Acusa al PRI de Progreso de violar una ley estatal
PROGRESO.— El PAN denunció ante el Consejo Electoral de Progreso a María del Carmen Ordaz Martínez, candidata del PRI a alcaldesa de este puerto, porque se reunió con el alcalde José Cortés Góngora en horas de trabajo y día hábil del primer edil.
Mitchell Domínguez Rivero, representante propietario del PAN ante el Consejo Municipal Electoral, presentó la denuncia anteanoche martes, a las 11:31.
Domínguez Rivero fue presidente del Consejo Electoral Municipal en las elecciones de 2015, de modo que se supone que domina todo lo referente al proceso electoral.
El delegado panista en este puerto, Roger González Herrera, proporcionó copia de la queja escrita, en la cual Domínguez Rivero dice que el domicilio para oír notificaciones es el predio 463 de la calle 58 entre 51 y 53 del centro de Mérida, es decir, la sede del PAN.
—Acudo (Domínguez Rivero) a interponer queja o denuncia contra la candidata del PRI a la alcaldía del municipio de Progreso o contra quien resulte responsable por la comisión de conductas que se estiman contrarias a la legislación y normatividad electoral aplicable, a efecto de que se realice la investigación y se proceda a la aplicación de las sanciones o de las consecuencias jurídicas que correspondan —afirma Domínguez Rivero en el escrito.
Refiere que el proceso electoral comenzó en septiembre de 2017 y que el acuerdo del 11 de septiembre de 2017 precisa las reglas de neutralidad que deberán atender el gobernador, diputados, alcaldes, titulares de organismos autónomos y de la administración publica estatal y paraestatal y municipal.
Precisa que María Ordaz violenta los principios de imparcialidad y equidad en la contienda electoral, en virtud de que el lunes 9 a las 12:30 horas realizó un acto público al que asistió el alcalde José Cortés a darle su apoyo en el restaurante Viña del Mar, en el malecón, a sabiendas que se cometía una violación al artículo 232 fracción segunda de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Yucatán.
—El artículo 232 señala que el gobernador, los diputados, magistrados, presidentes municipales, titulares de los organismos autónomos y los de la administración pública estatal y paraestatal deberán abstenerse de: efectuar aportaciones provenientes del erario público a partidos políticos, coaliciones o candidatos; o brindarles cualquier clase de apoyo gubernamental distinto a los permitidos por ese ley y la ley de los partidos políticos de Yucatán; asistir en días hábiles en horario de labores, a cualquier evento o acto público, gira, mitin, acto partidista, de coalición o de campaña, a los aspirantes y candidatos a cargos de elección popular.
—Dicha actividad se llevó al cabo en un día hábil y en horario de labores.
—La conducta que se reclama a la candidata del PRI a la alcaldía de Progreso, viola desde nuestra perspectiva el principio de equidad que debe existir en toda contienda electoral para ser considerada válida y que los candidatos que participan lo hagan en condiciones de igualdad apegándose a lo ordenado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos —subraya.
En la queja se afirma que María Ordaz pidió el apoyo del alcalde y éste se lo dio, en vez de quedarse en sus oficinas del Palacio Municipal para atender las necesidades de la población, a sabiendas de que se incurría en un delito electoral.
Mitchell Domínguez solicita que de la denuncia se dé vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade).— g.t.v.
