuestión administrativa, no de una ambiental, a pesar de que han sido documentadas y publicadas las afectaciones ambientales por la operación de la granja a la que le están emitiendo licencia. En cualquier caso, ¿no deberían respetar también la ley estatal de protección al ambiente y los reglamentos municipales en materia de protección al ambiente y contaminación del agua, según los cuales el municipio de Mérida no debe emitir licencia de funcionamiento en tanto que la granja no cuenta con MIA autorizada ni con permiso de descarga de aguas residuales?

Asimismo, es falso que se esté tratando de “sacar raja política”. Tiene razón el regidor Cano en que una granja porcícola funciona gracias a autorizaciones municipales, estatales y federales, y por esa razón los representantes de Santa María Chí han presentado amparos reclamando actos de autoridades no sólo municipales, sino también estatales (Secretaría de Desarrollo Sustentable y el Gobierno del estado) y federales (Semarnat y Profepa, institución que ya ha impuesto multas de millones de pesos a la granja). Nadie ha argumentado, como sostiene el regidor Cano, que la granja “funcione únicamente por una licencia de funcionamiento (municipal)”. Simplemente, se exige al Ayuntamiento de Mérida que cumpla con lo ordenado por el Juzgado y con lo dispuesto en leyes estatales y reglamentos municipales.

Los vecinos de Santa María Chí también se sienten agraviados porque el pasado 11 de diciembre tuvieron una reunión con la alcaldesa y el secretario municipal sobre la situación de la comunidad, en la que la presidenta municipal se comprometió a que todos los asuntos de la subcomisaría lo platicarían con ellos. Estuvieron como testigos integrantes del Consejo comunitario maya de Santa María Chí, el comisario ejidal, el regidor Gorocica y dos vecinos de la comunidad. El tema de la renovación de la licencia de funcionamiento y los recursos de queja no fueron dialogados ni conocidos por la comunidad.

El Ayuntamiento de Mérida debe ponerse a la altura para actuar de cara a la crisis climática y demostrar que sirve al bien común y los intereses de las y los meridanos, y no de una empresa que opera sin todas las autorizaciones y permisos, contaminando y violando derechos de una comunidad maya.— Mérida, Yucatán.

rodrigo.llanes.s@gmail.com

Investigador del Cephcis-UNAM

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