Prestar nuestra tarjeta de crédito a amigos o familiares puede no parecer riesgoso, cuando nos dan el efectivo a tiempo, pero puede causar problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
SI la compra excede tus erogaciones usuales, el desembolso de dinero realizado en un periodo de tiempo, el SAT podría identificarlo como una discrepancia fiscal entre lo que percibes y lo que gastas y determinar que has omitido el pago de impuestos correspondiente.
¿Qué es una discrepancia fiscal?
De acuerdo con el artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, las personas físicas son objeto de discrepancia fiscal cuando se comprueba que el monto de las erogaciones en un año es superior a los ingresos declarados, o la omisión de ingresos en su declaración anual.
¿Por qué prestar mi tarjeta de crédito es un riesgo?
Todos los gastos realizados desde nuestra tarjeta de crédito son fiscalizados por el SAT. Aunque amigos y familiares liquiden la compra con nosotros, si se trata de un monto mayor a nuestros ingresos se reflejará al momento de calcular los impuestos.
Si esto ocurre, el SAT podría imponer multas a los contribuyentes por no reportar ingresos extras.
El organismo presumirá ingresos, aunque se trate de personas no inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes o aquellas obligadas a presentar su declaración anual, que han reportado ingresos menores comparados con gastos superiores al adquirir algún bien con tarjetas de crédito.
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¿Qué pasa si el SAT detecta una discrepancia fiscal?
Si las autoridades del SAT detectan que existe una discrepancia fiscal, procederán de la siguiente manera.
- El SAT avisará al contribuyente del monto de las erogaciones detectadas, la información utilizada para identificarlas, el medio por el cual las obtuvo y la discrepancia resultante.
- El contribuyente contará con 20 días, a partir del día siguiente a la notificación, para informar al SAT sobre el origen de los recursos con lo que se efectuó la compra.
- El contribuyente deberá ofrecer las pruebas que considere necesarias para acreditar que dichos recursos no constituyen ingresos gravados. El SAT podría pedir documentación adicional.
En caso de acreditarse la discrepancia fiscal, la autoridad fiscal presumirá ingreso gravado y exigirá la liquidación respectiva.
¿Qué significa esto? Significa que el SAT declarará a las erogaciones no aclaradas como ingresos omitidos, por lo que cobrarán el Impuesto sobre la Renta del monto pagado con la tarjeta. Por ello, debes evitar prestar tu tarjeta de crédito a amigos o familiares.
