En días recientes, he tenido la oportunidad de acudir a diversos foros, entrevistas, cursos y espacios de análisis relacionados con la implementación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Escuchar a jueces, litigantes y especialistas hablar sobre este nuevo modelo de justicia me ha llevado a reflexionar sobre la enorme trascendencia de esta codificación y, particularmente, sobre la relevancia de su correcta implementación en Yucatán.
Estamos frente a una de las reformas judiciales más importantes de las últimas décadas y, sin duda, ante la transformación procesal más grande en materia civil y familiar de los últimos años en nuestro país.
La importancia de esta reforma no solo radica en la creación de un nuevo ordenamiento jurídico, sino también en el impacto directo que tendrá en millones de personas, pues las materias civil y familiar representan aproximadamente siete de cada 10 asuntos que diariamente se resuelven en los tribunales de México.
Además se trata de una reforma con alcance verdaderamente nacional. Por primera vez, México contará con una legislación procesal única en estas materias, dejando atrás los distintos códigos procesales civiles y familiares de cada entidad federativa. Esto permitirá homologar procedimientos, criterios y principios procesales en todo el país, buscando una justicia más uniforme, moderna y accesible para la ciudadanía.
La trascendencia del Código Nacional también se refleja en su aplicación supletoria, ya que servirá para regular aspectos procesales en más de 40 leyes federales y más de 300 leyes estatales. Es decir, estamos hablando de una reforma estructural que impactará de manera profunda el sistema de impartición de justicia en México.
Sin embargo, también debemos reconocer que estamos trabajando contrarreloj. El Código Nacional deberá entrar en vigor, a más tardar, el 1 de abril de 2027. Esto implica un enorme desafío institucional para todos los poderes judiciales del país, particularmente en temas de capacitación, infraestructura, tecnología y reorganización de los tribunales. Para quienes integramos el Poder Judicial, la capacitación permanente ya no es una opción, sino una verdadera responsabilidad profesional y ética.
Este nuevo modelo exige preparación constante, actualización jurídica y disposición al cambio. Los juzgadores debemos capacitarnos en técnicas de litigación oral, conducción de audiencias, herramientas tecnológicas y nuevas instituciones procesales, pero también debemos comprender que esta transformación implica adoptar una visión más cercana, más humana y más eficiente de la justicia.
En Yucatán, probablemente los juicios civiles —todos aquellos que tengan que ver con propiedades, posesiones, contratos— serán los que experimentarán el cambio más profundo, ya que pasarán de un sistema predominantemente escrito a uno de carácter oral. Este cambio representa una transformación cultural importante para jueces, abogados y ciudadanía, pues modifica completamente la manera en que se desarrollan los procesos judiciales.
La oralidad permitirá audiencias más ágiles, inmediatas y transparentes, donde el juez tenga contacto directo con las partes y pueda escuchar personalmente a quienes acuden a solicitar justicia. Esto no solamente permitirá procesos más rápidos, sino también resoluciones más sensibles a la realidad de cada conflicto.
En materia familiar —todo lo relativo a divorcios, pensiones y sucesiones—, aunque la oralidad existe en Yucatán desde 2012, el nuevo Código Nacional busca fortalecer y perfeccionar este modelo, intentando agilizar aún más los procedimientos y consolidar principios fundamentales como la inmediación, concentración y continuidad de las audiencias. La finalidad es clara: lograr una justicia familiar más rápida, más eficiente y más cercana a las personas.
Otro aspecto fundamental será la implementación del expediente electrónico. Durante años, la ciudadanía exigió una justicia más moderna y accesible. Hoy, el uso de herramientas digitales no solamente resulta correcto y necesario, sino indispensable.
El expediente electrónico permitirá reducir tiempos, facilitar el acceso a los asuntos, transparentar actuaciones y acercar la justicia a las personas, evitando traslados innecesarios. Por supuesto, la transición tecnológica implica retos importantes. Se requiere infraestructura, inversión, capacitación y adaptación institucional. Sin embargo, el camino hacia la digitalización de la justicia ya es irreversible y responde a las necesidades de una sociedad cada vez más dinámica y conectada.
De igual manera, uno de los grandes retos que tenemos como juzgadores será impulsar con mayor fuerza los mecanismos alternativos de solución de controversias. Debemos hacer conciencia tanto en la ciudadanía como en los abogados sobre la importancia de privilegiar el diálogo, la conciliación y la mediación antes que el litigio prolongado.
No todos los conflictos necesitan resolverse mediante una sentencia. En muchas ocasiones, los acuerdos construidos por las propias partes generan soluciones más rápidas, satisfactorias y duraderas. La pacificación social también se construye desde los tribunales cuando promovemos herramientas que reduzcan la confrontación y fomenten el entendimiento.
Estoy convencido de que Yucatán tiene frente a sí una oportunidad histórica. La correcta implementación del Código Nacional puede convertirse en un parteaguas para modernizar y fortalecer la impartición de justicia en nuestro estado. Pero ello solamente será posible si existe compromiso institucional, capacitación constante y apertura al cambio por parte de todos los operadores jurídicos.
La sociedad exige una justicia más cercana, más transparente, más eficiente y más humana. El nuevo modelo procesal nos brinda herramientas importantes para avanzar hacia ese objetivo. Ahora nos corresponde asumir con responsabilidad este momento histórico y aprovechar esta oportunidad para impactar positivamente en la impartición de justicia de Yucatán y contribuir a la pacificación social que tanto necesita nuestra sociedad.— Mérida, Yucatán
Magistrado de la Sala Colegiada Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia del Estado
