El Centro de Justicia Oral de Mérida, edificio donde se celebran las audiencias de imputación, vinculación a proceso penal y los juicios orales, entre otras diligencias. Foto del Poder Judicial de Yucatán

La jueza de Control en Mérida, Yucatán, vinculó a un hombre a proceso penal por el delito de violencia familiar y ordenó que permanezca en prisión preventiva durante todo el procedimiento, así que estará en el reclusorio del sur meridana.

En su página de Facebook, la Fiscalía General del Estado de Yucatán informó hoy sábado que M.M.S. fue vinculado por el delito de violencia familiar y permanecerá bajo la medida cautelar de prisión preventiva justificada por agredir física y verbalmente a su pareja sentimental en el centro de la ciudad de Mérida.

La audiencia inicial

En la celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida (Cejom), enfrente del penal meridano, la jueza Primera de Control del Primer Distrito Judicial de Yucatán declaró legal la detención de M.M.S.

Luego, los fiscales de litigación lo imputaron por el delito de violencia familiar y presentaron sus alegatos para pedir la vinculación a proceso.

Los hechos

Los fiscales indicaron que, según la causa penal 82/2024, el lunes 4 de marzo de 2024 M.M.S. empujó y jaloneó a su pareja sentimental, además de agredirla verbalmente, en el centro de Mérida.

La mujer solicitó ayuda a policías, quienes detuvieron a M.M.S. y lo turnaron a la FGEY, que integró la carpeta de investigación y presentó al detenido ante la jueza de Control en esta audiencia inicial.

Piden prisión preventiva

Luego que la jueza declaró legal la detención y vinculó al acusado a proceso penal, los fiscales expusieron los alegatos para sustentar la solicitud de la prisión preventiva justificada como medida cautelar.

En respuesta, la jueza concedió esta medida por todo el tiempo que dure el proceso, así que M.M.S. permanecerá privado de su libertad hasta esclarecer su participación en los hechos denunciados.

Además, la jueza fijó a la FGEY un plazo de tres meses para que termine la investigación complementaria.

¿Hasta cuántos años de prisión es la pena por la violencia familiar en Yucatán?

El Código Penal de Yucatán, en su artículo 228, establece que a quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrá de diez a veinte años de prisión.

Este delito aumentará la pena hasta en una mitad de la pena máxima, cuando la víctima sea menor de edad, de sesenta años o más, o presente alguna discapacidad física o mental, total o parcial, temporal o permanente que le impida comprender el significado del hecho, o se cometa con el uso de armas de fuego o punzocortantes, se cometa con la participación de dos o más personas, o se deje cicatriz, lesión permanente en alguna parte del cuerpo o daño psicológico a la víctima”.

Código Penal de Yucatán

También señala que “la violencia familiar se perseguirá de oficio, y podrá ser denunciada por cualquier persona sin necesidad de que la víctima ratifique la denuncia”.

Es un delito imperdonable

Adicionalmente, en el artículo 115, la ley yucateca ordena que “no procederá el perdón del ofendido o del legitimado para otorgarlo en los casos del delito de violencia familiar y su equiparable”.