La FGR vinculó a proceso a Carlos, porque desocupó su domicilio fiscal de Francisco Montejo III y no avisó al SAT; esto dice la ley
La FGR vinculó a proceso a Carlos, porque desocupó su domicilio fiscal de Francisco Montejo III y no avisó al SAT; esto dice la ley

La FGR obtuvo la vinculación a proceso contra Carlos N, por la probable comisión del delito de desocupación de domicilio fiscal, luego de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no lo localizó en el fraccionamiento Francisco Montejo III de Mérida, Yucatán.

La Fiscalía General de la República (FGR) informó que la investigación comenzó cuando un representante del SAT presentó ante el Ministerio Público Federal una querella en contra de Carlos, quien es administrador único de una persona moral, pero no avisó el cambio de domicilio fiscal al Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

El agente del Ministerio Público Federal (MPF) aportó los datos de prueba suficientes ante el juez de Control para que dictara el auto de vinculación a proceso del señalado.

Asimismo, el juzgador impuso como medidas cautelares a Carlos:

  • presentación periódica mensual y
  • prohibición de salir de México.

Además, se fijaron dos meses para el cierre de la investigación complementaria.

Mientras tanto, la Fiscalía aclaró que a Carlos se le presume inocente, mientras no exista sentencia condenatoria emitida por la autoridad judicial competente.

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¿Qué dice la ley sobre la desocupación del domicilio fiscal?

El artículo 110, fracción V, del Código Fiscal de la Federación, dispone que se impondrá sanción de tres meses a tres años de prisión, a quien, entre otros supuestos, desocupe el local donde tenga su domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio de domicilio al registro federal de contribuyentes en estos casos:

  • después de la notificación de la orden de visita,
  • o después de que se le hubiera notificado un crédito fiscal y antes de que éste se haya garantizado, pagado o quedado sin efectos.

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