Conformado por un grupo de especialistas en Derecho y asuntos electorales, el Grupo Alerta Democrática (GAD) ha emitido 42 alertas de riesgos y amenazas que asoman en el proceso electoral rumbo al 2 de junio en México.

El objetivo de esas alertas es avisar oportunamente a la sociedad civil sobre los peligros que rodean el proceso, a fin de prevenir problemas mayores y motivar la corrección del rumbo, explica Patricia McCarthy Caballero, integrante del grupo.

El GAD nació a principios de febrero pasado. Al darlo a conocer públicamente, sus integrantes manifestaron que desde la sociedad civil buscan contribuir al fortalecimiento de la democracia para alertar sobre los riesgos político-electorales que requieren de la atención y acción ciudadana.

¿Quiénes integran el Grupo de Alerta Democrática?

Además de la yucateca Patricia McCarthy, en el grupo están María del Carmen Alanís Figueroa, Teresa González Luna, Marco Antonio Baños, Arturo Espinosa Silis, Juan Manuel Herrero, Luis Miguel Santibáñez, Rodrigo Morales y Arturo Sánchez.

Se trata de ex consejeros y ex magistrados electorales. María del Carmen Alanís fue la primera mujer en presidir el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) y la maestra McCarthy es la única que ha formado parte de un Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE), en este caso de Yucatán. Otros integrantes estuvieron en el Consejo General.

Se emiten tres alertas semanales: explican el objetivo

Patricia McCarthy explica que cada semana emiten tres alertas, que están muy dirigidas a las autoridades electorales, especialmente al Consejo General del INE, al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples) del INE.

El propósito, recalca, es prevenir los riesgos, y cuando esto no sea posible al menos advertir de lo que está ocurriendo.

Las alertas se lanzan mediante las cuentas del GAD en las redes sociales, que se pueden ubicar como Grupo de Alerta Democrática. 

“Llevamos 42 alertas”, subraya Patricia McCarthy. “Algunas son de seguimiento;  por ejemplo, la que tiene que ver con violencia electoral, ya que es una actualización de cifras y la sacamos periódicamente”.

Reacción de las autoridades electorales

Una de las alertas está relacionada con la importancia de que capacitadores y demás personal del INE tengan el equipo necesario para desempeñar sus funciones.

Al darse a conocer que ese personal no contaba con el equipo y el material necesarios –ni siquiera chalecos, por citar un ejemplo–, de inmediato reaccionó el Consejo General del instituto, que argumentó que hubo fallas en el proveedor.

“Esto nos demuestra que sí hay una reacción”, añade la maestra McCarthy, quien forma parte de otros movimientos de la sociedad civil orientados al despertar cívico y el impulso democrático.

Reiterada intromisión del presidente en el proceso electoral

La entrevistada señala que otros casos de alerta están relacionados con la intromisión constante del presidente Andrés Manuel López Obrador en el proceso electoral, por medio de las ruedas de prensa matutinas.

“Advertimos que esto (la intromisión) es totalmente violatorio de la ley y que el presidente desestima una y otra vez todas las medidas cautelares”, apunta. “De este comportamiento del presidente hemos sacado varias alertas porque su conducta es una sistemática y reiterada violación a la ley”.

Un ejemplo más de esos avisos es la intromisión de los servidores públicos en el proceso electoral, en detrimento del “piso parejo” que debe prevalecer. También se ha hecho notar la conducción inadecuada de Guadalupe Taddei Zavala, consejera presidenta del INE, en la mesa del Consejo General de la institución.

“Se le salen de control las sesiones todo el tiempo”, indica Patricia McCarthy. “También hicimos una alerta que tiene que ver con el funcionamiento del Consejo General”.

Continuará la estrategia después del 2 de junio

La ex consejera electoral anticipa que la emisión de alertas no finalizaría con el proceso de votación.

“Creo que vamos a seguir después del 2 de junio porque se estima que habrá una judicialización importante del proceso”, abunda. 

Varios integrantes del GAD también son editorialistas de medios de comunicación nacionales y difunden textos sobre el trabajo del grupo.

Además de la emisión de alertas, el grupo promueve el diálogo sobre las actividades de organización de las elecciones, imparcialidad de las autoridades electorales, equidad en la contienda, impartición oportuna de justicia electoral y uso correcto de los recursos públicos, entre otros puntos ligados al desarrollo democrático de México.

La primera y la última alertas, de febrero a mayo

El 8 de febrero lanzó la primera alerta, relacionada con la falta de nombramiento de magistraturas electorales por parte del Senado, un hecho que “debilita a la justicia electoral local y federal”.

La más reciente, del 2 de mayo, se refiere a los altos niveles de violencia electoral. Se han documentado 187 casos contra personas directamente vinculadas con el proceso electoral, con 60 asesinatos.

Las alertas democráticas emitidas

11. La fiscalización de los recursos de los partidos y las candidaturas es uno de los pilares de la credibilidad del proceso electoral Ante el evidente gasto excesivo, la autoridad debe ser transparente y firme en sus resoluciones. No es el caso

Los procedimientos de fiscalización del INE se basan en un robusto reglamento y en criterios probados para sancionar y corregir las irregularidades cometidas. El desaseo con el que el Consejo General resolvió parte de la fiscalización a los gastos de precampaña, hace necesario alertar sobre la calidad de estos procedimientos para la campaña que empieza el viernes 1 de marzo.

En la sesión del 19 de febrero el INE resolvió la fiscalización de las precampañas en varias entidades federativas. Sorprendió que al inicio de la sesión se anunció la incorporación de un documento con erratas y adendas a los dictámenes. Fue necesario un receso de más de 5 horas para que las consejerías analizaran los documentos, pues cambiaban el sentido de muchas de las observaciones hechas a los precandidatos. 

Las irregularidades detectadas eran múltiples. Solo en Guerrero se reportó que 27 candidaturas de Morena no presentaron informe de gastos de precampaña, la autoridad electoral les requirió y fue hasta un día antes de la Sesión del Consejo General cuando se presentaron los informes, haciendo materialmente imposible la revisión de los mismos.

En otras ocasiones, ese tipo de reportes habrían sido considerados como no presentados, lo que habría impedido de los precandidatos ganadores obtuvieran la candidatura. En una votación muy confusa, la decisión de la mayoría del Consejo General fue considerar que los informes habían sido extemporáneos y por tanto se debía imponer solo una sanción económica.

Por lo anterior es importante alertar, ante el próximo inicio de las campañas electorales, que partidos, candidatos y ciudadanía deben tener claros cuáles serán los criterios que aplique la Unidad Técnica de Fiscalización y el Consejo General, a la hora de fiscalizar el origen y destino de los recursos. 

Será importante observar las nuevas resoluciones sobre este tema del Consejo General y las sentencias correspondientes que emita el Tribunal Electoral, para garantizar la equidad en la contienda.

