Por no haber acatado la orden y sentencia de modificar la Constitución local sobre la protección de la vida desde la concepción, en el Congreso del Estado están conscientes de que podrán aplicarles multas que van de 230 a 2,295 Unidad de Medida y Actualización (UMAS); es decir, de $20,000 hasta $269,000, así como la destitución, inhabilitación y cárcel a los diputados estatales, de acuerdo con información que proporcionó el mismo Poder Legislativo de Yucatán.
Se recordó que desde la notificación que Karla Alexandra Domínguez Aguilar, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Yucatán, ordenó al Congreso cambiar la Constitución Local, se incluyó la advertencia de que en caso de no acatar la sentencia les aplicarán una multa.
Además, se le dio vista al Tribunal Colegiado de Circuito para darle a un trámite de inejecución.
Votos en contra
El pasado martes 12, en período extraordinario de sesión plenaria del Congreso para acatar la orden de la jueza, por segunda ocasión se presentó un dictamen para cambiar la Constitución del Estado.
De nuevo la bancada del PAN y un legislador del PVEM votaron en contra, y no fue posible reunir el voto calificado de al menos 24 de las 35 diputaciones que exige la ley para aprobar las reformas constitucionales. Solo se lograron 21 a favor y 13 en contra.
Se preguntó al Congreso del Estado cuáles serían las consecuencias de este desacato, la respuesta fue que en los próximos días se informará a la jueza del resultado de la sesión extraordinaria.
“Esto se considera un desacato al Poder Judicial, lo cual está expresamente sancionado, esto constituye una violación grave al principio de legalidad y al estado de derecho, es una violación del principio de supremacía constitucional”.
Consecuencias
Ante esa situación y de acuerdo con la Constitución federal, la Ley de Amparo y el Código Penal, se pueden enfrentar las siguientes consecuencias:
Primero, una amonestación, además de una multa que puede ser, desde 230 a 2,295 UMAS, tal como se indicó al principio, que se le aplicaría al Congreso del Estado.
En caso de que se determine por la autoridad judicial el incumplimiento de la sentencia, pues actualmente no se ha cumplido a cabalidad porque hay un incumplimiento parcial y sigue el proceso, ya que no se aprobaron reformas constitucionales, también se podrá proceder con las siguientes sanciones:
Destitución e inhabilitación de cinco a diez años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión público a los diputados de esta Legislatura estatal, además de una pena privativa de la libertad, de tres a nueve años de prisión; así como una multa de cien a mil días de salario mínimo.
El Poder Legislativo previó que en este último caso también se podría estar incurriendo en delitos como:
- Abuso de autoridad, porque no se ejecutó una resolución judicial (la orden de la titular del Juzgado Tercero de Distrito) o se entorpece su cumplimiento.
- Coalición de Servidores Públicos, dado que se toman medidas contrarias a una ley, reglamento u otras disposiciones de carácter general, así como el impedir su ejecución o para hacer dimisión de sus puestos, con el fin de impedir o suspender la administración pública en cualquiera de sus ramas, lo que se castigaría con de dos a siete años de prisión.
Se señaló que todo esto se definiría en próximas fechas después de que el Congreso notifique al Juzgado Tercero que no se cumplió su orden.
