Editorial

Transparencia y combate a la corrupción

Blanca Estrada Mora (*)

El Derecho a Saber todo lo concerniente a la administración pública es un derecho fundamental de los ciudadanos, cuyo ejercicio contribuye a la prevención y combate a la corrupción, fomenta la participación ciudadana, genera transparencia, obliga a los gobernantes a rendir cuentas y fortalece los regímenes democráticos.

Fue en el año 2002, en la ciudad de Sofía, capital de Bulgaria, durante el Encuentro Internacional de Promotores del Acceso a la Información Pública, en el que participaron organizaciones no gubernamentales, académicos y representantes de medios de comunicación de un buen número de naciones, cuando se instituyó el 28 de septiembre como el Día Internacional del Derecho a Saber.

La exigencia de hacer universalmente ejercitable este derecho está fundamentada en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU) y en los países de nuestro continente, también en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (OEA).

En el año 2003, entró en vigor en México la primera Ley de Transparencia, y en funcionamiento el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) como órgano garante del ejercicio de ese derecho de los ciudadanos y la obligación de los gobernantes de transparentar el ejercicio de la función pública.

En Yucatán fue en el año 2004 cuando se promulgó la Ley correspondiente y se creó el Instituto de Acceso a la Información Pública (INAIP).

El 17 de noviembre del año 2015, la UNESCO proclamó el Derecho a Saber y en octubre de 2019 la Asamblea número 74 de la ONU reconoció plenamente, amplió sus alcances y fortaleció ese derecho al instituir el 28 de septiembre como el “Día Internacional del Acceso Universal a la Información”.

Ese derecho está considerado como una herramienta vital para lograr el cumplimiento de los 17 objetivos de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030.

El marco jurídico que garantiza el ejercicio de ese derecho es completo, pues se encuentra establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales de los que nuestro país es firmante, está vigente una Ley General en todo el país, en la Constitución Política del Estado de Yucatán, en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán, en reglamentos y acuerdos, pero en la práctica cotidiana la transparencia, ese colocar en una vitrina toda lo concerniente a las administraciones públicas dista mucho de alcanzar un nivel óptimo.

La transparencia tiene dos elementos fundamentales que no deben confundirse: el cumplimiento de la obligación que tienen los gobernantes de rendir cuentas, y el ejercicio del derecho de los ciudadanos a preguntar para saber todo lo referente a la administración pública y el uso de los recursos provenientes del erario que llevan a cabo todos los sujetos obligados que los reciben, incluidos partidos políticos, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil.

La opacidad es factor preponderante para mantener y proteger la corrupción. La falta de información clara, accesible y oportuna sobre políticas públicas, planes, programas, obras y servicios, se convierte en una oscura cortina que cubre la vitrina de la administración pública. La complicidad entre órdenes de gobierno, instituciones fiscalizadoras y hasta organismos del ámbito privado para el ocultamiento de la información, mantiene vigente un amplio espectro de impunidad.

En un buen número de instancias gubernamentales, los discursos en pro de la transparencia, de la rendición de cuentas, del honesto y honrado manejo de los recursos públicos en beneficio de la sociedad, son asuntos de un día sí y el otro también, convertidos en piezas orales o escritas plenas de retórica y demagogia. Califican de rendición de cuentas el decirle a la ciudadanía solo lo que les conviene y en la forma que mejor les acomoda para la búsqueda del posicionamiento político y la rentabilidad electoral.

No faltan los que presumen premios y reconocimientos por cumplir con las obligaciones de transparencia y de innovación tecnológica porque en sus páginas de internet suben la información requerida por ley. ¿Alguien revisa si esas informaciones están apegadas a la realidad en la práctica?

Ahora bien, construir transparencia requiere de la corresponsabilidad de mandantes y mandatarios. En ese sentido vale la pena cuestionarnos lo siguiente: ¿Los ciudadanos cumplimos nuestra parte? ¿Ejercemos real y plenamente nuestro derecho fundamental de acceso a la información pública? o preferimos conformarnos con lo que nos quieren decir para evitar la posibilidad de toparnos con algún problema.

La permisividad es también una forma de complicidad, pasiva, pero complicidad al fin y al cabo. Es nuestro derecho exigir una verdadera rendición de cuentas y preguntar sobre lo que no nos digan o sobre lo que tengamos dudas y ejercer así, a plenitud, nuestra calidad de ciudadanos.

Ante las aciagas condiciones del entorno actual, generadas por la pandemia del coronavirus, la declaratoria de emergencia y la contingencia sanitaria desde hace seis meses, el ejercicio del derecho de acceso a la información pública potencia su relevancia.

En este Día Internacional del Acceso Universal a la Información, reflexionemos sobre la importancia de nuestro Derecho a Saber, usemos cotidianamente esa herramienta para poner diques al manto de impunidad que cobija la corrupción y preguntemos ¡Aunque se molesten!— Mérida, Yucatán

Presidenta de la Fecuy e integrante del colectivo ¡Ya Basta!

 

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