Sanciones en procesos políticos


Partido

Monto total de las sanciones aprobadas en CG

Partido Acción Nacional

$6,861,776.40

Partido Revolucionario Institucional

$1,643,650.49

Partido de la Revolución Democrática

$1,168,631.10

Partido del Trabajo

$1,248,303.42

Partido Verde Ecologista de México

$8,540,354.76

Morena

$68,019,683.81

Total general

$87,482,399.98

Predictamen Comisión de Fiscalización del INE (Precampañas federales)


Partido

Monto total de las sanciones propuestas

Partido Acción Nacional

$2,678,217.35

Partido Revolucionario Institucional

$4,044,822.60

Partido de la Revolución Democrática

$457,493.41

Partido del Trabajo

$2,277,078.14

Partido Verde Ecologista de México

$901,085.64

MC

$3,846,735.28

Morena

$53,798,057.39

Total

$68,003,489.81

12. El debate de las propuestas de reformas enviadas por el presidente puede generar inequidad

Los Diálogos Nacionales acordados por la Cámara de Diputados para analizar y debatir las reformas constitucionales presentadas por el Ejecutivo Federal en este proceso electoral pueden convertirse en una campaña paralela y violatoria del marco legal vigente.

La presentación de este paquete de reformas constitucionales, que buscan redefinir la estructura del gobierno federal y de órganos autónomos, se realiza en tiempos que empatan con las fechas del proceso electoral y a sabiendas de que el Ejecutivo no cuenta con el apoyo necesario para su aprobación en ambas Cámaras. 

El pasado 5 de febrero el Ejecutivo Federal presentó al Congreso veinte iniciativas de reforma. El 6 de febrero, el presidente López Obrador reconoció que presentó el paquete de iniciativas por la proximidad de las elecciones y argumentó que quiere que la gente contraste su proyecto político con el de la oposición. Claudia Sheinbaum, hoy candidata presidencial del partido en el gobierno, ha declarado que sus propuestas de gobierno contemplan las iniciativas enviadas por el presidente López Obrador.

El acuerdo aprobado por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados establece, entre otros, privilegiar la publicidad y máxima difusión a los foros regionales y estatales que planean realizar, sin descartar que puedan organizarse también foros distritales. 

La realización de estos encuentros implica el uso de recursos públicos, la participación de funcionarios públicos y de candidaturas que buscan la reelección, lo que contraviene diversos apartados del artículo 41, y del 134, fracciones VII y VIII de la Constitución y de artículos varios de la Ley General de Comunicación Social.

Conforme al calendario electoral del INE, las campañas electorales dan inicio el 01 de marzo y concluyen el 29 de mayo.  Los Diálogos Nacionales están previstos para realizarse entre el 21 de febrero y 15 de abril. 

Este es un tema que puede afectar la equidad de la contienda y distraer la atención de medios de comunicación y electorado de los mensajes propios de las campañas electorales en desarrollo.

 13. Los medios de comunicación del Estado generan inequidad informativa, destinan recursos públicos a promover la candidatura oficial del gobierno y escapan al monitoreo de medios que realiza la autoridad electoral

La muestra que fue incluida en el monitoreo de programas de radio y televisión que difunden noticias realizado por la UANL no incluye diversos programas de opinión y sátira política producidos por los canales de televisión pública OnceTV, Capital 21 y Canal 22 articulados, a su vez, por el Sistema Público de Radiodifusión (SPR). 

Es fundamental que los medios públicos se apeguen a una cobertura equitativa, objetiva y profesional de sus contenidos y que en su programación prevalezca la noción de servicio público por encima de la agenda política del gobierno. Hacer el seguimiento de estos programas es fundamental para documentar posibles violaciones a la inequidad informativa pero, más importante aún, también para dejar constancia de la utilización de recursos públicos del Estado con la intención expresa de favorecer la candidatura del partido en el gobierno. 

Dado el comportamiento sesgado y parcial de los medios públicos en estas elecciones, se solicita al INE incluir en el monitoreo de radio y televisión los siguientes programas que produce conjuntamente el Sistema Público de Radiodifusión con los canales 11, 21 y 22:

  • Mañanera 360 (Canal 11). Se transmite de lunes a viernes de 17:03 a 18:00 horas. Periodistas de los Medios Públicos realizan un nutrido análisis de los temas de mayor interés de la Conferencia Matutina Presidencial, así como un balance informativo de lo que sucede en nuestro país. Conducen Azul Alzaga y/o Jorge Armando Rocha.
  • Punto de Referencia Tú Noticiero (Canal 11) Se transmite de lunes a viernes de 21:00 a 22:00 horas.
  • Noticiero vespertino (Capital 21) con Azul Alzaga y Alberto Nájar.
  • Chamuco TV (Canal 22) Se transmite los jueves de 20:30 a 21:00 horas. Es un programa semanal de humor y sátira política, realizado por Antonio Helguera, José Hernández, Patricio Ortiz, Rafel Pineda, Rafael Barajas “El Fisgón” y Cintia Bolio, caricaturistas de la revista El Chamuco y Los Hijos del Averno. En cada emisión, abordan diversos temas relevantes y coyunturales, con un enfoque social y crítico entrevistando a diversos invitados.
  • Versiones Públicas (SPR) Se transmite los viernes de 13:00 a 14:00 horas. Es el espacio de los Medios Públicos en el que el periodista Jenaro Villamil conversa con las y los protagonistas de la vida política.
  • Mujeres Transformando México (Canal 11). Se transmite los sábados de 17:30 a 18:00 horas. Programa de testimonios del liderazgo de las mujeres en la política mexicana.
  • Respondes o Resbalas (Canal 11). Se transmite los sábados de 19:30 a 21:00 horas. Programa de entrevistas a personajes de la vida pública, para poner a prueba los conocimientos sus invitados con quienes comparten temas de interés general. Conduce Edy Smol. Daniela Cordero, Yazmin Jalil y el Monero Rapé.
  • Operación Mamut (Canal 11) Domingos a las 22:00 horas. Conducido por Fernando Rivera Calderón, Nora Huerta y Jairo Calixto Albarrán.

14. Omiten el INE y el TEPJF publicar las convocatorias correspondientes para la asignación de Fondos de Apoyo a la Observación Electoral (FAOE) 2024

A unos días del inicio formal de las campañas para renovar la presidencia de la República y ambas Cámaras del Congreso, ni el INE ni el TEPJF han publicado las convocatorias respectivas para la aprobación, administración y asignación de los Fondos de Apoyo a la Observación Electoral 2023-2024. 

El pasado 29 de enero el INE hizo público, a través de un comunicado de prensa, el acuerdo de la Junta General Ejecutiva en donde se aprueba la asignación de 18 millones de pesos para dicho proyecto. Sin una convocatoria oportuna que establezca las reglas de operación e integración del Comité Técnico del Fondo que seleccionará los proyectos a ser financiados se pone en riesgo una tarea sensible para la observación del proceso electoral en curso. 

Por su parte, el TEPJF no ha hecho público acuerdo alguno de la Comisión de Administración, que autorice los recursos, ni las bases de operación correspondientes.

La asistencia técnica y financiera a las organizaciones de la sociedad civil y la academia data de una larga tradición en el sistema electoral mexicano establecida desde 1994. El principal propósito del Fondo es generar condiciones de seguimiento y vigilancia ciudadana ante el actuar de las instituciones electorales en México. Se trata de un ejercicio de rendición de cuentas pero también de una manera de fortalecer el aprendizaje institucional sobre el desempeño de las funciones administrativas, logísticas y jurídicas. 

Al día de hoy, la Coordinación de Asuntos Internacionales del INE, área encargada de publicar la Convocatoria al FAOE, no ha ni siquiera integrado el Comité Técnico de quienes definirían las bases de operación y los criterios académicos para la realización de la observación electoral. 

