Un grupo de personas realiza una manifestación contra la discriminación de los enfermos portadores del VIH. El Conapred enumeró los casos en los que se registraron mayores reclamos por discriminación en el país

CIUDAD DE MÉXICO (EFE y El Universal).— La discapacidad, la salud y la apariencia física fueron las mayores reclamaciones por presunta discriminación durante 2017 en México, reveló el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).

En un recuento de fin de año, la autoridad precisó que hasta el 15 de diciembre abrió 1,142 quejas y reclamaciones, 247 de las cuales fueron por motivos de discapacidad, 198 por causas de salud y 159 relacionados con la apariencia física.

La discriminación por preferencia sexual, con 152; embarazo, con 124, y género, con 107, están también entre las mayores causas de las denuncias recibidas este año, explicó el Consejo, responsable de promover políticas y medidas de inclusión.

En el campo laboral se registró la mayoría de los presuntos actos de discriminación con 597, en las escuelas se presentaron 152 casos y otros 141 ocurrieron en el ámbito del servicio público, explicó.

El Conapred señaló que los derechos que más fueron vulnerados son el de recibir un trato digno, al trabajo, a la igualdad de oportunidades, a la prestación de servicios al público, una vida libre de violencia y a la educación.

Los estados en donde más casos se presentaron son Ciudad de México, Estado de México, Jalisco, Guanajuato y Nuevo León, precisó.

Discriminación política

El Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado, por su parte, advirtió ayer que persisten los obstáculos políticos y estratégicos que impiden garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, a pesar de la reforma en materia político-electoral de 2014 que incorporó el principio de paridad en el registro de candidaturas para legislaturas federales y locales.

En su investigación “Paridad vertical y horizontal en el Congreso de la Unión”, el IBD alertó que no existen lineamientos a escala federal para hacer efectivo el principio constitucional de paridad en sus dos dimensiones. Así como en la postulación de candidaturas de mayoría relativa y representación proporcional, senadurías y diputaciones.

Explicó que el problema deriva en que el criterio de paridad horizontal se estableció originalmente como una interpretación jurisdiccional y administrativa en el nivel local, donde no basta con que la mitad de las listas (planillas) estén integradas por mujeres (paridad vertical).