MÉRIDA.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación los nuevos lineamientos para regular la venta de boletos para conciertos masivos en México, es decir, aquellos con más de 20 mil asistentes.
El acuerdo precisa que las boleteras deberán dar información clara, veraz y completa antes y durante el proceso de compra, en apego a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Uno de los puntos centrales establece que el precio total del boleto deberá mostrarse desde el inicio del proceso de compra e incluir impuestos, comisiones y cualquier cargo adicional. Ese monto no podrá incrementarse al momento de confirmar la adquisición.
Además, queda prohibido incluir servicios adicionales preseleccionados —como seguros o paquetes especiales— sin el consentimiento expreso del consumidor. Cualquier servicio extra deberá ser opcional y claramente identificado antes de concretar la compra.
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Profeco regula venta de boletos en México
La nueva reglamentación de Profeco establece también que los promotores deberán informar al menos 24 horas antes de que inicie la venta los siguientes datos:
- Lugar, fecha y horario del concierto.
- Artistas principales.
- Términos y condiciones vigentes.
- Políticas de cancelación y devolución.
- Mapa detallado del recinto con secciones identificadas y asientos disponibles.
- Precio total por sección.
En caso de cancelación, se deberá devolver el monto pagado utilizando la misma forma de pago y, cuando proceda, otorgar una compensación no menor al 20% del precio del boleto, conforme a la ley.
El acuerdo también regula las filas virtuales o los turnos electrónicos. Las empresas deberán informar que el acceso a la fila no garantiza la disponibilidad de boletos, explicar los criterios de funcionamiento del sistema y detallar las causas por las que un usuario podría perder su turno.
Venta de boletos para conciertos
Asimismo, promotores y boleteras deberán garantizar la existencia y validez de los boletos, así como implementar medidas para proteger sus sistemas contra bots, falsificación, duplicidad o compras masivas automatizadas.
Si la comercialización se realiza en distintas fases, deberá garantizarse disponibilidad de boletos en todas las secciones durante cada etapa.
El acuerdo establece que incumplir estas políticas podrá ser sancionado conforme a los capítulos XIII y XIV de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Además, Profeco podrá requerir información y realizar verificaciones para asegurar el cumplimiento de las disposiciones.
El acuerdo entra en vigor hoy con su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