Podría ser el primer proceso electoral en donde el INE y el TEPJF falten a su compromiso por, según reza el comunicado, promover las “mejores prácticas para fortalecer la organización de las elecciones y la vida democrática en México”. Marzo, pareciera ya extemporáneo. 

16. El presidente de la República viola la neutralidad electoral al realizar una gira nacional para inaugurar obras

La equidad de la elección se compromete cuando el presidente ignora la neutralidad que le corresponde guardar como servidor público, el impacto es especialmente mayor en estos momentos en que ya comenzaron las campañas electorales.

La semana pasada el presidente López Obrador anunció que iniciara una gira nacional para inaugurar obras. Dicha actividad sería violatoria del 41 y 134 constitucional. El día de ayer la comisión de Quejas y Denuncias del INE dictó medidas cautelares y tutela preventiva en contra del presidente por expresiones vertidas en las conferencias matutinas de los días 17 y 19 de febrero. 

Es tan sistemática la vulneración al principio de neutralidad por parte de los servidores públicos, que es pertinente alertar de manera permanente sobre esta situación ya que pone gravemente en resgo la equidad de la elección. 

La neutralidad consagrada en la Constitución, no es una guía para los servidores, es ineludible; no es una concesión, es una obligación. El daño que se le está propinando a la equidad en la contienda puede ser irreversible. Los servidores públicos, empezando por el presidente de la república, deberían observar escrupulosamente el principio de neutralidad.

17. Encuestas carentes de metodología son poco confiables y generan desinformación

Hoy en día se observa la presencia de casas encuestadoras que publican resultados aparentemente sin metodologías válidas o con poca explicación de la forma en que realizaron la captación de los datos y que dificulta evaluar si la encuesta puede considerarse confiable.

Las encuestas se han convertido en tema relevante durante los procesos electorales. Nacieron siendo importantes para detectar candidatos con posibilidades a partir de la opinión pública. Funcionan para evaluar los puntos positivos y negativos que se asignan a distintas personas interesadas en obtener un puesto de elección popular. También son solicitadas para encontrar temas o causas que mencionen los informantes que requieren ser atendidos y sobre todo, los partidos, los candidatos, los medios y la población en general esperan lo que se conoce como “la carrera de caballos”, es decir, la intención del voto hacia los candidatos.

Esta información puede ser útil para ajustar estrategias de campaña, aunque se malogra cuando su uso es el de propaganda, descalificación y argumento para “divulgar” que el resultado de la elección está dado, cancelando el evento fundamental del proceso que es la votación masiva el día de la Jornada Electoral.

El INE solicita la información de la metodología, la base de datos, quién es el cliente y la comprobación del pago. Aún así no califica si la nota metodológica está completa y por lo tanto es difícil que la descalifique.

Es importante entender qué debe contener la metodología de una encuesta. Cómo debe ser leída y entendida y valorada y alertar cuando surja un estudio que no presente las características definidas.

De preferencia las encuestas deben estar soportadas por un marco geográfico; bien sea el de viviendas (con selección de secciones electorales o de AGEB´s) o el telefónico (con las limitaciones de cobertura). De estos marcos se pueden diseñar encuestas probabilísticas, que son las más confiables.

Hay otros métodos como las encuestas digitales que no están soportadas en un marco de cobertura universal y que sobre representan a estratos económicos de niveles medios altos y altos. Algunas de ellas ajustan sus resultados con modelos estadísticos o demográficos.

¿Qué información metodológica es necesaria para hacer una primera valoración de una encuesta?

  • El método de muestreo que suele ser conocido por los especialistas y de lo cual se identifican las unidades primarias, secundarias y hasta donde sea necesario identificar la forma de selección de unidades (Estados, Municipios, Distritos, secciones, manzanas y viviendas) podrían ser las distintas unidades a definir
  • Este diseño determina parámetros estadísticos que son la confianza y el error, que hoy en día ya son del dominio popular
  • Luego hay que atender a otros elementos que no son resultado del diseño muestral y que afectan los parámetros estadísticos; por ejemplo: la dispersión de la muestra, la correcta selección de las áreas a visitar, el diseño y ubicación de las preguntas en el cuestionario,  la tasa de rechazo de los ciudadanos, el porcentaje de indecisos, las posibles desviaciones al diseño por parte del personal de campo, los métodos que se aplican a los resultados para que estos respondan a la estructura por edad, sexo y nivel socio económico de la zona a encuestar.
  • Normalmente las encuestas suelen sobre estimar a las/los candidatas/os del partido en el gobierno. Algunos encuestadores tienen sus modelos para ajustar resultados
  • Las encuestas muestran la situación que se presenta en el momento en que se realiza el levantamiento y está claro que esa situación se va a modificar cuando los indecisos decidan, cuando los resultados respondan a las estructuras mencionadas, cuando se modifique que normalmente son más los que nos dicen que van a ir a votar que los que realmente votan

A todo este conjunto de situaciones se le podría denominar “incertidumbres”. Por ello muchas veces cuestionamos las encuestas y la realidad es que no tenemos todos los elementos para evaluarlas.

En algunas elecciones “nacen” casas encuestadoras de las cuales no existen antecedentes y tienen limitantes en su descripción del trabajo realizado. Ser nuevas no las descalifica, sino el método utilizado y la descripción del mismo.

Estaremos atentos a la valoración de los ejercicios que se publiquen y daremos nuestro punto de vista a partir del análisis de las mismas. Esto pretende reducir la incertidumbre detrás de estas publicaciones y ayudar a “leer” de manera adecuada los resultados que se muestran.

19. En la conmemoración del Día Internacional de las Mujeres, autoridades de seguridad de varias entidades agredieron a niñas y mujeres durante las marchas por la igualdad y por una vida libre de violencias

Mujeres y niñas fueron brutalmente violentadas por las autoridades fuerzas de seguridad pública de las entidades federativas mencionadas. Fueron reprimidas las mujeres que se manifestaban con motivo del #8M a golpes, con gas pimienta e intimidadas por policías, mujeres y hombres.

El pasado 8 de marzo, en el marco de la conmemoración internacional del día internacional de las mujeres, las autoridades de seguridad pública de varias entidades federativas (Colima, Guerrero México, Morelos, Puebla, Oaxaca y Zacatecas agredieron brutalmente, con exceso de fuerza y autoridad, a niñas y mujeres, golpeándolas, arrastrándolas, rociaron gas pimienta, y detuvieron a varias de ellas durante las manifestaciones. Estas condiciones inhiben la participación de las mujeres en la política y afectan el ejercicio pleno de sus derechos.

A partir de estos hechos, en un contexto de violencia política, el Estado tiene la obligación de generar las condiciones que permitan que se lleven a cabo las elecciones en un clima de paz  y seguridad.

En México, la participación de las mujeres en los asuntos políticos, y el acceso a los espacios de toma de decisión en el ámbito público, ha avanzado a lo largo de los años, gracias a la lucha estratégica de mujeres que han impulsado movimientos y logrado reformas que transitaron de las cuotas a la paridad en todo. 

Hoy, el registro de candidaturas es paritario de manera obligatoria para los partidos políticos, a lo largo y ancho del país; los Congresos federal y locales se integran paritariamente, los ayuntamientos avanzan a menor velocidad y en la administración pública se está adecuando el marco normativo para alcanzar la paridad, y en el Poder Judicial también se avanza. 

Sin embargo, estos cambios no han estado excentos de violencia contra las mujeres; todo lo contratrio. Fue necesario tipificar la violencia política contra las mujeres en razón de género, y se reformaron 8 leyes generales.

