La Asociación de Vecinos de Altabrisa presentó al Ayuntamiento nueve razones documentadas por las que consideran no debe proceder el “Proyecto Tho’”, empezando por el hecho de que el valor catastral de los terrenos a permutar para su construcción son dispares, es falso que abarcará más de lo que los dos parques más grandes tienen, y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió fallos favorables para proteger las áreas verdes que tiene árboles, especies y aves en peligro de extinción.

De acuerdo con la copia de este documento titulado “9 Razones por las que los vecinos de Altabrisa y alrededores nos oponemos a la destrucción del patrimonio ecológico de la Ciudad de Mérida”, que también enviaron a esta redacción, añaden que entre esas razones se incluye también el interés jurídico que han acreditado plenamente los vecinos en el uso que se le pretende dar a ese sitio, y la presencia de vestigios mayas en el terreno que pretenden permutar.

En este documento los vecinos aclaran “no nos oponemos ni nos opondremos nunca a que se construya un gran parque en Altabrisa, siempre que se respeten las áreas verdes del Parque Central Altabrisa ubicado en el número 460 de la calle 19 entre 20 y 22 y el Parque INAH ubicado en el número 521 de la Calle 22-A con 21 de esta misma zona de la ciudad”.

“Muchos, vivimos en esta zona desde su inicio, queremos construir junto con nuestras autoridades algo mejor para nuestros hijos y para las generaciones futuras, algo de lo que todos los meridanos nos podamos sentir orgullosos y que preserve el derecho a un ambiente sano para todos. Ojalá podamos como vecinos sentarnos a dialogar con el alcalde de Mérida y entre todos reflexionar y recapacitar acerca del futuro y el legado que queremos dejar”, aseguraron.

Disparidad en el valor catastral

En la primera de las razones por las que consideran no se debe hacer este proyecto explican que el valor catastral de los predios que se pretenden permutar y el valor comercial de los mismos es completamente dispar.

“Por un lado solamente hablando del valor catastral del área de propiedad privada que se pretende permutar por el Parque Central Altabrisa tiene un valor 26% menor por cada metro cuadrado como consta en los libros del catastro de Mérida”, señalaron.

En este documento que entregaron a funcionarios del Ayuntamiento el jueves pasado añadieron que si toman los valores catastrales como referencia económica para la permuta el valor del terreno del Parque Central Altabrisa por metro cuadrado es de $4,760 pesos y el del particular es de $3,765 pesos, a valores comerciales, en caso de que en el predio se pretendan construir torres de departamentos, el valor sería 3 veces mayor, esto es $15,000 por metro cuadrado.

“Pretender dar una ventaja indebida al dueño del predio privado dándole la posibilidad de cambiar metros cuadrados de su terreno por metros cuadrados de mucho mayor valor, significa que el Alcalde estaría beneficiando a ese particular con varios millones de pesos con solo el cambio de terreno por cada metro y luego un beneficio de muchísimos más millones de pesos con el consiguiente cambio de uso de suelo que le otorgaría”, añadieron.

Consideran que hacer lo anterior, podría resultar un acto sancionable por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, ya que directamente se está habilitando a un particular a gozar de los beneficios económicos resultantes de la diferencia de valores por metro cuadrado y otros beneficios económicos mayores por el solo cambio de uso de suelo que tendría que otorgar el privado.

Ante vestigios arqueológicos

Otra razón es que de acuerdo con la ubicación del predio privado que se pretende permutar, se sabe que el INAH no ha emitido un dictamen concluyente el cual confirme que estando éste a menos de 25 metros de una de las estructuras de la cultura mayas ubicadas en el definido como “Parque INAH”, no cuentan con vestigios arqueológicos en la superficie o en el subsuelo.

“El Reglamento para la preservación de Las zonas del patrimonio cultural de Mérida establece que deben existir Zonas de Amortiguamiento respecto de una Zona de Patrimonio Arqueológico incluso con áreas que podrían considerarse Zona Núcleo de Protección Arqueológica, ya que es muy probable que en el predio privado haya vestigios arqueológicos en la superficie o el subsuelo, lo que significa deben ser protegidos por Ley y eso impediría ser objeto de la permuta”, indicaron.

