Don Juan es un hombre de buenas intenciones que siempre confía en las personas, aún sin conocerlas.
Un día decide dar en renta una casa que ya no habita, así que de palabra le presta su casa a un interesado en rentarla. Le entrega las llaves, y pactan el pago del alquiler mensual en 5,000 pesos.
Sin incidentes pasan los 12 meses pactados.
Cuando don Juan le avisa a su inquilino que es momento de dejar la casa, éste se niega rotundamente. Alega que no tiene donde ir y que por ende no se va a salir.
Estimado lector ¿Usted qué haría? ¿puede llamar a la policía?, ¿daría por perdida su propiedad?
Contrario a lo que se podría creer, entrar a la casa y sacar por las fuerza al “inquilino” no es posible legalmente, así sea de tu propiedad el bien inmueble, tengas tus papeles en regla y tengas debidamente inscrita la escritura de tu casa.
La razón es que podrían acusarte de robo o despojo.
Por lo que nos guste o no, se incurre en un delito.
El único camino legal es promover un juicio reinvidicatorio de propiedad o de desocupación del bien inmueble, juicio que puede llevarte años antes de obtener por fin la orden del juez de desalojar legalmente y con el auxilio de la policía al “paracaidista” o “inquilino incómodo” que no se quiere salir de tu propiedad.
No todo son malas noticias ¿existe algún modo de prevenir esta situación cuando voy a rentar mi casa? ¿Cómo puedo asegurarme que la persona a quien le preste mi propiedad se salga una vez transcurrido el plazo estipulado de común acuerdo?
La solución es que antes de prestar una casa ambas partes firmen ante un notario un convenio transaccional.
¿Qué es un convenio transaccional?
Es un acuerdo de voluntades por el que dos o más personas buscan evitar o poner fin a un conflicto o litigio, estableciendo sus derechos u obligaciones de forma definitiva. Este convenio posee calidad de cosa juzgada sobre el contenido y alcance de los derechos y obligaciones definidos en el acuerdo firmado ante notario.
En nuestro estado el convenio transaccional es muy utilizado para la renta de casas habitación o pequeños locales comerciales.
La ventaja es que se pacta por adelantado la desocupación y entrega del predio. Por lo que el desalojo de un inquilino que se niega a salir es más sencillo, ya que solo se requiere presentar el convenio para su ejecución ante el juez, quien primero otorgará un plazo para que el inquilino desaloje voluntariamente. De no hacerlo se pide el auxilio de la fuerza pública, a fin de que sea desalojado legalmente.
Si las partes contratantes se obligan recíprocamente, una a conceder el uso o goce temporal de un inmueble, y la otra al pago de un precio cierto por ese uso, dicho pago queda comprometido a través de la firma de un pagaré por cada mes que durará lo que pacte el contrato.
De este modo, le aseguro que si un inquilino se niega a salir tendrá usted una herramienta eficaz para desalojarlo sin el riesgo de cometer delito alguno.— Mérida, Yucatán
Rubén Osorio y asociados
Doctor en Derecho
