CHALCO.- Un juez del Poder Judicial del Estado de México modificó la medida cautelar de Carlota “N”, en el proceso penal por doble homicidio calificado que enfrenta para que pueda estar en su casa después de pagar una fianza.

El impartidor de justicia atendió la resolución del Juzgado Sexto de Distrito que concedió el amparo y protección a la imputada, por lo que determinó arraigo domiciliario en sustitución de la prisión preventiva que cumplía en el penal de Huitzilzingo, ubicado en el municipio de Chalco.

La decisión se basa en los documentos presentados durante la audiencia del 6 de noviembre de 2025.

Las condiciones impuestas incluyen:

  • Garantía económica de 250 mil pesos.
  • Prohibición de acercarse a las víctimas y ofendidos.
  • Prohibición específica de aproximarse al domicilio del menor de iniciales C.C.B. o a su escuela.
  • Uso de brazalete electrónico para monitoreo.
  • Prohibición de salir del país.

Adulta mayor asesina a invasores en Estado de México

Carlota “N”, de 74 años enfrenta cargos por el uso de arma de fuego contra presuntos invasores de una vivienda familiar en la Unidad Habitacional Ex Hacienda de Guadalupe ocurridos en marzo del 2025 donde mató a dos personas.

Sus hijos, Eduardo “N” y Mariana “N” también permanecen procesados en el mismo penal por delitos relacionados con el incidente.

En febrero de 2026, un juez condenó a Víctor Eladio Pérez Ortiz (o Torres Ortiz) a 6 años de prisión por despojo de inmueble en agravio de Mariana “N” tras procedimiento abreviado en el que aceptó responsabilidad y ofreció disculpa pública.

Esa sentencia reconoció la propiedad legítima de la vivienda a favor de la familia afectada desde abril de 2025.

En noviembre de 2025, se realizó una audiencia para revisar medidas cautelares donde la defensa solicitó cambiar la prisión preventiva por prisión domiciliaria. En ese momento argumentó su edad avanzada, deterioro de salud (diabetes que empeoró en prisión) y necesidad de insulina.

La jueza negó la petición, principalmente por considerar que existía riesgo de fuga. Además, no se acreditó suficientemente el domicilio propuesto ni el parentesco en algunos aspectos.

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