El Congreso del Estado de Yucatán aprobó por unanimidad una reforma a la Constitución local que prohíbe el nepotismo electoral y la reelección inmediata en cargos de elección popular, con el objetivo de fortalecer la transparencia y evitar prácticas de favoritismo.
Sin embargo, se ha documentado que en la administración estatal se han realizado nombramientos lazos familiares, amiguismo y cercanía, no por experiencia, es decir nepotismo, incluso en el propio Congreso del Estado y el Poder Judicial.
Mientras tanto, sobre el caso del nepotismo electoral, el diputado Mario Alejandro Cuevas Mena, de Morena, destacó que estas modificaciones tienen como objetivo establecer reglas claras para evitar favoritismos y fortalecer la transparencia en los procesos electorales, contribuyendo a prevenir actos de corrupción y garantizar un mejor desempeño del servicio público.
Dicen que van contra acceso a cargos de elección popular por lazos familiares
Explicó que la reforma propone la eliminación del nepotismo electoral para evitar que en los cargos de elección popular se acceda por lazos familiares para evitar actos de corrupción, la impunidad, el tráfico de influencias y los abusos que existen en la toma de decisiones que afectan directa o indirectamente a la sociedad yucateca, a pesar de que eso ya ocurren casos en el propio Congreso del Estado de Yucatán.
De esta forma, comentó, queda prohibida la reelección para el período consecutivo inmediato posterior al ejercicio del cargo para las diputadas y diputados del Congreso del Estado y de las y los regidores en los ayuntamientos.
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Quitan reelección para periodo consecutivo inmediato
Asimismo, se elimina la posibilidad de reelección para el periodo consecutivo inmediato en el caso de diputadas y diputados locales, así como de regidoras y regidores de los ayuntamientos.
Estas disposiciones entrarán en vigor a partir del proceso electoral 2029-2030.
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¿Qué dice el decreto?
Hay que señalar que el decreto contempla que los actuales funcionarios podrán participar en el proceso electoral 2026-2027 bajo las reglas vigentes, permitiendo hasta cuatro periodos consecutivos para legisladores y un periodo adicional en el caso de ayuntamientos.
Finalmente, se estableció además un plazo máximo de 180 días naturales para que el Poder Ejecutivo realice las adecuaciones correspondientes en las leyes secundarias.
