Rodrigo Llanes Salazar (*)

La reforma judicial propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, que muy probablemente será aprobada por la legislatura federal que entra en funciones el próximo 1 de septiembre, se ha convertido en el tema político más importante del momento en México. Y no es para menos. Tanto el contenido de la reforma, como los procedimientos alrededor de ella, son en verdad extraordinarios.

En cuanto al contenido, desde hace casi cien años, con la reforma del Artículo 96 constitucional en agosto de 1928, se introdujo la participación del presidente de la República en el procedimiento para el nombramiento de ministros. El sistema vigente de designación tiene casi 30 años: a partir de la reforma del 31 de diciembre de 1994, el presidente somete una terna a consideración del Senado. La actual propuesta de reforma judicial propone cambiar drásticamente este procedimiento, pasando de “designación” a “elección” popular.

Sobre los procedimientos, es un hecho histórico ver a las y los once ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comparecer ante la Cámara de Diputados, en donde participaron en el primer foro sobre las reformas del poder judicial, “¿Qué Poder Judicial tenemos? Y ¿qué Poder Judicial queremos?”

Asimismo, es a propósito de esta coyuntura que la ministra presidenta de la SCJN, Norma Piña, ha dado su primera entrevista a un medio de comunicación. Es decir, si bien comúnmente solemos conocer a las y los ministros a través de sus sentencias, ahora los estamos escuchando en declaraciones públicas realizadas en foros y en medios de comunicación.

Reconozco que la complejidad de la reforma judicial rebasa mis conocimientos sobre la materia. Pero, por su importancia, considero que es importante que la ciudadanía, desde sus respectivas trincheras, aporte al debate. A continuación, enlisto algunas ideas.

Las razones de la reforma. La exposición de motivos del proyecto de Decreto de reforma judicial plantea que “el gobierno de la Cuarta Transformación sostiene que una de las causas estructurales relacionadas con la impunidad y la falta de justicia que ha padecido nuestro país en las últimas décadas ha sido la ausencia de una verdadera independencia de las instituciones encargadas de impartirla, así como el distanciamiento cada vez más profundo que existe entre la sociedad mexicana con las autoridades judiciales que conocen y atienden sus conflictos en los Juzgados de Distrito, los Tribunales de Circuito y la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo que ha restado credibilidad en su actuación y pérdida de legitimidad en sus decisiones”.

Ante el diagnóstico de impunidad, falta de justicia, ausencia de verdadera independencia judicial, distanciamiento entre sociedad y autoridades judiciales y pérdida de legitimidad, la reforma propone permitir “a la ciudadanía participar activamente en los procesos de elección “de las Ministras y Ministros de la SCJN, las Magistradas y Magistrados de Circuito, las Juezas y Jueces de Distrito y las Magistradas y Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.

Sin embargo, diversas voces, dentro y fuera del poder judicial, consideran que la principal motivación del presidente para impulsar la reforma judicial son sus desencuentros con la ministra presidenta, Norma Piña, así como por el hecho de que el pleno de la SCJN declarara inconstitucional la propuesta presidencial de que la Guardia Nacional quedara bajo mando militar, entre otras iniciativas presidenciales que han sido rechazadas por el máximo tribunal mexicano. El objetivo de fondo, para muchas personas críticas de la reforma, es que AMLO se deshaga de los “obstáculos legales” puestos por el poder judicial.

Sobre los desencuentros entre López Obrador y Piña, testimonios de personal de la SCJN recogidos por “El País” señalan que el hecho de que la ministra presidenta no se haya levantado para recibir al presidente durante la conmemoración de la Constitución el 5 de febrero de 2023 en Querétaro nunca ha sido olvidado por AMLO. Fue a partir de entonces que, señala una fuente, el presidente afirmó que nunca iba ir a la Suprema Corte a dialogar mientras Norma Piña fuera presidenta. Otros eventos, como la cena entre Piña y Alejandro Moreno, dirigente nacional del PRI, en mayo pasado, han aumentado la intensidad de las críticas de AMLO a la ministra presidenta y a las y los ministros de la Suprema Corte.

Por su parte, la propia Piña ha reconocido en una entrevista con “El País” que fue con la votación sobre el tema de la Guardia Nacional con la que “se rompió toda comunicación” con AMLO.