ALERTAMOS que estos hechos violentos y abuso de autoridad en contra de las mujeres, pueden inhibir si participación en la política y en las elecciones. Es por ello que la autoridad electoral tiene la obligación de exigirle a las autoridades competentes del gobierno que garanticen las condiciones de seguridad y la no violencia para la participación.

El respeto a los derechos humanos de las mujeres y su participación política, en contextos de igualdad y libres de violencia, son condiciones que sin duda  garantizan también su participación en las elecciones.

En ese sentido, consideramos que el INE debe exigir a las autoridades de los gobiernos, federal y locales, garantizar contextos de seguridad y no violencia, que aseguren el ejercicio pleno de los derechos políticos de las personas. En este caso en particular, de la Mujeres.

De igual forma es necesario dar seguimiento puntual a denuncias de violencia política contra las mujeres, denuncias, actuación de las autoridades, reparación del daño.

20. El “Primer informe sobre violencia política para la protección y defensa del derecho a la democracia” de la CNDH constituye una intervención de un órgano del Estado mexicano en el proceso electoral y una invasión a las atribuciones de las autoridades electorales

La CNDH carece de atribuciones para emitir pronunciamientos sobre asuntos electorales, sumado a que el informe contiene calificaciones parciales sobre las distintas candidaturas, en particular respecto de los discursos de inicio de campaña presidenciales. 

El “Informe sobre violencia política para la protección y defensa del derecho a la democracia”, que comprende el periodo del 15 de febrero al 1 de marzo es emitido por la CNDH plantea construir un registro para dar “seguimiento a las campañas electorales, a los discursos de las y los candidatos, las plataformas y propuestas, los spots y la propaganda, y a los eventos, así como a las noticias y opiniones emitidas en medios de comunicación y redes sociales, con el objeto de identificar las diversas manifestaciones que puedan poner en riesgo el ejercicio del Derecho a la Democracia, y busca emitir alertas preventivas en el proceso electoral 2024”.

Los objetivos que se plantea la emisión de estos informes representan una invasión a las facultades y atribuciones que constitucional y legalmente le corresponden a las autoridades electorales. Cabe recordar que en la SCJN se encuentra pendiente de resolver una controversia constitucional sostenida entre el INE y la CNDH respecto a las facultades de la segunda de pronunciarse sobre asuntos electorales (controversia constitucional 235/2022)

Aunado a lo anterior, es importante considerar que es un criterio reiterado por las autoridades electorales que en principio los discursos de las candidaturas están protegidos por la libertad de expresión consagrada en nuestra Constitución. En caso que alguien se sienta ofendido o violentado en sus derechos por algún dicho emitido en campaña, en materia electoral existen mecanismos a través de los cuales se puede conocer sobre conductas ilícitas por parte de las candidaturas o los partidos políticos. Lo mismo ocurre en el caso de los spots, la propaganda y todos los actos de campaña. 

La alerta que se emite es pertinente en virtud de que la CNDH emitió un “primer informe” y se presume que pudieran venir otros documentos similares que exceden sus facultades y atribuciones y que por su contenido pudieran incluso ser contrarios al principio de neutralidad previsto en el artículo 134 constitucional, pues de la redacción de este primer informe se advierte que existen calificativos respecto de los discursos inicio de campaña de las tres candidaturas presidenciales las cuales favorecen a la candidata oficialista y generan críticas o posturas negativas respecto de las candidaturas opositoras.

Esto se suma a otras acciones de instancias de gobierno y órganos del Estado mexicano a través de las cuales se busca favorecer a las candidaturas del partido en el gobierno y atacar o descalificar a las opositoras.

En este sentido, sería deseable que las representaciones de los partidos de oposición en el INE y la propia autoridad electoral interpusieran los recursos correspondientes ante la SCJN y el Tribunal Electoral a fin de evitar que este tipo de recursos sean usados por el gobierno federal u organismos a fines para incidir en la elección a efecto de favorecer a una o varias candidaturas y desprestigiar a las opositoras. 

Cabe señalar que la publicación de un nuevo informe implicaría la reiteración sistemática de posibles violaciones a la ley y a la Constitución.

21. El titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral tiene la facultad de desechar los procedimientos especiales sancionadores. Ejercer esta facultad sin la debida diligencia pone en riesgo  el arbitraje electoral para garantizar condiciones de competencia equitativas para los participantes

El procedimiento especial sancionador es una herramienta que tiene la autoridad y electoral para intervenir ante posibles conductas ilícitas que se presenten durante la elección y así garantizar la equidad en la elección, el cual debe ser eficaz y mantenerse vigente.

A partir de abril de 2023 cuando la nueva presidencia del INE asumió el cargo la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral ha tenido dos titulares, el primero de ellos fue suspendido de su cargo por un procedimiento ante el Órgano Interno de Control, el segundo es quién actualmente ocupa el cargo como encargado de despacho. Adicionalmente ha habido sustitución en direcciones claves como la de procedimientos de remoción de consejeros de los OPL y de Violencia Política contra las Mujeres y la dirección de Procedimientos Especiales Sancionadores está vacante desde diciembre de 2023.

De acuerdo con el propio sistema de búsqueda de la UTCE desde el inicio del proceso electoral ha recibido 927 escritos de quejas de procedimientos especiales sancionadores, de los cuales ha desechado 127 y 676 continúan en sustanciación. Al ser el desechamiento una facultad propia del Titular de la Unidad no son del conocimiento de la Comisión de Quejas y Denuncias, y a menos que se impugne el desechamiento tampoco lo serían de algún órgano jurisdiccional, lo que implica que el criterio para determinar qué procedimientos se conocen en el fondo o no es del Titular de la Unidad.

Recientemente en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al resolver el SUP-REP-490/2023 y acumulados, se advirtió que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE ha mantenido un actuar sistemático en torno a desechar asuntos que se relacionan con entrevistas periodísticas porque están protegidas por la libertad periodística, sin embargo se consideró que dichas quejas deben ser admitidas y analizarse en el fondo a efecto de valorar la licitud o ilicitud a fin de valorar si existe un impacto en la equidad de la contienda. 

El procedimiento especial sancionador fue creado por la Sala Superior durante la elección de 2006 a efecto de que la autoridad electoral tuviera una herramienta para intervenir ante posibles irregularidades que pusieran en riesgo la equidad en la contienda. 

La alerta que hacemos es en este sentido, ante una elección de alta complejidad como la que vivimos, en la que tal como lo hemos señalado en alertas anteriores, la equidad de la contienda esta en riesgo, la autoridad electoral debe garantizar que las herramientas a su alcance para garantizar que las condiciones de competencia sean equitativas sean útiles y estén vigentes, de manera que la persona Titular de la Unidad Técnica de los Contencioso Electoral debe asumir con responsabilidad las atribuciones que tiene para el desechamiento de la queja y asegurarse que estos se den solamente en caso que se actualice una causal expresa y no de manera sistemática como se advirtió en el SUP-REP-490/2023 y acumulados.

23. Morena busca utilizar a las instituciones del Estado mexicano para coartar la libertad de expresión y vulnerar el principio de equidad en la contienda

EL 14 DE MARZO EL CG DEL INE LLEVÓ A CABO UNA SESIÓN PARA DESAHOGAR PUNTOS EXCLUSIVAMENTE DEL INTERÉS DE MORENA, ENTRE LOS QUE BUSCABA PROMOVER EL MONITOREO Y SUSPENSIÓN DE SUPUESTAS CAMPAÑAS AUTOMATIZADAS DE DESINFORMACIÓN POR PARTE DE LA OPOSICIÓN, EN UN INTENTO MÁS PARA UTILIZAR A LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO MEXICANO EN SU BENEFICIO.

