El INE entregó constancia de mayoría a 45 candidatos antes declarados inelegibles, tras acatar la sentencia del Tribunal Electoral
El INE entregó constancia de mayoría a 45 candidatos antes declarados inelegibles, tras acatar la sentencia del Tribunal Electoral

CIUDAD DE MÉXICO.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) entregó la constancia de mayoría a 45 candidaturas ganadoras en las pasadas elecciones judiciales, pero que el mismo organismo electoral había declarado como “inelegibles”.

Anteriormente, el INE declaró a dichos candidatos como inelegibles por no contar con un promedio mínimo de 8 en la licenciatura o de 9 en la especialidad a la que se postularon, como indicaban los requisitos impuestos en la reforma judicial.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sentenció que el INE no tenía atribuciones para determinar si los candidatos cumplían con los requisitos de la convocatoria.

Con ello fueron reconocidos los triunfos electorales de 45 candidaturas para magistraturas y juzgados de distrito.

Entregan constancia de mayoría a candidatos “inelegibles”

Ayer lunes, en cumplimiento con la sentencia del Tribunal Electoral, se entregaron constancias de mayoría a 19 personas juzgadoras.

De estas 19, un total de 12 fueron por el promedio de 9 en las materias de especialidad; dos por el promedio de 8 en la licenciatura y cinco por los criterios de paridad.

También se entregaron constancias a 26 Magistradas y Magistrados: 16 fueron por el requisito de promedio de 9 en las materias de especialidad, dos por el promedio de 8 en la licenciatura, siete por los criterios de paridad y uno por votos inviables.

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Guadalupe Taddei, consejera presidenta del INE, resaltó que el INE acató la decisión del Tribunal Electoral, lo que “demuestra el compromiso de nuestras instituciones con la equidad de género, la legalidad y la transparencia”.

La consejera presidenta también destacó que “quienes en este acto reciben sus constancias de mayoría las reciben con el mismo valor jurídico y político”.

Esto “sin importar si fueron entregadas directamente tras el cómputo de votos o como resultado de una sentencia derivada de un medio de impugnación”.

No considero que sea un cambio de criterio, no considero que haya sido contradictorio, más bien creo que finalmente sentaron el criterio de diferenciación entre requisitos de idoneidad y requisitos de elegibilidad y con esa idea habremos de hacer las aportaciones del caso en mesas de análisis futuros”.

Entre los 45 candidatos que hoy obtuvieron su constancia, también se encuentran 12 mujeres a quienes se les devolvió el triunfo, que habían perdido en favor de candidatos hombres  por los principios de paridad de género, pese a que habían obtenido la mayoría de votos.

El TEPJF determinó que este principio debe favorecer siempre a las mujeres.