Grissell Rodríguez Febles, Juez Quinto de Distrito en el Estado, decidió que no procede el juicio de amparo que se promovió contra los Poderes Ejecutivo y Legislativo de Yucatán, al nombrar como magistrado del Tribunal Superior de Justicia estatal a Luis Armando del Jesús Mendoza Casanova, contra quien se manifestaron varias organizaciones de mujeres en la entidad y el país.
Cabe mencionar que a las representantes de las organizaciones civiles de mujeres que promovieron este amparo, les queda todavía la opción de ir a una segunda instancia para pedir la revisión de esta sentencia.
Como se informó, a principios de este 2024, organizaciones y mujeres activistas se inconformaron contra el nombramiento del citado magistrado, a quien señalaron como responsable de liberar a un violador, además de agredir a dos mujeres con las que vivía y quienes lo denunciaron penalmente, lo que consideraron como causas suficientes para que no fuera nombrado en el cargo que hoy tiene, y por lo cual incluso interpusieron este amparo.
Continuarán los recursos contra magistrado
El miércoles se informó que la agrupación Ciencia Social Alternativa presentó un “amicus curiae” el pasado martes para dar seguimiento y ampliar el juicio de amparo contra el nombramiento del citado magistrado, por faltas y omisiones cometidas por el Congreso del Estado al nombrarlo, y previamente en varias visitas a Yucatán Yndira Sandoval activista nacional y principal promotora de la Ley 3 de 3 en el país anunció que presentarían varios de estos recursos.
En el expediente del amparo indirecto 32/2024-II consta que:
El pasado cuatro de enero de 2024, en el buzón judicial de la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Estado de Yucatán, con residencia en Mérida, se depositó una demanda de amparo presentada por Milka Abril Rodríguez Cárdenas representante de “Red de Acompañamiento Yucatán” Asociación civil y otras, contra actos atribuidos al gobernador del Estado de Yucatán, y otra autoridad, por considerarlos violatorios de derechos fundamentales.
Se añade que al día siguiente, por razón de turno, se ordenó formar el expediente que se registró bajo el número 32/2024-II; el 15 siguiente, previo cumplimiento de prevención, se admitió a trámite la demanda; se dio la intervención legal que compete al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito; se requirieron los informes con justificación, y, se señaló fecha y hora para la celebración de la audiencia constitucional.
Señalaron que luego de dar trámite a este expediente, desahogar las audiencias y analizar las pruebas presentadas por ambas partes consideraron que es improcedente y por eso decidieron declararlo el pasado miércoles, como un caso que “SE SOBRESEE”.
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Wuay!!! Como que con estos atributos no se necesita ser licenciado para opinar y comentar lo que dicta la lógica, que el sr no es apto para este cargo que requiere de personas
EJEMPLARES Y HONORABLES. Por el bien de la población y de los mismos tribunales.No comenta el reportero con tantos años en el periodismo si se enjuicio a dicho sujeto en su momento.