La conversación digital que registra cotidianamente las redes sociales se ha convertido en territorio de disputa entre posiciones partidistas y estrategias de campaña. Uno de los mayores desafíos para usuarios y plataformas es el poder determinar qué, de lo que ahí se afirma y propone, es cierto o proviene de una expresión legítima de la libertad de expresión y cuáles mensajes o tendencias provienen de una robotización que busca aprovecharse del algoritmo con el que funcionan estas redes para posicionar temas, información y narrativas que provienen de la automatización más que de una conversación orgánica entre personas.

La representación de Morena en el Consejo General del INE ha pedido a esta autoridad administrativa que, dada la supuesta robotización de tendencias digitales que no favorecen ni al presidente ni a la actual candidata de la coalición Juntos Haremos Historia, ahora el INE debe, a través de un grupo de consejeras y consejeros, determinar que es auténtico y qué no dentro de esta conversación digital. 

Rebasando por mucho a la propia capacidad de las plataformas que administran estos espacios digitales, ahora es el partido en el poder el que le pide a la autoridad electoral que se extralimite en sus funciones para que haga las veces de una suerte de filtro de la verdad de lo que se puede decir y no en el espacio público digital. Mal si el llamado se hace por ignorancia de las facultades de la autoridad electoral pero mucho peor si lo que se busca es solicitar lo imposible y que, al no ser concedido, se reclame la parcialidad de la autoridad electoral y su consecuente complicidad con la oposición. 

24. La intromisión sistemática del presidente en el proceso electoral y ánimo de descartar los llamados de la autoridad electoral a respetar la neutralidad generan inequidad en la contienda electoral

EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL HA DICTADO, AL MENOS, 35 ACUERDOS DE MEDIDAS CAUTELARES, GENERALMENTE RATIFICADAS POR EL TEPJF, ORDENANDO AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA NO INTERVENIR EN EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL Y SUJETAR SU ACTUACIÓN A LAS NORMAS PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 134 Y 41 CONSTITUCIONALES.

El primer mandatario, como todos los demás servidores públicos, no puede utilizar recursos públicos para actividades político-electorales. Tampoco puede hablar bien o mal de ninguna candidatura o partido político, debiéndose apegar al principio de neutralidad; además, dado que estamos en periodo de campañas federales y locales, tampoco puede difundir logros de gobierno.

Ante la reiterada violación de las restricciones que le impone la Constitución y las resoluciones de las autoridades electorales, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación proyecta llevar un registro de incumplimientos a las normas citadas por servidores públicos, con independencia de sus colores partidarios, lo cual debe entenderse, que constituirá un elemento de análisis para determinar la validez del proceso electoral, cuando procesalmente corresponda calificar la elección.

La violación a las restricciones constitucionales que tienen los servidores públicos para no intervenir en el desarrollo del proceso electoral, en el caso del presidente de la República, se ha convertido en un comportamiento sistemático que genera inequidad en la contienda electoral. La utilización de frases como las expresadas en la mañanera del 19 de febrero transmitida desde la Ciudad de Puebla, donde refirió que entregará la banda presidencial a una mujer que piensa como él, en evidente alusión a la candidata de la coalición oficialista, vulneran el principio de equidad en la contienda y colocan en desventaja a las candidaturas de los partidos opositores.

Este ejemplo, aunado a muchos otros casos, en los cuales descalifica a partidos y candidaturas opositoras ha dado pauta para la presentación de quejas y denuncias, en cuyas resoluciones se ha ordenado al presidente que ajuste su comportamiento a lo señalado en la ley. 

En múltiples ejecutorias, el Tribunal ha considerado que el poder público no debe utilizarse para influir en el electorado, por lo que, los integrantes de los gobiernos no deben identificarse, a través de su función, con candidatos o partidos políticos en elecciones, ni tampoco apoyarlos mediante el uso de recursos públicos o programas sociales. 

Para el Tribunal, el principio de neutralidad busca inhibir o desalentar toda influencia que incline la balanza a favor o en contra de determinada candidatura o que distorsione las condiciones de equidad en la contienda electoral, por lo cual, se exige a todas las personas servidoras públicas que el ejercicio de sus funciones se realice sin sesgos. 

Para el presidente, las determinaciones de las autoridades electorales limitan su libertad de expresión, lo maniatan, al tiempo que dejan a sus adversarios en condición atacarlo, de difamarlo y de hacerlo víctima de diversas campañas mediáticas.

La semana pasada, el presidente señaló que existe una estrategia de partidos políticos y de algunos sectores del Poder Judicial que pretenden sabotear el proceso electoral, buscando invalidar los resultados de las elecciones y, por esa vía, dar un golpe de Estado técnico; recordemos que ya en 2023, a propósito de los litigios sobre la construcción del Tren Maya, usó la misma expresión para acusar a jueces y a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de querer detener la obra.

Al usar la expresión “golpe de Estado técnico”, el presidente está descalificando el trabajo de las autoridades electorales que llevarán un registro de las infracciones que cometa en el desarrollo del proceso electoral; se previene mediáticamente sobre los efectos jurídicos que pudiera generar su intervencionismo ilegal en las elecciones y usa el respaldo social que tiene para confrontar a las autoridades.

Su referente inmediato viene de Guatemala en 2023, país en el que se dio la remoción del presidente de la República por la vía de diversas decisiones judiciales que fueron repudiadas por la opinión pública. El presidente López Obrador busca un salvoconducto para seguir incidiendo en el proceso electoral y, al mismo tiempo, anular la capacidad de arbitraje del INE y del Tribunal: es una fórmula para lograr impunidad electoral.

Considerando el entorno en el que se desarrolla el proceso electoral, es peligroso que el presidente juegue con el uso de esas expresiones cuando, además, la subversión del orden establecido técnicamente solo sería posible con el apoyo del ejército.

Es importante alertar estas actitudes y excesos discursivos del presidente, no confundir al electorado y blindar el trabajo de las autoridades electorales, cuyo objetivo central es aplicar las normas con imparcialidad frente a todos los actores políticos. 

La ciudadanía debe considerar que todas las personas que cumplen funciones de gobierno, empezando por el presidente de la República, enfrentan limitaciones estrictas durante los procesos electorales, pues sus cargos les permiten disponer de amplios recursos y su posición es relevante y notoria pudiendo influir entre las y los electores. 

La estrategia es clara: mantener el control de la agenda mediática, a costa de invisibilizar lo que ocurra en las campañas, dando por sentado que ya ganó la candidata oficialista, generar presión social en contra de las autoridades electorales y gozar de impunidad para violentar reiteradamente las restricciones constitucionales que él mismo impulsó desde la oposición. 

26. El aparato estatal de comunicación social ha sido reiteradamente usado para promover la agenda política del gobierno y entrometerse directamente en las campañas, acosando y criminalizando  a opositores desde la conferencia matutina

Ahora se cuestiona y criminaliza a quienes, en su legítimo derecho, se organizan para hacer promoción a favor de la candidata de oposición en el marco de campañas electorales, en franca violación al derecho humano de participar libremente en política.

