GUANAJUATO.- La jueza federal Karla María Macías Lovera suspendió de manera indefinida el paso de la Guardia Nacional a Sedena, además ordenó devolver el control de dicho organismo a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
De acuerdo con lo señalado en el expediente 1161/2022 del Juzgado Noveno del Décimo Sexto Circuito, la jueza ordenó suspender toda transferencia de recursos y asuntos administrativos de la SSPC a la Secretaría de Defensa.
El control de Guardia Nacional, un organismo de seguridad pública, debe regresar a SSPC como prescribe el artículo 21 de la Constitución Mexicana, mientras no se declare constitucional el decreto correspondiente a su transferencia a Sedena.
Sobre este tema: AMLO anuncia decreto para que Guardia Nacional pase a Sedena ¿Cómo afecta a los mexicanos?
¿Por qué suspendieron el paso de Guardia Nacional a Sedena?
Tras la aprobación del paso de Guardia Nacional a Sedena, un conjunto de varias organizaciones y colectivos de la sociedad civil promovieron un total de 72 amparos en contra del decreto para el paso de la Guardia Nacional a Sedena.
La suspensión fue otorgada por la jueza Noveno de Distrito en el estado de Guanajuato a Ángel Castro Gómez, representante de la organización Uniendo Caminos México.
Uniendo Caminos México argumentó que el paso de la Guardia Nacional a la Sedena pone en peligro el libre ejercicio de actividades dirigidas a proteger los derechos humanos, debido a que dicha unificación podría causar un efecto inhibidor y amedrentador de libertades sociales.
La organización indicó que libertades como manifestación de ideas, protección y reunión podrían ser las más vulneradas.
Este es al amparo contra la militarización de la guardia nacional. pic.twitter.com/1lyQ4DiKmC
— Uniendo Caminos México (@UcMexico) September 21, 2022
La razón es que la seguridad pública no es de carácter militar. Se trata de una de las funciones del Estado con naturaleza civil que debe estar a cargo de la Federación, entidades federativas y municipios, como está estipulado en la Constitución Mexicana.
“Esta suspensión no causa perjuicio al interés social ni al orden público, porque no se obstaculizan las funciones de la Guardia Nacional para llevar a cabo la función de seguridad pública, pues sólo continuará bajo el mando civil, tal como establece la Constitución”, indicó la jueza.
La jueza federal indicó que la suspensión definitiva deberá ser otorgada por las jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y precedentes de la Corte Interamericana.
La sentencia también indica que, en caso de que la transferencia de la Guardia Nacional ya haya iniciado, los recursos deben ser restituidos a la SSPC en base al Presupuesto de Egresos de 2022.
