CIUDAD DE MÉXICO.- Muchos han sufrido la pérdida de su maleta durante un vuelo o bien, que después del viaje al recoger el equipaje la maleta se encuentre dañada. Lo que tal vez pocos sepan es que la aerolínea debe indemnizarte porque tiene la responsabilidad de entregarte tus maletas, bultos o piezas en buen estado; aunque la compensación está sujeta a determinadas reglas según indicó la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
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¿Qué hacer si la aerolínea pierde o daña tu maleta?
Lo primero que debe hacerse en caso de pérdida o daño al equipaje, es presentar una reclamación en los 15 días siguientes a la fecha en que se debió recibir la maleta o de que se entregó averiado el equipaje documentado.
Según la Profeco, “las acciones para exigir el pago de las indemnizaciones terminarán en un plazo de 90 días a partir de la fecha en que debió entregarse el equipaje documentado”, es decir, tiene tres meses la aerolínea para realizar el pago.
¿Cuánto debe pagar la aerolínea por la pérdida o daño de equipaje?
La indemnización que deben cubrir las aerolíneas, de acuerdo con los artículos 62 y 66 de la Ley de Aviación Civil es la siguiente:
Por pérdida o daño de equipaje documentado el pasajero debe recibir el dinero equivalente a 150 Unidades de Medida de Actualización (UMA). En el 2022 el valor de la UMA fue de 96.22, lo que significa que el monto puede llegar a más de 14 mil 433 pesos.
-Si se destruyó o averió el equipaje de mano la indemnización llega a 80 UMA, equivalentes a 6 mil 697 pesos.
¿Cuál es valor de la UMA?
Cabe mencionar que el valor de la UMA para el 2023 se dará a conocer hasta el próximo lunes 9 de enero cuando el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) informe sobre cuál fue la inflación en 2022.
La Profeco dijo que hay casos en los que la aerolínea se exenta de responsabilidades como “vicios propios de los bienes o productos o por embalajes inadecuados”, cuando los bienes se transporten en vehículos no adecuados a petición del cliente. Tampoco se dará indemnización si se da una falsa declaración sobre el contenido del equipaje o “cuando la carga, por su propia naturaleza, sufra deterioro o daño total o parcial”, siempre y cuando se cumpla con el tiempo de entrega establecido.