Una vez más se ha usado el espacio de “la mañanera” -con todos los recursos públicos materiales y humanos involucrados- para atacar, descalificar y perseguir a quienes no apoyan al gobierno.

El pasado 20 de marzo, dentro de la sección de “quién es quién en las mentiras” que se lleva a cabo cada miércoles como parte de la conferencia de prensa matutina transmitida desde Palacio Nacional, se hizo público el nombre de varias personas que, se denunció, coordinan algunos chats de WhatsApp afines a la candidata de Fuerza y Corazón por México. En su intervención, la conductora de la sección señaló con nombre y apellido a quienes calificara de opositores al gobierno, incluyendo a una periodista a quien, más tarde, le fuera solicitada su renuncia como reportera de un grupo radiofónico. 

Desacreditar, señalar y estigmatizar, a través de una funcionaria pública, a quienes el actual régimen considera como opositores rebasa los límites del respeto a la libertad de expresión y falta a la obligación legal de la autoridad por mantenerse al margen de las contiendas político-electorales. Esta conducta ilustra el hecho de que, una vez más, desde la oficina de la presidencia de la República se viola el Artículo 134 constitucional que prohíbe a los funcionarios públicos hacer campaña a favor o en contra de cualquier actor político. 

Insistentemente y violentando el mandato constitucional de imparcialidad y estricta rendición de cuentas, el presidente López Obrador recurre a su papel de actor comunicativo predominante para pronunciarse a favor de las candidaturas oficialistas y en contra de todo aquello que no encaje en su idea de apoyo a su figura o administración. 

El GAD ha alertado reiteradamente el uso del Sistema Público de Radiodifusión (SPR) como un megáfono de apoyo al gobierno y al partido en el poder. Del mismo modo, se ha criticado la utilización de espacios como la Hora Nacional para difundir propaganda gubernamental (incluso la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión ha hecho pública su preocupación de que sus integrantes puedan ser sancionados por el INE por faltar a la normativa que impide ceder espacios de propaganda a cualquier actor político en radio o televisión).

27. A 65 días de que concluyan las campañas hay un importante número de impugnaciones sobre los registros de candidaturas que no han sido resueltas por el Tribunal Electoral del PJF, lo cual genera   incertidumbre e inequidad en la contienda electoral

El caso de Cuauhtémoc Blanco dejó ver una excesiva tolerancia de la justicia electoral para cumplir con el marco legal que rige la elección, permitiendo que el gobernador pueda separarse del cargo hasta 56 días antes de la elección, cuando debió haberlo hecho 90 días antes. 

El 20 de marzo pasado la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió la impugnación presentada por diferentes partidos políticos en contra del registro de la candidatura de Cuauhtémoc Blanco a diputado federal por el principio de representación proporcional. El motivo de la impugnación consistía en que el candidato continuaba siendo gobernador del Estado de Morelos y el artículo 55, fracción V, tercer párrafo de la Constitución señala que “los gobernadores o el Jefe de Gobierno de la CDMX, no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos”. De esta forma lo que se debía resolver era si esta prohibición aplicaba para las candidaturas a diputados tanto de mayoría relativa como de representación proporcional.

Al final, la Sala Superior determinó que Cuauhtémoc Blanco debió separarse de su cargo al menos 90 días antes de la elección. Sin embargo, la Sala Superior determinó que, para conservar la candidatura, el gobernador debía separarse de su cargo y le dio un plazo de 12 días a partir de la notificación de la sentencia correspondiente. El Tribunal justificó que no se hubiera separado del cargo antes, en virtud de algunos precedentes establecidos por la misma Sala Superior. 

Preocupa que la interpretación del TEPJF confirme que Cuauhtémoc Blanco debe separarse de su cargo al menos 90 días antes de la elección, es decir, al inicio de las campañas electorales, pero que al mismo tiempo su sentencia flexibilice y tolere la violación a la norma cuando solo faltaban 70 días para la elección, y todavía concedió un plazo de 12 días a partir de que se notificará la sentencia, lo que se traducirá en que el gobernador podrá separarse de su cargo tan solo 56 días antes de la jornada electoral.

El efecto de estas resoluciones es muy perverso, pues en estas circunstancias el Tribunal queda obligado a aplicar la misma vara cuando se trate de candidaturas de otros partidos o coaliciones, lo que en la práctica significa hacer nugatoria la disposición legal. Ese será el caso de otras impugnaciones en las que se han impugnado los registros de diversas candidaturas por incumplimiento a los requisitos de elegibilidad, gran parte de los cuales se encuentran aún pendientes de ser resueltos por la Sala Superior.

Por lo anterior, emitimos una alerta a fin de que el órgano jurisdiccional resuelva con prontitud todos los asuntos relacionados con el registro de candidaturas, para dar definitividad y certeza a los actores que están participando en la elección, y para que el electorado tenga claridad sobre quiénes son los candidatos y las boletas electorales se impriman correctamente, sin provocar confusiones que generen condiciones de inequidad en la elección. 

También se advierte sobre el exceso de tiempo que en algunos casos ha tomado el Tribunal Electoral para resolver y los plazos otorgados para dar cumplimiento a sus decisiones. Recuérdese que, durante el proceso electoral, la ley establece que todos los días y horas son hábiles, justamente para evitar que una violación o irregularidad se convierta en situaciones irreparables que afecten equidad en la contienda. Este tipo de situaciones son más relevantes cuando se trata de casos en los que intervienen actores políticos relevantes o en los que su impacto mediático es mayor, pues se acentúa el efecto del precedente que se genera.

29. El presidente López Obrador continúa violando la Constitución y las leyes electorales al incluir en sus discursos y conferencias referencias al proceso electoral, los partidos y las candidaturas en campaña

El presidente de la República incumple las resoluciones de las autoridades electorales. De manera sistemática y reiterada continúa violando las restricciones que le imponen la Constitución y la ley para intervenir con su discurso en el proceso electoral en marcha. Con ello se afecta día tras día la equidad de la contienda. 

En las mañaneras y en sus redes sociales con referencias constantes a los partidos, las candidaturas y el posible desenlace de la elección. Incluso, desde la tribuna de la mañanera acusa la posibilidad de que tenga lugar un golpe técnico de Estado que, de ocurrir, soltaría a los tigres, sin aclarar a qué se refiere.

En concreto, el presidente se refiere a la valoración judicial de su actuación y a la posibilidad de que el Tribunal Electoral lleve un registro de los actos de injerencia de los servidores públicos que pudieran ser tomados en cuenta durante la calificación de la elección presidencial. 

La actuación presidencial ha provocado que se incremente la judicialización del proceso por el uso de ese tipo de expresiones por otros servidores públicos, afines a Morena, lo que soslaya el cumplimiento de la ley. 

A pesar de que se ha alertado en diferentes medios de esta situación, conviene insistir para restaurar la equidad en la contienda, hacer valer la ley y fomentar el respeto a las autoridades electorales.

31. A 57 días de la elección, 12 institutos electorales locales enfrentan problemas presupuestales que ponen en riesgo la organización de las elecciones locales

El informe sobre la situación presupuestaria de los OPLEs, presentado recientemente al Consejo General del INE, muestra que los estados de San Luis Potosí, Morelos, Zacatecas y Yucatán se encontraban en alto riesgo, pues la falta de recursos ya tiene un impacto en la organización de sus procesos electorales, mientras que los estados de Guerrero, Sinaloa, Tamaulipas, Nayarit, Coloma, Tabasco, Ciudad de México y Baja California Sur, enfrentan un riesgo moderado.

