La Amisy pide al Iepac no dar acta de mayoría a Hernán Vega Burgos como magistrado del Poder Judicial en Yucatán y expone sus argumentos
La Amisy pide al Iepac no dar acta de mayoría a Hernán Vega Burgos como magistrado del Poder Judicial en Yucatán y expone sus argumentos

La Amisy pide al Iepac no dar acta de mayoría a Hernán Vega Burgos como magistrado del Poder Judicial en Yucatán y expone sus argumentos.

Mérida, Yucatán.- La Agenda de las Mujeres para la Igualdad Sustantiva en Yucatán (Amisy) solicitó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (Iepac) “no entregar el acta de mayoría” a Hernán Vega Burgos como magistrado del Poder Judicial en Yucatán porque no cumple con requisitos establecidos en la ley, incluso señalan que Estados Unidos le impuso restricciones de viaje al negarle la visa.

En un documento fechado el lunes 9 de junio, la asociación civil señala que el virtual ganador de la magistratura decimocuarta (14) del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán, quien obtuvo 115,235 votos en la elección judicial, “no es una persona idónea para ser magistrado”.

Y desde mayo pasado pidió tanto al Iepac como al Instituto Nacional Electoral (INE) considerarlo como candidato no elegible, porque no goza de “buena fama pública”, requisito indispensable para asumir el cargo.

Amisy expone antecedentes del caso

La Amisy argumenta que Vega Burgos fue acusado de proteger una red de trata y explotación sexual en Yucatán cuando fue delegado del Instituto Nacional de Migración (INM), en 2009.

Aquél año, medios como La Jornada, El Norte y Proceso sacaron a la luz la historia de dos mujeres originarias de Costa Rica, quienes declararon haber sido secuestradas y acusaron a Vega Burgos de cobrar 30,000 pesos mensuales como parte del acuerdo con la organización cuyo rostro visible era una mujer apodada “La Madame” que las obligaba a prostituirse: “Si nos negábamos, Hernán nos amenazaba con violarnos y deportarnos”.

El funcionario renunció a su cargo, promovió amparos y logró que la investigación no trascendiera de la Procuraduría, que finalmente decidió no proceder contra él.

En fechas recientes Hernán Vega Burgos se ha defendido de los señalamientos y alega que le “fabricaron un expediente”, que “dichos supuestos ya fueron aclarados con pruebas irrefutables de las autoridades correspondientes” y que “se ha demostrado que es totalmente falso”.

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Ricardo Monreal dijo que acusación de trata contra Hernán Vega Burgos no sería ignorada

Cabe recordar que en 2019, cuando Hernán Vega Burgos fue candidato a magistrado electoral local en un proceso abierto por el Senado, el integrante de Morena, Ricardo Monreal dijo entonces a Imagen Radio que las acusaciones por trata de personas en su contra serían tomadas en cuenta por la Cámara.

“Queremos jueces en materia electoral que sean íntegros y puedan representar confianza, imparcialidad y profesionalismo a la sociedad”, dijo Monreal ese año.

Entonces, Vega Burgos no consiguió ese cargo, pero esta vez sí logró pasar todos los filtros.

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Y es que en el documento que presentó la Amisy y está sellado de recibido por el Iepac, señala que el Comité Estatal de Evaluación de Yucatán fue un “órgano clave para garantizar idoneidad, transparencia y equidad en la selección de aspirantes a candidatos al Poder Judicial”.

Y “tanto los integrantes del mencionado Comité Estatal de evaluación, como el propio Congreso del Estado de Yucatán (que aprobó la lista el 27 de marzo 2025), omitieron su función de analizar cuidadosamente los antecedentes de Hernán Vega Burgos”.

Amisy señala que Vega Burgos fue inhabilitado por la Secretaría de la Función Pública

Asimismo, la Amisy señala que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 95 como un requisito para asumir el cargo magistrado gozar de buena fama pública, y este no se cumple.

También citan el apartado IV del artículo 65 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, que estipula no haber sido inhabilitado de un cargo público; sin embargo, indican que el jurista incumple también esta disposición porque fue inhabilitado.

Las victimas aseguraron que Hernán Vega Burgos, Delegado del Instituto Nacional de Migración en ese entonces, cobraba cuotas de protección y exigia favores sexuales a las mujeres, Hernán Vega Burgos fue citado a careo y una de las victimas lo señaló directamente, después de rendir declaración, su condición cambió de testigo a indiciado, en tanto la PGJE remitió el caso a la entonces PGR.

“Vega Burgos, acusado de lenocinio y trata de personas, presenta su supuesta renuncia ante el Instituto Nacional de Migración para colaborar con las autoridades, asunto conocido por errores en procedimientos y omisiones.

“Derivado de lo anterior, la Secretaría de la Función Pública inhabilitó a Hernán Vega Burgos para ocupar cargos públicos por haber sido acusado de participar en una red de trata de mujeres extranjeras, recibiendo pagos y favores sexuales a cambo de permitir su permanencia ilegal en el pais”, dice el documento que la Amisy entregó ayer al Iepac.

Estados Unidos le retiró la visa a Hernán Vega Burgos: Amisy

La asociación civil agrega que las consecuencias del historial de Vega Burgos continúa teniendo repercusiones en la actualidad “ya que, en el presente año, el gobierno de Estados Unidos le negó la visa debido a sus presuntos vínculos con redes de trata de personas”.

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“Es de recalcar que la determinación de no ejercitar la acción penal fue por inconsistencias en el proceso, por lo que sus antecedentes de corrupción, su inhabilitación y la negativa de visa, denotan que no es apto para ocupar el cargo de una magistratura, ni debió de ser candidato en estas elecciones del Poder Judicial y no cumple con lo indicado” en las leyes, apunta la Amisy en el documento entregado el 9 de junio al Iepac.