Advierten que, pretender hacer esa permuta sin que medie un estudio de la zona y que descarte la existencia de vestigios arqueológicos en el terreno privado, es una situación que pone en riesgo el patrimonio de la ciudad, ya que se cedería al particular un área que no cuenta con ese tipo de impedimentos y la ciudad recibiría un área que si los tiene, sin embargo el valor del patrimonio de la ciudad ya habría sido afectado irremediablemente.

“Desde luego como vecinos denunciaríamos ante las autoridades competentes esta situación para que se provea lo necesario y asegurar el resguardo del patrimonio arqueológico de la nación”, sentenciaron.

Falso que abarcaría una área mayor

También afirman que, es falso que el proyecto “Tho’” abarcaría un área mayor que los dos grandes parques ya destinados para ello, porque el Parque INAH desde 2006 con una superficie de 50,733m2 y el Predio del Parque Central Altabrisa suman 81,795 metros cuadrados, contra 73,767 de la pretendida suma de los predios Parque INAH y el predio privado.

Y eso aclaran que sería sin contar que tendrían que devastar más de 13 mil metros de selva baja para construir las vialidades internas para el paso de vehículos alrededor de ese polígono, resultando en un área de apenas 70 mil metros cuadrados, que si se compara contra el área de 81 mil metros actuales que ya son parte del patrimonio de la ciudad significaría matar 14% de áreas verdes actuales con su fauna y flora.

Pero otra razón y sobre este tema, es que la SCJN ya ha emitió fallos favorables a la protección de Áreas Verdes por ser de interés público y lo hizo en contra de decisiones tomadas por autoridades estatales y municipales en donde se violentaron los principios de prevalencia del interés público de las áreas verdes y su carácter de Inalienables e Imprescriptibles.

Citaron que, el Reglamento de la Ley Forestal de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable considera Vegetetación Forestal a: Toda aquella formación de masas mayores a 1,500 m2 que por su composición estructura, tamaño y densidad constituyen asociaciones vegetales de Selvas Bajas

“No omitimos decir que de seguir con la intención de cambiar el destino original del área verde, constituye una violación a las leyes que nos moverán a denunciar también ante las autoridades competentes estos delitos y en su momento llevar el caso a los tribunales”, reiteraron.

Además dicen que, su interés jurídico como vecinos de la zona está plenamente acreditado desde el momento que adquirieron viviendas en ese lugar a los desarrolladores inmobiliarios que les ofrecieron en su tiempo, que a cambio de la no existencia de áreas verdes suficientes dentro de las privadas, esto se compensaría y justificaría con la existencia de una gran área verde central alrededor de las mismas privadas, que en su momento llamaron “Parque Líneal”.

Y en el Plan Parcial de Desarrollo del Sub Centro Urbano Altabrisa se estableció que: “Las áreas verdes no se otorgarán para usos o beneficios particulares ya que su disfrute es para el bien común y de interés público, por lo que tienen el carácter de inalienables e imprescriptibles”.

Altos costos del proyecto

Una razón más que exponen, es que el costo de hacer el Parque Central Altabrisa, con Senderos e Iluminación es muchísimo menor de lo que costaría el Proyecto “Tho” con un presupuesto anunciado de aproximadamente 60 millones de pesos, in tanto que hacer lo que los vecinos plantean aun después de 15 años no costaría más de tres millones.

Además, en el Parque Central Altabrisa hay árboles, especies naturales y es hogar de algunas aves en peligro de extinción, como Gavilanes, Halcones, Lechuzas, Pájaros Tho, Búhos, Cardenales, una cantidad no determinada de Ardillas, Conejos, Zorritos, Liebres, Zarigüeyas, y Familias de Iguanas.

Entre las especies vegetales hemos contado Huaxim, Jabin, Katsin, Chakaá, Chukum, Dzizilché, Kitinché, Brumelias (en peligro de extinción) y Helechos. Informaron que, a partir de un censo se tienen contabilizados 670 árboles sanos en esta extensión que conforma una Selva Baja Bien Conservada con cobertura de copa mayor al 90% y la cual es un área Forestal y protegida por la SEMARNAT, la afectación de vegetación forestal sin autorización de esa secretaría constituye un delito ambiental que están catalogados como Delitos Graves.

 

 

 

David Domínguez Massa, reportero de la Agencia Informativa Megamedia- Tiene 41 años de trayectoria periodística, y es colaborador de Grupo Megamedia desde 2000. Premio Nacional de Periodismo en 2006, se especializa en temas de política, gobierno y electorales.