Un juez de distrito dio un plazo de cinco días a tres magistrados que promovieron un juicio de amparo contra las Reformas Constitucionales al Poder Judicial del Estado de Yucatán, para que aclaren la finalidad de su solicitud.
Las magistradas Ingrid Ivette Priego Cárdenas y Leticia del Socorro Cobá Magaña, y el magistrado José Rubén Ruiz Ramírez presentaron una demanda en lo relacionado al haber de retiro, pero en el documento no aclararon si su demanda se dirigía contra el inicio de la vigencia de la reforma impugnada y sus efectos o si reclamaban estar frente a algún acto de aplicación.
Por lo anterior, el juez federal les otorgó el plazo de cinco días hábiles para aclarar el sentido de su demanda. Además, solicitó corregir en su escrito si atribuyen vicios propios al titular del Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, y la Secretaria General de Gobierno; adicionalmente de que deberán mencionar bajo protesta de decir verdad que en el caso no existe tercero interesado.
Como se ha informado, desde que se aprobaron las últimas reformas al Poder Judicial que condiciona la permanente de los 11 magistrados a irse desde ahora y gozar con su haber de retiro vitalicio, o quedarse hasta que concluya su periodo de 15 años (a quienes promovieron este amparo les falta tres años seis meses), y al terminar se irán con los nuevos términos en los que ahora solo se paga como retiro un año de sueldo.
Desde un principio, Ingrid Priego, Leticia Cobá y Ruiz Ramírez se manifestaron en contra de estas disposiciones, incluso solicitaron al pleno tribunal se promueva un recurso de inconformidad, que no se aprobó, porque la mayoría decidió dejar su cargo, por ello solo tres magistrados recurrieron al amparo.
En el documento publicado ayer en los juzgados federales textualmente señalan: “No manifiesta si se reclama como una norma autoaplicativa o como heteroaplicativa; respecto de lo actos que reclama del Titular del Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán, y la Secretaria General de Gobierno, no se precisa si se les atribuyen por vicios propios…”.
Añaden que, “si bien señala que en el caso no existe tercero interesado no lo hace bajo protesta de decir verdad. En tales consideraciones y a efecto de acordar lo relativo a la presente demanda de amparo y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 fracciones II, IV y 114, fracciones I, II y IV, de la Ley de Amparo”.
Para aclarar todas estas observaciones se les da un plazo de cinco días hábiles a partir de cuando sean notificadas y notificado.
Actualmente son tres procesos legales emprendidos contra la renovación del Tribunal Superior de Justicia. El pasado lunes, se ordenó la suspensión provisional al nombramientos de dos magistrados, en tanto no se emita la resolución al amparo presentado por un juez local contra ese proceso. Una consejera de la judicatura también promovió otro amparo.— DAVID DOMÍNGUEZ MASSA
