Fernando Ojeda Llanes (*)

Accionista es aquella persona física o moral que invierte su dinero en acciones de capital de determinada empresa mercantil. La estadística menciona que el 90% de las sociedades mercantiles son familiares.

Una persona física accionista de empresa familiar tiene la oportunidad, si así lo determina el protocolo respectivo, de tener tres tipos de roles o funciones en su empresa: como inversionista sin intervenir en la administración y operaciones del negocio, en este caso sólo puede ejercer poder en la asamblea general de accionistas previamente convocada, con derecho a voz y voto, este último en relación con su proporción de acciones del capital social respectivo, si la asamblea decreta pagar dividendos por tener utilidades financieras y el flujo de efectivo disponible, recibirá los suyos.

En una segunda posición, hay accionistas que forman parte como consejeros del consejo de administración, en este rol aun cuando es propietario de acciones del capital social de su empresa, no debe ejercer su poder en este organismo, solo tiene derecho a un voto, puede hacer propuestas, pero es la mayoría del consejo quien aprueba los acuerdos respectivos.

En este órgano el accionista tiene que someterse a los acuerdos aprobados aunque no sean de su agrado, haya votado en contra y tenga una gran cantidad de acciones del capital.

En tercera posición, si así lo acuerda la familia, el accionista puede ser ejecutivo de la empresa, siempre y cuando sea contratado por el director general, deberá cumplir con las funciones del puesto respectivo, con las políticas, normas y procedimientos establecidos.

Como puede observarse, aun cuando este accionista tenga la mayoría de acciones de capital, debe convertirse en un sencillo y humilde empleado con derecho a sueldo y prestaciones, no podrá ejercer su poder, que sí lo tiene, pero solo en la asamblea general de accionistas.

Hay personas en esta posición que pretenden ejercer su mando sobre otros funcionarios de su misma línea de acción o sobre todos los empleados creando grandes controversias.

La empresa no puede permitir esta situación y mucho menos la familia, para tal caso deben existir en el consejo de familia reglas claras para estas situaciones.

Es muy obvio que un accionista que labora como funcionario o empleado de la empresa observe que determinado ejecutivo está tomando decisiones que a su criterio y forma de pensar están equivocadas, trate de intervenir porque siente que las ganancias de sus acciones podrían ser mayores si se hace lo que él piensa, pero esto no es así, porque en todas las empresas se cometen errores y se toman decisiones que al momento no se pueden juzgar como equivocadas hasta ver los resultados, además cada funcionario tiene el talento necesario sobre las funciones que tiene a su cargo y la dinámica de la empresa y por su experiencia le indican la decisión a tomar.

Lo que les relato es una realidad, sucede en empresas familiares, para un accionista es sumamente difícil quitarse de la mente el rol de que es dueño cuando está realizando trabajos operativos, siempre pensará que las mejores opciones y decisiones solamente él las puede realizar, sobre todo si sus características de valores humanos son bajas o las ignora ejerciendo su prepotencia.

Entonces, ¿la decisión correcta en una empresa familiar es que ninguno de los familiares labore como funcionario o empleado en su empresa?

En mi experiencia he visto de todo: consejos de familia que determinan que sus hijos no laboren en la empresa y solo cobren sus dividendos y otros que si lo hagan, cuando está bien reglamentado se logra avanzar con éxito pero tiene que existir retroalimentación adecuada y continua en el consejo de familia.

En mi opinión y con base en la experiencia de tantos años de asesorar empresas familiares, la aceptación de roles administrativos y operativos en la mente de un familiar solo puede tener éxito cuando éste no tiene acciones del capital, esto significa que el padre o madre quienes poseen la totalidad de acciones, si desean que sus hijos laboren en la empresa con bajas controversias, no cedan acciones en vida, ni en fideicomisos, solo en testamento y en forma secreta, esto quiere decir que el familiar que labora en el negocio no debe sentirse dueño de acciones de su capital social, esto alejará de su mente una actuación de prepotencia y lo hará comportarse como un humilde y sencillo empleado, si en el futuro recibe acciones, es otro boleto a comentar.— Mérida, Yucatán.

ferojeda@prodigy.net.mx

Doctor en investigación científica. Consultor de empresas.

 

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