Uno de los grandes retos a los que se enfrentan las deportistas de élite, en general, y las futbolistas, en particular, es conciliar la posibilidad de ser madres con la de mantener su profesión en el campo.
El caso más mediático recientemente es el de la estadounidense Alex Morgan, que se retiró temporalmente para dar a luz y en el mes de noviembre regresó a los campos como el flamante fichaje del Tottenham.
Otros casos
Pero hay otras muchas que, una vez que paran para ser madres, se quedan sin equipo y no vuelven a ponerse las botas.
Muchas organizaciones sindicales del fútbol acusaban a la FIFA de tener unas normas un tanto obsoletas, y aprovechando el Consejo que han mantenido para establecer medidas para luchar contra las consecuencias de la pandemia, las han actualizado.
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En el nuevo reglamento, la FIFA ha establecido “unos estándares mínimos internacionales para las jugadoras, en especial por lo que respecta a la maternidad”, que se resumen en varios puntos clave.
Remuneración mínima
A menos que la legislación nacional o un convenio colectivo establezcan condiciones más favorables, un jugadora tendrá derecho a una baja por maternidad, definida como el periodo de descanso laboral retribuido de 14 semanas como mínimo que se concede a una jugadora en caso de quedarse embarazada, por la que percibirá dos terceras partes del salario que estipule el contrato.
Al menos ocho de estas semanas deberán tener lugar tras dar a luz.
Regreso a la actividad
Las jugadoras tendrán derecho a retomar la actividad futbolística tras la baja por maternidad.
El club tendrá la obligación de facilitar su incorporación a la actividad futbolística y ofrecerles apoyo médico continuo.
Derecho a amamantar
Las jugadoras deberán poder amamantar a sus bebés o extraerse leche.
El club deberá poner a su disposición un lugar adecuado a tales efectos, de conformidad con la legislación nacional aplicable en el país donde esté domiciliado el club, o según dispongan los convenios colectivo.
Fichajes temporales
Un club podrá inscribir provisionalmente a una jugadora fuera del período de inscripción para reemplazar temporalmente a otra jugadora que esté de baja por maternidad.
Salvo que las partes acuerden algo distinto de mutuo acuerdo, el contrato de la jugadora sustituta temporal tendrá vigencia desde la fecha de su inscripción hasta la víspera del comienzo del periodo siguiente al regreso de la jugadora que haya disfrutado de la baja por maternidad.
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De forma excepcional, se podrá inscribir fuera del período de inscripción a una jugadora que haya finalizado la baja por maternidad.
Protección durante el embarazo
Si las jugadoras embarazadas deciden seguir prestando servicios deportivos, para garantizar que lo hagan de forma segura, tendrán derecho a recibir periódicamente el asesoramiento de un profesional médico independiente.
También tendrán derecho a prestar otros servicios alternativos a su club.
? El Consejo de la FIFA aprueba reformas históricas para la protección de jugadoras y entrenadores, y acuerda nuevas medidas en respuesta a la pandemia de COVID-19.
— FIFA.com en español (@fifacom_es) December 4, 2020
En estos casos, los clubes tendrán la obligación de respetar la decisión y colaborar con la jugadora para elaborar un plan oficial a fin de que pueda prestar otros servicios.
Protección contra el despido
Ninguna jugadora deberá encontrarse jamás en desventaja por su embarazo.
Por lo tanto, si un club rescinde unilateralmente un contrato porque una jugadora esté o se quede embarazada, se considerará que el club ha rescindido el contrato sin causa justificada.
Esta rescisión se considerará una circunstancia agravante.
Además de la obligación de abonar una indemnización, se impondrán sanciones deportivas, junto con una multa, a todo club que rescinda unilateralmente un contrato por el hecho de que una jugadora esté o se quede embarazada.
Con información de 20 minutos