Si recuperamos las enseñanzas de Max Weber, la acción racional con arreglo a fines —por ejemplo, modificar la composición de la Suprema Corte para que ésta no vote en contra de propuestas presidenciales— puede coincidir con la acción racional con arreglo a valores —la idea de reformar la constitución en nombre de valores como la independencia judicial y la justicia. Es decir, tanto las razones expuestas en el proyecto de Decreto como las declaraciones de AMLO pueden coexistir como motivos de la reforma. ¿Cuáles tienen más peso?

Elección de ministras y ministros. El tema más controvertido de la reforma es que las y los once ministros de la Suprema Corte, así como las y los magistrados de los tribunales colegiados y las y los jueces de distrito, sean elegidos de manera popular, en procesos concurrentes con otras elecciones. Esta propuesta genera numerosas interrogantes.

Una de ellas, que ha sido planteada por algunos de los ministros de la Suprema Corte, es si esta reforma es realmente necesaria para que el máximo tribunal ya no obstaculice las propuestas del gobierno federal. Actualmente, 4 ministros de la SCJN fueron nominados por Felipe Calderón, 2 por Enrique Peña Nieto y 5 por AMLO. En los próximos tres años, los 4 ministros nominados por Calderón terminarán su cargo y, de acuerdo con el procedimiento vigente, sus reemplazos deberán ser nominados por Claudia Sheinbaum y tener la aprobación de las dos terceras partes del Senado. Es decir, sin reforma, con la composición actual del poder legislativo, el gobierno ejecutivo federal podría sacar adelante sus propuestas.

¿Por qué, entonces, empecinarse con una reforma tan controvertida como la propuesta? Una de las razones más obvias es que, el hecho de que una ministra o ministro haya sido nominado por el presidente en turno no significa lealtad absoluta. Ciertamente, como se pudo apreciar en el pasado foro sobre el tema, 4 de los 5 ministros nominados por AMLO consideran que el sistema de elección popular no está peleado con la independencia judicial, pero no todos respaldan por completo la iniciativa presidencial como lo hace la ministra Lenia Batres. Por ejemplo, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat insistió en la importancia de la capacidad técnica de los miembros de la carrera judicial.

Uno de los principales argumentos del proyecto de Decreto de reforma judicial y de sus defensores, es la legitimidad. Así, por ejemplo, en el pasado foro sobre la reforma judicial, el ex ministro Arturo Zaldívar, y asesor de Sheinbaum en esta materia, declaró recientemente que en cuanto “legitimidad social”, el Poder Judicial “nunca ha estado en peor situación que ahora”.

Por su parte, en el mismo foro, Ricardo Monreal enfatizó que están “acompañados de una gran legitimidad” porque “el pueblo nos otorgó el poder reformador de la Constitución”.

Ciertamente, la elección popular de jueces puede darles más legitimidad, pero legitimidad no es sinónimo de independencia judicial, de garantizar el respeto a la ley y los derechos humanos de todas las personas. Las y los legisladores, las y los presidentes municipales y gobernadores —por citar sólo algunos cargos— son elegidos popularmente y eso no garantiza en lo absoluto que cumplan la ley.

Así, como nos recuerdan el politólogo Roberto Zedillo y la abogada Melissa Ayala, el poder judicial ha emitido sentencias favorables con independencia de las posiciones del Congreso y del poder ejecutivo, como las relativas a la afiliación de trabajadoras del hogar a la seguridad social, la ampliación de la licencia de paternidad o los derechos de la población trans. “Reemplazar toda lógica técnica con una dinámica electoral en los poderes judiciales pone en riesgo su capacidad de tomar decisiones impopulares”.

Coincido con las voces que señalan que es mejor que sean los tres poderes —ejecutivo, legislativo y judicial— quienes propongan a las y los candidatos a ministros y que dicha atribución no sea exclusividad de un sólo poder —el ejecutivo. Pero esa mejora en el procedimiento no garantiza mayor independencia judicial ni legalidad. Por tanto, me parece fundamental fortalecer los requisitos de las y los candidatos, como contar por lo menos con diez años de experiencia de ejercicio del derecho o dedicación a la docencia e investigación del derecho (y no sólo haberse titulado hace diez años), como ha propuesto el abogado Alejandro Posadas.

Si bien la elección popular de ministras y ministros es el aspecto más polémico de la propuesta de reforma, no es el único, y en los siguientes artículos continuaré abordando otros elementos problemáticos de este tema. (Continuará).— Mérida, Yucatán.

rodrigo.llanes.s@gmail.com

Investigador del Cephcis-UNAM

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