Algunos recortes presupuestales iniciaron en el 2023 afectando actividades que, de acuerdo con el calendario del proceso electoral, debían iniciar en el último semestre de ese año. En el 2024 además de los recortes, se presenta la problemática de la entrega de las ministraciones con atraso y de manera incompleta. Estas carencias, no afectan la entrega del financiamiento público a partidos políticos, sino que impactan directamente al rubro de gasto operativo y gasto para el proceso electoral, con posibles afectaciones en adquisición de material y documentación electoral, contratación del PREP, conteos rápidos, aportaciones relativas al anexo financiero del Convenio General de Coordinación y Colaboración que los OPLEs suscriben con el INE e incluso pagos de servicios personales y generales.  

Un ejemplo de lo anterior es el caso de Baja California Sur que debió cancelar los debates por su incapacidad presupuestal.

Al momento se encuentran en curso gestiones de ampliaciones presupuestales que, de no resolverse a la brevedad posible en sentido positivo, ponen en riesgo la organización de las elecciones locales de las entidades señaladas.  Por otro lado, será fundamental el seguimiento a la entrega de las ministraciones en tiempo y forma.

El ahogamiento presupuestal es otro elemento que incide en el debilitamiento de los órganos electorales y que les impide cumplir las atribuciones que la ley les señala.

32. El nuevo papel asumido por el titular del Órgano Interno de Control del INE es otro golpe a la naturaleza colegiada de la institución

En la reciente sesión del Consejo General el contralor estuvo sentado en la mesa para resolver dudas de los integrantes del consejo sobre el informe que rendía. El papel protagónico del contralor durante la gestión administrativa del instituto está muy alejado de las funciones preventivas que debe desempeñar, pasando incluso a un papel coercitivo. 

El Órgano Interno de Control (OIC) del INE tiene su antecedente en la Contraloría del IFE y se trata del primer órgano especializado de fiscalización de cualquier dependencia que opera con recursos federales que tiene el régimen de autonomía y cuyo titular es nombrado por la Cámara de Diputados (por mayoría calificada al igual que los consejeros) esto a partir de la reforma Electoral del 2007.

El Titular del OIC es nombrado por mayoría calificada de la Cámara de Diputados al igual que los Consejeros electorales y tiene como función auditar el ejercicio presupuestal del INE y reportar del mismo al Consejo General del Instituto y a la Cámara de Diputados. 

Sus funciones son estrictamente de auditoría financiera y administrativa y le está expresamente prohibido intervención en tareas electorales. Sus tareas contribuyen a la transparencia en el ejercicio presupuestal del Instituto. Dentro de sus funciones se encuentran sancionar a funcionarios del INE y sus resoluciones pueden ser recurridas ante el Tribunal de Justicia Administrativa Federal, además resoluciones del ASF pueden ser turnadas al OIC para abundar en las auditorías y sancionar en su caso.

Si bien los informes del OIC son turnados para comentarios al Consejo General del INE, el Titular del mismo no los presenta directamente sino a través de la Presidencia del Consejo General. Desde la reforma del 2007 ningún titular de la Contraloría o del OIC han comparecido ante el CG, ya que si bien el pleno a consulta de la Presidencia puede autorizar a que alguna persona ajena al mismo pueda comparecer ante él, la conducción del Consejo General había privilegiado el respeto a la representación de la sociedad a través de los partidos políticos y evitar el sesgo al permitir o no la intervención de algunas voces.

El contralor es en sentido estricto un auditor y como tal tiene que ser distante de la operación de la Institución para poder ejercer con neutralidad sus funciones y si bien interviene en diversos comités administrativos, como el de adquisiciones o en comisiones temporales del Consejo General como la de presupuesto o la de planeación lo hace en calidad de observador y puede emitir recomendaciones pero las mismas no son vinculantes y son las áreas operativas las que asumen toda la responsabilidad en las decisiones en aras de cumplir con sus responsabilidades.

Lo que ha sucedido en la actual gestión del Organo Interno de Control, tanto del titular que renunció recientemente como del actual encargado del despacho, es que sus intervenciones en estos comités pretenden incidir en las decisiones bajo la amenaza de que sino se hace lo que dice abrirá auditorías y podría haber responsabilidades.

Eso ha provocado que, en algunos casos, no prevalezca la lógica de la operación institucional sino el temor. Tambiñen ha generado que decisiones fundadas administrativamente y sobre todo acordes con las necesidades de la operación de los procesos electorales se posterguen, poniendo en riesgo el cumplimiento de los planes de los procesos electorales. 

El Titular del OIC puede comparecer con voz ante el CG a invitación del Consejero Presidente, sin embargo, en estos casos es muy importante considerar lo siguiente:

  • El OIC no es ajeno a la institución, tan es así que el CG aprueba su plan de trabajo y el OIC informa al Consejo sobre los resultados de sus auditorías.
  • Nunca se le ha invitado al CG, por la razones antes expuestas.
  • Desde el 2007 se le ha invitado a todas las sesiones de la JGE, obvio con voz y sin voto. Esto como acto de correspondencia a sus facultades pero sin que sus opiniones fueran vinculantes.

33. La experiencia del primer debate presidencial deja múltiples preocupaciones respecto al papel organizador de la autoridad electoral y al cumplimiento cabal de los acuerdos alcanzados con los representantes de las candidaturas

Faltan dos debates presidenciales más y es fundamental evitar que se pongan en riesgo las condiciones de equidad y competencia en el contexto de su realización.

Parte fundamental de la realización de un debate electoral es el consenso que se pacta entre los diversos actores involucrados, no solo en su realización técnica (el equipo de producción) y la participación (las personas candidatas) sino también en la instancia que lo organiza, en este caso el Instituto Nacional Electoral. Por ello consideramos importante alertar respecto a este importante ejercicio para las elecciones.

Primero, consideramos que el formato de múltiples preguntas con una dinámica de tiempos acotada incumplió con la expectativa de ver un desarrollo en las respuestas elaboradas de manera muy escueta por parte de las candidatas y el candidato.

Segundo, las múltiples fallas técnicas dan cuenta de una preparación improvisada y que pone en riesgo la viabilidad discursiva de los candidatos. El descuido en el seguimiento a los tiempos de intervención de cada candidatura es un tema altamente sensible que, en varias ocasiones, generó incertidumbre y reclamos hacia la moderación. Se trata de omisiones que muestran premura en la organización y el montaje. 

Es necesario insistir en que, a pesar de no contar con el expertise técnico para la realización de los debates y estar, por tanto, obligado a contratar un equipo externo especializado para ello, es responsabilidad de la autoridad electoral cuidar cada uno de estos aspectos.

En este sentido, los trascendidos mediáticos acerca de ocurrencias de último minuto, como que un grupo compacto de consejeros electorales encabezados por la presidenta del Instituto presenciara el debate desde el interior del recinto del Consejo General, no hacen más que agravar la percepción de descuido, improvisación y falta de profesionalismo por parte de las personas a cargo de su organización. 

35. El sistema de consulta de quejas y denuncias de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE lleva varios días sin funcionar, lo cual obstaculiza el acceso a la justicia y la transparencia

El sistema electrónico para consultar las quejas y denuncias que se presentan ante la UTCE, herramienta fundamental para conocer y dar seguimiento a los procesos sancionadores que se presentan, lleva varios días sin funcionar, lo que hace imposible conocer los procedimientos que se han presentado, el trámite que se les ha dado y el tiempo que toma en ser enviados a la Sala Especializada.

