MÉRIDA.- Más de 1,000 denuncias por incumplimiento de pensión alimenticia han sido interpuestas en Yucatán entre enero de 2019 y febrero de 2025.
Sin embargo, menos del 10 por ciento de ellas concluyó con una sentencia condenatoria, lo que revela una preocupante ineficacia del sistema judicial para castigar a quienes incumplen con sus obligaciones familiares.
En la práctica, el abandono económico de niñas y niños se ha convertido en un delito que casi nunca se sanciona.
Suben denuncias por manutención; justicia se estanca
Solo en el municipio de Mérida se acumularon 745 denuncias durante ese periodo, mientras que en las once regiones del interior del estado se reportaron otras 262.
A pesar del volumen, la Fiscalía General del Estado no cuenta con un registro de personas reincidentes.
En las regiones se declaró que no hubo reincidencia en ninguno de los años analizados, y en Mérida se admitió que ni siquiera existe una estadística sobre ello.
Este vacío impide saber cuántos deudores son persistentes y cómo ha actuado el Estado ante esos casos. Los datos provienen de documentos oficiales obtenidos mediante mecanismos de acceso a la información pública hechos por Diario de Yucatán.
Pensiones alimenticias, gran deuda con la niñez de Yucatán
Llama la atención la drástica caída en el número de denuncias interpuestas durante los últimos años.
Mientras en 2019 se reportaron 293 denuncias en Mérida, para 2022 la cifra bajó a 46 y en los primeros dos meses de 2025 apenas se habían recibido cinco.
En las regiones ocurrió una tendencia similar: de 71 casos en 2019 a solo ocho en lo que va de 2025.
Las cifras no aclaran si se trata de una disminución real de casos, una desconfianza en el sistema o una falta de denuncia ante la percepción de impunidad.
Entre enero de 2019 y febrero de 2025 se judicializaron 539 carpetas bajo el sistema penal acusatorio, y otras 109 bajo el sistema tradicional, lo que da un total de 648 casos.
Esto implica que más de 350 denuncias, es decir, al menos un tercio, nunca llegaron siquiera a juicio.

Sin condenas a deudores alimentarios
Durante ese periodo se dictaron 69 sentencias en Mérida por incumplimiento de pensión alimenticia, de las cuales 65 fueron condenatorias y 4 absolutorias.
Menos de la mitad de esas condenas incluyeron penas privativas de libertad.
En las regiones, las cifras son aún más difusas: se habla de “acuerdos preparatorios”, pero no se detallan sentencias formales ni resultados judiciales claros. Incluso cuando el delito se acredita, la prisión sigue siendo la excepción.
Entre 2019 y febrero de 2025 se solicitaron al menos 61 órdenes de aprehensión por este delito, pero solo 43 fueron ejecutadas, lo que representa un incumplimiento del 30 por ciento.
Esto refuerza el mensaje de que este delito puede cometerse con relativa impunidad, incluso cuando hay un mandato judicial de por medio.
Registro de Deudores Alimentarios Morosos de Yucatán: ¿funciona?
Desde enero de 2022, cuando se activó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de Yucatán, se han inscrito 418 personas, según el corte oficial de febrero de 2025.
En ese mismo periodo —de enero de 2022 a febrero de 2025— se interpusieron 278 denuncias nuevas por incumplimiento de pensión alimenticia.
Aunque los registros pueden incluir casos iniciados antes de 2022, la cifra refleja que solo una parte de los procesos judiciales concluye en una inscripción formal.
Para aparecer en el registro, se requiere una orden judicial derivada de una sentencia firme. Como lo reconoce la propia Fiscalía, “la inscripción se realiza una vez que el órgano jurisdiccional lo ordena expresamente y se comunica a esta institución”.

Aunque la reforma legal que dio origen al Registro de Deudores Alimentarios Morosos fue aprobada en septiembre de 2021 mediante el Decreto 412/2021, el sistema no fue implementado sino hasta enero de 2022.
Mismo mes en el que vencía el plazo de 120 días hábiles previsto para su entrada en vigor.
A más de tres años de su creación, el impacto real de esta herramienta sigue siendo limitado.
Esto se suma la falta de transparencia del propio Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Sin información, ni transparencia
Aunque el listado es público, los datos que lo integran —como el monto del adeudo, el expediente judicial o el órgano que lo emitió— solo pueden consultarse si se acredita interés jurídico.
Es decir, ni la sociedad civil, ni los medios de comunicación, ni otras personas afectadas pueden saber si un deudor ha reincidido o cuántas veces ha sido denunciado.
A pesar de que se solicitó conocer los montos promedio dictados en las sentencias por incumplimiento de pensión alimenticia, ninguna de las direcciones consultadas proporcionó esta información.
Este vacío impide conocer si las sanciones económicas impuestas cumplen una función resarcitoria o si son simbólicas frente a la deuda real que afrontan muchas madres solas.
El protocolo de actuación institucional es prácticamente inexistente.
La Fiscalía señala que su actuación se basa únicamente en los artículos 220, 221 y 222 del Código Penal del Estado, sin mencionar lineamientos operativos, protocolos específicos ni enfoque de derechos de la infancia.
No hay estrategia, ruta de atención ni mecanismos públicos de seguimiento.
Las respuestas obtenidas muestran que las cinco direcciones de la Fiscalía involucradas en este tema trabajan sin un sistema común de seguimiento ni mecanismos para compartir información.
La ausencia de articulación entre estas áreas genera vacíos y contradicciones que obstaculizan una atención integral a los casos de abandono alimenticio.
Las inconsistencias también saltan entre las propias áreas de la Fiscalía. Cada dirección respondió por separado y con criterios distintos.
Mientras Mérida ofreció datos desglosados por tipo de proceso, las regiones informaron parcialmente, omitieron cifras clave o hablaron de categorías ambiguas. Algunas áreas sólo informaron sobre órdenes solicitadas, sin aclarar si fueron cumplidas.
El resultado es un sistema que no castiga, no previene y no repara.
Más de mil niños en Yucatán, víctimas de padres morosos
La mayoría de los deudores alimentarios puede incumplir sin consecuencias reales. En la mayoría de los casos, son madres quienes sostienen solas la crianza de niñas y niños, mientras el aparato institucional se limita a archivar expedientes.
El discurso del “interés superior de la niñez” queda reducido a una frase hueca.

Los datos están ahí. En seis años y dos meses, se interpusieron más de mil denuncias, menos de 70 sentencias condenatorias, cientos de procesos que nunca llegaron a juicio y una larga lista de órdenes que no se ejecutaron.
Detrás de cada expediente, hay niñas y niños creciendo con menos, en un entorno donde la omisión institucional parece estar garantizada por ley.
