1 de febrero cómo se paga
Foto de archivo: Megamedia

MÉXICO.- Este lunes 1 de febrero es inhábil, pues la conmemoración del 5 de febrero del Aniversario de la Constitución mexicana se “corrió” para formar un “puente” con el fin de semana.

De acuerdo con el decreto que reforma el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, es un día de descanso obligatorio. En el decreto se establece que en el primer lunes de febrero se conmemorará el 5 de febrero, día del Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en 1917 para reemplazar la Constitución de 1857.

Esa es la razón por la cual se celebra el lunes 1 y no el 5 de febrero.

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¿Cómo se paga el 1 de febrero?

Muchas personas se confunden cuando trabajan el día de descanso obligatorio, ya que en ocasiones se paga doble o triple.

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En esta ocasión, el 1 de febrero se paga triple, es decir, cobrarás el día normal más dos veces tu salario. 

Por ejemplo: si ganas 200 pesos por un día de trabajo normal, por este primero de febrero te pagarán 600 pesos.

Si bien no tienes obligación de presentarte a trabajar los días de descanso obligatorios, existen ocasiones en las que se solicite a algunos empleados acudir al trabajo.

¿Cuáles son los días de descanso obligatorios?

Todos los días de descanso obligatorio deberán de pagarse al triple, siempre y cuando el empleado los trabaje.

De acuerdo con el articulo 74 de la Ley Federal de Trabajo  los días que quedan en este 2021 son:

1 de febrero lunesPromulgación de la Constitución
15 de marzolunesNacimiento de Benito Juárez
1o. de mayoSábadoDía del trabajo
16 de septiembreJuevesIndependencia de México
15 de noviembrelunesRevolución Mexicana
25 de diciembresábadoNavidad

Días inhábiles en Yucatán

El calendario difundido también agrega los siguientes días “con la finalidad de respetar y conservar las tradiciones de nuestro estado“. Estas fechas también se aplican en colegios y empresas de Yucatán.

FechaDíaFestividad
16 de febreroMartesMartes de Carnaval
2 de abrilViernesViernes Santo
2 de noviembreMartesFieles Difuntos
  • Para los trabajadores del Poder Judicial, el martes 4 de mayo será inhábil con motivo del Día del Servidor Judicial.
  • En el calendario escolar el miércoles 5 de mayo es inhábil, para conmemorar la Batalla de Puebla.
    • Para los burócratas, el sábado 18 de diciembre será de asueto para recordar el Aniversario de la Promulgación de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios.

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Las vacaciones escolares de verano comenzarán el sábado 10 de julio. En el Poder Judicial estarán de vacaciones del viernes 16 de julio al sábado 31 de ese mes. En diciembre, estarán fuera del jueves 16 de diciembre al viernes 31.

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