Los magistrados del Tribunal Electoral Fernando Bolio Vales

Ratifican validez de elecciones en los comisariados

Dos agravios infundados y dos demandas desechadas de plano dictaminó en forma unánime el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), en la sesión pública que se llevó al cabo ayer.

El expediente JDC-023/2018 corresponde al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, lo interpuso Rodolfo Chan Couoh contra la designación del comisario de Xohuayán, Oxkutzcab, y la falta de convocatoria respectiva atribuidos al Cabildo, al alcalde y al secretario del municipio.

Según el denunciante, la convocatoria se expidió más allá de los 10 días previos a la elección, no hubo imparcialidad ni certeza porque, de manera conveniente, la autoridad municipal dispuso urnas con colores similares para supuestamente confundir a los votantes.

El primer acto quedó consumado y consentido, ya que no fue impugnado en el plazo señalado en la ley; en el segundo caso, la instalación de esas urnas no transgrede la secrecía porque en los comicios solo participó un candidato debidamente registrado, indicó el TEEY.

Otro caso es el expediente JDC.-030/2018 acerca del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, interpuesto por Edwin Salvador Pech Cobá y María Cecilia Xool Chim.

Esto fue contra los resultados consignados en el acta de cómputo, la declaración de validez, así como el otorgamiento de la constancia de la elección de comisario de San Pedro Chimay, Mérida, por la vulneración a los principios de certeza y legalidad durante la jornada comicial.

También por irregularidades, entre las que se encuentran el cierre de la casilla después de las tres de la tarde, el impedimento injustificado al voto de los ciudadanos, coacción del voto, y acarreo de electores. Se declararon infundados los agravios porque los impugnantes no mostraron pruebas.

Se propuso confirmar el resultado consignado en el acta de escrutinio y cómputo y la declaración de la validez de la elección de autoridades auxiliares a favor de la ciudadana Rosa Isela Cab Chi.— Ernesto Pinzón Franco

Respecto al expediente JDC.-027/2018, correspondiente al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, los promoventes son “Ángel de Jesús Tec Sonda y otros”, en contra de la elección de autoridades auxiliares de la comisaría de Caucel, Mérida.

Se desechó la demanda porque incumplió el requisito de firma autógrafa por parte de Tec Sonda, ya que ello significa la ausencia de manifestación de voluntad, que constituye un requisito esencial, cuya ausencia trae como resultado la falta de certeza sobre quien promueve.

En el caso de los otros promoventes (Ruth María May Medina, Lorena Peralta Altamirano, María del Carmen Mena Pech, Estela Guadalupe Tec May, Carlos Uribe Soto, María Eduviges Tep Chablé, Wilberth Manuel Méndez Caamal y Angela Beatriz Caamal Chan) alegaron que se utilizó un plano en las elecciones de autoridades auxiliares que imposibilitó a diversos ciudadanos emitir su sufragio.

No se comprobó que fuera sin causa justificada, ya que esos ciudadanos no se encontraban en el mapa emitido por el Consejo, además que esta situación no fue determinante para los resultados de la votación, por lo que se confirmaron los resultados de la elección de la comisaría de Caucel.

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