MÉRIDA, Yucatán.— La acción penal en contra de Martín Alberto Medina Sonda, por el feminicidio de Emma Gabriela Molina Canto, quedaría extinta luego de confirmarse su muerte, de acuerdo con él Código Penal del Estado de Yucatán.

Según el artículo 111 de la mencionada Ley, la muerte del imputado, y en este caso sentenciado, extingue la acción penal del delito y las acciones impuestas, pero no la reparación del daño ni el decomiso de los instrumentos objetos y productos del delito.

Según se informó, en estos casos el centro penitenciario debe de notificar sobre la muerte a la autoridad jurisdiccional, en este caso un juez de ejecución, quién deberá resolver lo conducente.

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La notificación debe hacerse a través de los canales administrativos establecidos y debe estar acompañada por el acta de defunción para que el juez pueda determinar las acciones respecto de los puntos de sentencia por cumplimentar.

La muerte de Medina Sonda, que purgaba una condena de 50 años por el feminicidio de Emma Gabriela, fue confirmada por el gobernador de Tabasco Javier May, quién señaló que se realizan las investigaciones correspondientes aunque, aclaró, todo apunta a que se trató de un suicidio.

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Gabriel Jesús Chan Uicab es licenciado en Periodismo y Ciencias de la Comunicación; en 2011 ingresó a Grupo Megamedia, primero en la división de Medios Ligeros. Actualmente es reportero de las fuentes policíacas y de seguridad (Fiscalía, Juzgados…) en la Agencia Informativa Megamedia.