Campeche.- La Vocal Ejecutiva de la Junta Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Campeche, Elizabeth Tapia Quiñones precisó que los partidos políticos sólo pueden renunciar a los recursos económicos que les otorga esa institución cuando se trate de dinero no entregado, es decir, lo que ya se les liberó, no puede ser devuelto para donación para atender el apoyo a la sociedad ante la contingencia generada por la pandemia del Covid-19.
Además, precisó que conforme a la legislación, en caso que renunciaran a recibir esos recursos, sería otra autoridad distinta a los partidos la que decidirá en qué se aplicarían y que eso no elimina la obligación de llevar a cabo actividades específicas, como la de promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, promoción del voto, comunicación de sus plataformas, la cultura democrática y demás a las que están obligado.
Leer: Ya son más de 700 defunciones por Covid-19 en México; 8,772 contagios
En entrevista virtual, la señorita Tapia Quiñones dijo que ante la contingencia de salud que se vive en el país, hay voces que piden y exigen que los recursos destinados a los partidos políticos se redirijan y se canalicen a la compra de equipo y medicamentos y por ello precisó que mayo próximo.
“Recordemos, esta no es la primera vez que ante una emergencia se hagan estos planteamientos, igual que la anterior ocasión la postura del Instituto Nacional Electoral es en apego a la estricta ley electoral, por lo que los recursos de prerrogativas ya depositados en sus cuentas bancarias no pueden ser devueltos al Instituto ni ser entregados en donación a una institución pública o de manera directa a la ciudadanía”, precisó.
Dice que la Ley prohíbe que los recursos de los partidos políticos sean destinados a fines que no sean considerados como partidistas; es decir, hay una estipulación muy clara de las cosas en que los partidos políticos pueden destinar sus recursos económicos, en caso de no hacerlo así, una vez realizada la fiscalización y detectado el gasto pueden ser objeto de sanción.
Leer: Al borde del llanto, jefa de enfermeras pide un alto a las agresiones
“Por eso no tienen la posibilidad de realizar algún tipo de donación de los bienes y recursos públicos o privados de que dispongan de conformidad con las normas que regulan su financiamiento, pues la misma no se encuentra entre sus atribuciones como entidades de interés público e incluso se encuentra prohibida en la normatividad que los rige”, detalla.
Sin embargo, precisó que sí hay manera en que los partidos políticos puedan renunciar a una parte o a la totalidad sus recursos, pues pueden hacerlo, pero solamente para aquellos recursos que no les han sido entregados, es decir a partir del mes de mayo. Lo que ya les entregó no lo pueden renunciar, tal como lo establece el artículo 41 constitucional, mismos dineros que el INE devolvería a la Tesorería de la Federación (TESOFE).
“Tras la posible renuncia de la prerrogativa, es el Estado quien se encargaría de redistribuirlo o ejercerlo como crea conveniente, luego entonces ni los partidos políticos ni el propio INE puede dar seguimiento o tomar decisiones respecto a los recursos ya devueltos a la federación. Cuando el partido político renuncia al dinero público el INE de inmediato lo devuelve y es así que una autoridad distinta el determinar qué se hace con este capital económico”, concluyó.- Martín Acosta Pacheco.