Por las razones expuestas, concuyen que Hernán Vega “Burgos no es una persona idonea para ser magistrado, por lo que se solicita no entregar el acta de mayoría” como magistrado del Poder Judicial de Yucatán.

Hernán Vega Burgos: “Un discurso falso”

 Hernán Vega Burgos ha desmentido categóricamente y con documentos oficiales, que sea “inelegible”, como lo aseguró en una conferencia de prensa, María Eugenia del Pilar Núñez Zapata, quien se ostenta parte del colectivo “Agenda de las Mujeres para la Igualdad Sustantiva en Yucatán“ (Amisy).

“Resulta lamentable que, a pesar de la existencia de dos resoluciones firmes, mismas que se dictaron desde hace más de 10 años, se continúe replicando un discurso que se ha demostrado que es totalmente falso y que se utiliza como arma de difamación”, afirmó y a continuación presenta sus argumentos de respuesta puntual a las acusaciones de María Eugenia Núñez.

“En relación al escrito presentado en fecha 27 de mayo de 2025 por la C. María Eugenia del Pilar Núñez Zapata quien se ostenta parte del colectivo “Agenda de las Mujeres para la Igualdad Sustantiva en Yucatán” (AMISY), extremo que no acredita, ante la Oficialía de Partes del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, mediante el cual solicitó que se considere como no elegible la candidatura del Lic. Hernán Jesús Vega Burgos, se realizan las siguientes aclaraciones:

— De la lectura del documento en cuestión se advierte que el argumento toral de la solicitud de tener por no elegible la candidatura del referido Vega Burgos, radica en que, supuestamente: “ha incurrido en acciones similares a la violencia familiar y la esclavitud sexual, e incluso graves como estar vinculado con los delitos de trata de personas, lo cual se agrava si se tiene en cuenta que los cometió siendo funcionario público, y en específico como Delegado de Migración en el Estado (…)”.

Es decir, la petición instada se basa en una información que fue tergiversada y que lamentablemente se ha difundido de esa manera a través de los medios de comunicación.

A propósito, conviene resaltar que la petición de referencia no se encuentra soportada con pruebas, ya que no se adjuntó ni un solo documento al escrito. Por el contrario, la propia Núñez Zapata es quien refiere que la información relativa a los supuestos antecedentes penales del candidato Vega Burgos fueron tomados de la red, es decir de diversas notas periodísticas, mas no de documentos con validez jurídica que puedan sustentar su solicitud. De hecho, la solicitante ni siquiera cita los supuestos medios de donde tomó esa información.

Y, con esa información errónea, argumenta la instante que el candidato Vega Burgos no debió ser considerado como apto para estar en las boletas, pues a su juicio cuenta con antecedentes penales.

— No obstante lo anterior, lo cierto es que la solicitud se torna improcedente, pues se encuentra basada en una interpretación errada del marco normativo que establece los elementos para ser candidato a Magistrado, al igual que se funda en información contraria a la realidad.

Se menciona lo anterior en virtud de que, el artículo 65 de la Constitución Estatal enuncia los requisitos para ser Magistrado, entre ellos los contenidos en las fracciones V y VIII, relativos a la “inexistencia de condena alguna por delito doloso con sanción privativa de libertad” y “No tener antecedentes penales por violencia familiar, delitos contra la intimidad personal, contra la imagen personal, violencia laboral contra las mujeres, violencia obstétrica, violencia por parentesco, violencia institucional, hostigamiento sexual, acoso sexual, abuso sexual, estupro, violación o feminicidio”. A juicio de la peticionaria, estos requisitos no se cumplieron debido a la supuesta información a que hace referencia, con los que pretende incriminar a un candidato, estableciendo que éste cuenta con antecedentes penales.

Al respecto, debe precisarse que, jurídicamente, los antecedentes penales se erigen como una figura a través de la cual se certifica si una persona ha sido condenada o no por algún delito, mediante la expedición de un documento. Es decir, necesariamente se requiere la existencia de una sentencia condenatoria que haya quedado firme, pues la sola denuncia en contra de un ciudadano no es suficiente para que se originen dichos antecedentes.

Asimismo, conviene precisar que, las y los candidatos, para poder acreditar los requisitos en cuestión, se vieron en la obligación de adjuntar el certificado de no antecedentes penales correspondiente. Esta obligación desde luego fue cumplida por el Lic. Vega Burgos, pues en caso contrario no se le hubiera incluido en el proceso de insaculación con el que se eligió a los candidatos finales.

Es importante recordar que, posterior el lapso establecido por la convocatoria para la recepción de los documentos de las personas que deseaban participar en el proceso de elección, esos propios documentos y en general todos los perfiles de las personas candidatas, fueron analizados por un Comité Estatal de Evaluación, cuyos integrantes se encargaron de verificar que las y los aspirantes cumplieran con todos y cada uno de los requisitos.

— De igual manera, en el caso en concreto, se advierte que la instante hace referencia a una averiguación previa, pero pasa por desapercibido que en dicho expediente penal obra una resolución de no ejercicio de la acción penal, misma que se emitió en fecha 21 de marzo de 2014, la cual al día de hoy tiene firmeza legal, donde se deslinda de toda responsabilidad al candidato Vega Burgos. Por tal motivo, es que jurídicamente no se generaron antecedentes penales y por ello es que al día de hoy, dicho candidato cuenta con el documento correspondiente de no antecedentes, mismo que presentó durante el tiempo establecido para ello por la propia convocatoria”.

Licenciada en Comunicación. Máster en Periodismo Digital por la Universidad Autónoma de Madrid. Certificada en Inbound Marketing. Dos décadas de experiencia en radio, televisión, prensa y medios digitales.