tren maya

Por segundo día consecutivo, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, expropió tierras de Yucatán para el proyecto Tren Maya, específicamente terrenos de Pisté, la comisaría donde se ubica Chichén Itzá, la zona arqueológica más rentable del país.

La empresa Tren Maya, de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), pagará 16.65 pesos por metro cuadrado de tierra. En total ocupará 370 m2, superficie que equivale a tres casas de 120 m2.

Pisté se ubica en el tramo 4 del Tren Maya, que va de Izamal a Cancún y tiene estaciones en Izamal, Chichén Itzá, Valladolid, Nuevo Xcan, Leona Vicario y Cancún Aeropuerto.

Ayer martes la mandataria expropió dos predios privados en Valladolid, municipio del oriente yucateco, y tierras ejidales de Maxcanú, municipio del poniente del estado.

Expropian tierras para el Tren Maya

  • Tren Maya
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Hoy 8 de octubre de 2025, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se promulgó el Decreto presidencial que expropia por causa de utilidad pública la superficie de 00-03-70 hectáreas (tres áreas, setenta centiáreas)  del ejido Pisté, municipio de Tinum, estado de Yucatán, a favor de Tren Maya, S.A. de C.V.

Según el decreto, son “terrenos de temporal de uso común del ejido Pisté”.

La empresa usará la tierra para “la construcción de obras de infraestructura ferroviaria, operación del proyecto Tren Maya y sus obras complementarias”.

La indemnización

Como indemnización, la empresa debe pagarle al ejido  $6,164.19, indica el decreto.

Ese es el valor comercial de la tierra expropiada establecido en el dictamen que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (Indaabin) emitió el 18 de febrero de 2025, añade.

O sea, para el Indaabin un metro cuadrado de tierra de Pisté vale 16.65 pesos.

tierras para el Tren Maya

Asimismo, el decreto dice que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) federal ejecutará la expropiación cuando la empresa Tren Maya acredite que ya le pagó al ejido.

El pago, condición para la ocupación

“Los bienes objeto de la expropiación solo podrán ser ocupados de manera definitiva, mediante el pago que se efectúe al ejido o a las personas que acrediten tener derecho sobre tierras de uso común en la proporción que corresponda”, puntualiza el mandato presidencial.

El decreto también establece “que, en caso de que los bienes expropiados se destinen a un fin distinto al señalado en el decreto respectivo, o si transcurrido un plazo de 5 años no se ha cumplido con la causa de utilidad pública, el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal podrá ejercer las acciones necesarias para reclamar la reversión parcial o total, según corresponda, de los bienes expropiados, y operar la incorporación de estos a su patrimonio”.

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Flor de Lourdes Estrella Santana es Licenciada en Educación por la Uady. Ingresó a Grupo Megamedia en el año 2000. Ha sido reportera, redactora y editora. Escribe contenidos generales, especialmente sobre equidad de género, gobierno, educación y salud.