Mérida.- La reforma al artículo 11 de la Ley de Deuda Pública de Yucatán ya entró en vigor, pero advierten que su modificación propicia la corrupción, y señalan por qué.
El cambio que se hizo a esta legislación que sirve para medir el nivel de endeudamiento de los municipios, tuvo 20 votos a favor de Morena y aliados, contra 14 de la oposición el pasado 28 de diciembre.
Sin embargo, entró en vigor tras su publicación en la edición matutina del Diario Oficial del Estado (DOF) el pasado martes 31 de diciembre.
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Reforma a Ley de Deuda Pública de Yucatán propicia la “corrupción”, advierten
En este contexto, la diputa Zazhil Méndez Hernández del Partido Acción Nacional advirtió que la reforma a la Ley de Deuda Pública de Yucatán propicia la corrupción y explicó por qué.
“Se elimina un mecanismo adicional de control sobre el uso de los recursos públicos”.
Además de subrayar que se evita informar detalladamente el destino del financiamiento que soliciten entes públicos, agregó que se obstaculiza la rendición de cuentas.
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“Sin este dictamen, se podría reducir la transparencia en la forma en que los municipios manejan sus cuentas; es decir corrupción”, apunta en un boletín.
Reforma a Ley de Deuda Pública de Yucatán: qué decía el artículo 11 y cómo queda
Y es que fue modificado el artículo 11 de dicha ley, que antes decía:
Artículo 11. Solicitud al Congreso
“Los entes públicos, en las iniciativas mediante las cuales soliciten la autorización para la contratación de financiamientos u obligaciones, deberán señalar la información a que se refiere el artículo 24 de la ley de disciplina financiera y adjuntar sus estados financieros del ejercicio fiscal más reciente, dictaminados por contador público certificado, y elaborados conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable”.
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Pero con la publicación del Decreto 35/2024 por el que se modifica la Ley de Deuda Pública del Estado de Yucatán, ahora quedó de esta forma:
Artículo 11. Solicitud al Congreso
“Los entes públicos, en las iniciativas mediante las cuales soliciten la autorización para la contratación de financiamientos u obligaciones, deberán señalar la información a que se refiere el artículo 24 de la ley de disciplina financiera”.

¿Qué parte le quitaron al artículo 11?
De tal forma, que a dicho artículo le quitaron la parte que decía: “…y adjuntar sus estados financieros del ejercicio fiscal más reciente, dictaminados por contador público certificado, y elaborados conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable”.
Cobra sentido que señalen falta de transparencia, y posibles actos de corrupción, al eliminar la parte donde exige los estados financieros del ejercicio fiscal más reciente, dictaminados por contador público certificado, y apegados a la Ley de Contabilidad federal que pide informes más meticulosos.
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