Entre reclamos, protestas y acusaciones de traidores y vendidos, ayer la mayoría de los consejeros electorales (cinco de siete) desechó, en discutida sesión extraordinaria urgente, la solicitud de hacer un referéndum sobre la nueva Ley de Seguridad Social del Estado, porque la propia Ley de Participación Ciudadana no lo permite.
La sesión a distancia se inició poco después de las 11 horas, concluyó a las 13:08 y en ese tiempo se registraron 23 intervenciones de los representantes de partidos y consejeros electorales que debatieron sobre el dictamen que se presentó para ser desechada la solicitud.
Al principio de la reunión Ericka Moreno Martínez, representante del PRD, secundada luego por Mario Farfán, del PRI, planteó que se regrese a las sesiones presenciales porque hasta en el Congreso con 25 legisladores lo hacen, la pandemia ya no es motivo para que sigan las reuniones a distancia, es injustificado y sin sentido.
También se aclaró que la sesión urgente se realizaba para acatar la orden del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) de reunirse para emitir una resolución sobre la solicitud de un referéndum sobre la aplicación de la Ley de Seguridad Social del Estado, presentada por un grupo de ciudadanos.
Los representantes de los partidos de oposición en Yucatán (Morena, PRD, PRI y MC) se manifestaron en contra de que se desechara el referéndum.
La primera fue la perredista, luego Juan Pablo Silva, con un discurso tan extenso que necesitó dos intervenciones para concluirlo, le siguió Jonathan Baños, de Movimiento Ciudadano, y el del PRI, a quienes se les sumó también el único consejero electoral que se manifestó en el mismo sentido que los anteriores, Jorge Vallejo Buenfil.
Mientras se desarrollaba la sesión, por primera vez se vio a tantos ciudadanos que seguían y hacían comentarios, todos en contra de los consejeros.
Se calcula que fueron más de 200, aunque muchos fueron de un mismo grupo que repetía con diferentes señalamientos, siempre en contra, descalificando a las consejeras y consejeros.
La perredista planteó que al acuerdo le faltó exhaustividad, era una violación al principio de legalidad y certeza jurídica porque se pretendía desconocer un acto previo, que si bien no se ejecutó en el momento oportuno marcó antecedentes en la solicitud que hoy se busca desechar, mismos que en reunión previa se hizo del conocimiento de este consejo general y ante lo cual el presidente nuevamente solo solicitó que se tomara nota.
El morenista expuso que “no podemos convalidar este proyecto que demuestra, de nueva cuenta, una serie de conductas institucionales que alejados del deber de garantizar los derechos de participación de la ciudadanía a través de los mecanismos de consulta directa, el Iepac encamina sus esfuerzos y criterios para coartar estos derechos”.
La representación de MC, comentó que el acuerdo transgrede los derechos de participación ciudadana, es un retroceso para los yucatecos, y lamentó que además se haga con argumentos burocráticos huecos, es una arbitrariedad más del gobierno.
Para el priista en esta sesión no se cumplió con lo ordenado por el TEEY, deja a la ciudadanía sin poder ejercer su derecho de opinar, de una forma forzada y torcida que genera suspicacias, en un claro desacato al tribunal, por lo que pidió copia de la grabación de esta sesión para enviarla a los magistrados electorales.
En su única intervención Jorge Ortega Cruz, representante del PAN, señaló que todo esto es lamentable y ocurre porque la Ley de Participación Ciudadana es obsoleta, tiene más de 15 años que no se actualiza, es esta norma la que no permite el referéndum, por sus deficiencias, pero afortunadamente hay otras vías para que los ciudadanos se defiendan en casos como estos que consideran les afecta.
Moisés Bates Aguilar, como presidente consejero, explicó que resulta improcedente por normatividad, pues la Ley de Participación Ciudadana que regula el Plebiscito, Referéndum y la Iniciativa Popular en el Estado de Yucatán establece, en su artículo 48 fracciones I y II, “que no podrán someterse a referéndum aquellos actos que versen sobre las materias tributaria, fiscal o financiera”.
Tampoco “las referentes a la organización y funcionamiento de los Poderes del Estado u organismos autónomos, así como las relativas al gobierno y Administración Pública Municipal”.
En este caso, añadió, el tema se relaciona con la Ley de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado, cuyo contenido plasmado en los artículos que la componen está inmerso en aspectos preponderantemente de carácter financiero, pues busca otorgar viabilidad financiera al Instituto estableciendo cuotas, aportaciones y diversas disposiciones de dicho carácter, por lo cual queda contenida dentro del supuesto de excepción del artículo 48 previamente mencionado.— DAVID DOMÍNGUEZ MASSA
“Esas restricciones o limitaciones al mecanismo de referéndum, se constituyen en causas que lo hacen y dan lugar al desechamiento de plano de las solicitudes correspondientes cuando las solicitudes comprenden dichos temas, porque las causas de improcedencia deben ser analizadas en forma previa al fondo del asunto, por tratarse de cuestiones de orden público”, dijo.
