Un juez colombiano autorizó la eutanasia para Martha Sepúlveda, paciente con una enfermedad no terminal
BOGOTÁ, Colombia. — Martha Sepúlveda Campo, podría convertirse en la primera persona en Colombia en acceder a la eutanasia sin estar en la fase terminal de su enfermedad, tras la autorización de un juez de Medellín en primera instancia dada a conocer ayer miércoles. Esta decisión puede ser impugnada.

Martha Sepúlveda, de 51 años, tiene diagnóstico de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA), recurrió al juzgado después de que el centro médico se negara a practicar la eutanasia dos días antes del procedimiento, contradiciendo otro concepto médico previo que la avalaba.
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Sentencia del juez
A través de un comunicado, el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), que asesora jurídicamente a Martha indicó que el “El juez reconoció que la IPS INCODOL vulneró los derechos fundamentales a morir dignamente, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana de Martha Sepúlveda”.
De acuerdo con el fallo, el juez otorgó 48 horas al Instituto Colombiano del Dolor (Incodol) para acordar con Martha el “día y la hora en que habrá de llevarse a cabo el procedimiento eutanásico siempre y cuando ésta mantenga su voluntad de practicarlo”.
Recurso de impugnación
Por otra parte, el abogado penalista Camilo Burbano explicó que al tratarse de una decisión de primera instancia, el centro médico puede impugnarla ante un Tribunal Superior de Distrito Judicial. “Puede ir a revisión de la Corte Constitucional, pero esa revisión es facultativa”, agregó.
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Sepúlveda se ampara en la reciente sentencia de la Corte Constitucional que permite practicar la eutanasia a personas que padezcan un intenso sufrimiento físico o psíquico proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable sin que esté en fase terminal. De acuerdo con las autoridades sanitarias de Colombia, una persona puede ser médicamente calificada como “en estado terminal” cuando su pronóstico de vida es inferior a seis meses.
El caso de Martha Sepúlveda
El caso de Martha Sepúlveda se conoció en septiembre cuando, en un reportaje de Noticias Caracol, contó su deseo de morir a los 51 años de edad.
“Si es desde el plano espiritual, yo estoy totalmente tranquila (…) Cobarde seré, pero no quiero sufrir más, estoy cansada. Lucho por descansar“, dijo la mujer, quien agregó que la certeza de morir le daba “tranquilidad”.
Desde que fue diagnosticada, la mujer empezó a perder fuerza en las piernas y cada vez se le hizo más difícil caminar distancias largas, lo que empeoró su calidad de vida.
Cancelación del procedimiento
Sin embargo, horas antes de que le practicaran el proceso, Incodol decidió cancelar el procedimiento al “contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente” con el que “se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado“, según señaló en un comunicado.
Se trata de la primera colombiana en recibir el procedimiento desde que la Corte Constitucional lo autorizara en julio para pacientes con enfermedades no terminales.
El fallo de julio de la Corte, que modifica el “homicidio por piedad” del Código Penal y que antes contemplaba penas de hasta 54 meses de prisión, anula ese primer requisito de que la persona que lo solicite padezca una enfermedad terminal, y lo hace motivado por las barreras que aún persisten en el país para ejercer este derecho.
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Caso polémico
Este caso causó polémica, pues tras la publicación del reportaje de Caracol la Conferencia Episcopal de Colombia invitó a Sepúlveda “a reflexionar serenamente sobre su decisión.”
Por su parte, monseñor Francisco Antonio Ceballos Escobar, presidente de la Comisión Episcopal de Promoción y Defensa de la Vida expresó que “Ojalá (la reflexión se dé), si las circunstancias se lo permiten, lejos del acoso de los medios de comunicación que no han dudado en tomar su dolor y el de su familia, para hacer una suerte de propaganda de la eutanasia“.
Así mismo, el representante a la Cámara Juan Fernando Reyes lamentó “que le hayan negado” la eutanasia a Martha Sepúlveda“, pues “el derecho a morir dignamente es un derecho de cada quien, el Estado no tiene que meterse en esa decisión ni nadie.”
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Despenalización de la eutanasia
Colombia fue el primer país de Latinoamérica en despenalizar la eutanasia y es uno de los pocos del mundo donde es legal después de que el Constitucional consagrara en 1997 la muerte digna como un derecho fundamental en caso de enfermedad terminal cuando el paciente sufriera de mucho dolor, lo solicitara de forma voluntaria y lo realizara un médico.
A pesar de que es legal desde 1997, no se comenzó a ejercer ese derecho hasta 2015 y los procedimientos aún enfrentan barreras, como que solo se realiza en determinadas ciudades y muchos centros médicos no saben cómo actuar.
En el país tan solo se han realizado 94 procedimientos de eutanasia desde abril de 2015 hasta el 8 de mayo de 2020, según el Ministerio de Salud, que cuenta los casos desde que se permitió el procedimiento.