Los procesos especiales sancionadores son una herramienta fundamental que tienen los actores políticos para denunciar actos y hechos que son contrarios a la legislación electoral y que por tanto pueden generar inequidad en la contienda electoral. 

Durante este proceso electoral se han presentado cientos de quejas, de hecho, una de las alertas que hemos emitidos versó sobre el desechamiento sistemático de muchas de ellas por parte del titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, las propias magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral lo han señalado.

En este sentido, la transparencia que da contar con el sistema electrónico de consultas de las quejas y denuncias que se presentan, así como del trámite que se le da a los procedimientos sancionadores es fundamental no solo como mecanismo de acceso a la justicia, sino también como vía para garantizar una adecuada rendición de cuentas y máxima publicidad.

Por ello, el hecho de que desde hace varios días este sistema no funcione y no pueda consultarse el estatus que guarda la sustanciación de los procedimientos sancionadores o la presentación de nuevas quejas o denuncias es algo que preocupa y alerta.

36. Preocupa la falta de certeza sobre los criterios utilizados para dar de baja a votantes residentes en el extranjero, así como los fallos en la comunicación para informar sobre lo ocurrido

Una regla de oro en cualquier depuración es sólo dar de baja a aquel del que se tiene certeza que incumple requisitos, en este caso pareciera que ante la duda se optó por la cancelación del derecho. Dentro de los 39 mil registros revisados debe haber un conjunto importante de solicitudes que sean fácilmente subsanables y otro universo de registro realizados claramente con dolo. 

El viernes 12 de abril, 39,724 ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero recibieron notificaciones del INE, en las que se informaba que su estatus en la lista nominal de electores había cambiado y ahora era improcedente. Esos casi 40 mil ciudadanos representan el 18% de quienes se habían inscrito. No es un universo menor. 

El INE, buscando dar certeza y solidez al padrón, determinó hacer una revisión exhaustiva a partir de una muestra de 42,436 registros y el resultado es que se encontraron anomalías en 39,724, es decir en el 93,6% de la muestra. La tasa de anomalías de la impresión de que algunos criterios de revisión se endurecieron. 

A muchos de esos casi 40 mil ciudadanos el INE les había informado en febrero que su trámite había sido exitoso, comunicación incorrecta porque, en efecto, todavía había que hacer una revisión. 

Llama la atención el perfil de los registros emproblemados, se trata de mayoritariamente de credenciales tramitadas en territorio nacional, y por el volumen de quejas y casos expuestos en redes sociales muchos son jóvenes estudiantes e incluso miembros del cuerpo diplomático. 

Existe un plazo que culmina el 5 de mayo para solicitar aclaraciones y subsanar errores, lo cual es positivo y en caso de tener una negativa se puede acudir a la justicia electoral, sin embargo, esto puede ser un inhibidor de la participación ciudadana desde el extranjero y difícilmente se logrará recuperar al 100% el universo original. 

38. A mes y medio de campañas presidenciales, los medios públicos no dejan de trabajar a favor del partido oficial

Los canales de radio y televisión del Sistema Público de Radiodifusión deben servir a los intereses de la sociedad y no a la agenda política del gobierno en turno. Sin embargo, existe una marcada discrecionalidad en la definición de criterios editoriales que favorecen a la candidata presidencial oficial al tiempo que se desacredita a las candidaturas de la oposición. 

De acuerdo con los datos del monitoreo de medios que realiza la Universidad Autónoma de Nuevo León para el INE entre el 1 de marzo y el 14 de abril, se identifican datos que revelan el uso propagandístico de recursos públicos durante la actual campaña presidencial. Primero, el número de notas sobre la candidata de FCM y el candidato de MC que son valoradas de manera negativa en los medios públicos equivale al 86% del total de valoraciones negativas en esta categoría. Segundo, se aprecia un sesgo cuantitativo en el tiempo de entrevistas destinado a favorecer a la candidata de JHH, Claudia Sheinbaum, quien acumula 2 horas con 47 minutos en este formato, mientras que en el caso del candidato de MC, Jorge Álvarez Máynez, se registra 1 hora de entrevistas y, en último lugar a la candidata de FCM, Xóchitl Gálvez, con tan solo 43 minutos de entrevista por el conjunto de medios públicos incluidos en la muestra del monitoreo. Ambos fenómenos exhiben violaciones al marco legal que regula la equidad en la contienda.

Tan solo en días pasados el titular interino del SPR, cuya ratificación en el cargo está pendiente en el Senado desde el 14 de febrero pasado en aparente fraude a la ley, Jenaro Villamil, apareció en redes sociales portando orgullosamente una playera con una imagen asociada al culto de la santa muerte en donde se lee: “Un verdadero hombre nunca habla mal de López Obrador”. Es altamente preocupante que la persona que ha encabezado el SPR durante este sexenio avale este tipo de expresiones de violencia. Lo es más, si sumamos la evidencia verificable sobre el sello propagandístico que han adquirido los medios públicos a lo largo del sexenio abandonando toda responsabilidad por apegarse al marco legal que les demanda imparcialidad, objetividad y profesionalismo.

39. Las últimas semanas la Sala Superior del TEPJF ha resuelto asuntos relevantes para la elección en los que ha adoptado criterios que restringen derechos

Durante las recientes sesiones la Sala Superior ha adoptado criterios en materia de reelección, paridad de género, libertad de expresión y derechos políticos electorales que preocupan por restringir derechos que en los últimos años habían tenido una evolución progresiva importante.

Encaminados a las etapas de definitorias de la elección, en las que las determinaciones de la justicia electoral son claves para dar certeza y seguridad jurídica al proceso, preocupan algunas resoluciones de las Salas del TEPJF en las que se observan criterios que representan una regresión en el ejercicio de los derechos políticos-electorales. Los casos son los siguientes:

1. En sesión del 27 de marzo, se resolvió el SUP-RAP-94/2024, el cual se relaciona con la reelección de una senadora que en 2018 fue postulada por el Partido del Trabajo y ahora es postulada por Morena, y aunque se acredita que renunció a dicho partido sigue siendo perteneciendo al grupo parlamentario del Partido del Trabajo en el senado, incluso es su coordinadora parlamentaria en el Senado de la República, manteniendo el vínculo con dicho partido político, lo cual la imposibilita para ser candidata al senado por un partido distinto, como lo ha sostenido la Sala Superior.

2. En sesión del 10 de abril, la Sala Superior resolvió el  SUP-RAP-121/2024, en el cual Movimiento Ciudadano impugnó un acuerdo del INE por el cual se señaló que no cumplió con el criterio de paridad en los bloques de competitidad de sus candidaturas al senado de la República, concretamente incumplió con el principio de paridad transversal, porque en los bloques de competitividad mayores y más bajos postuló un número mayor de hombres que de mujeres. 

En un cambio de criterio que no fue justificado, la mayoría de las magistraturas revocó el acuerdo al señalar que el partido sí cumplió con la paridad transversal ya quepartiendo de una paridad interrelacionada entre los bloques de competitividad Movimiento Ciudadano postuló a 16 mujeres y 16 hombres encabezando las fórmulas a senadurías, sin advertirse una notoria disparidad entre los géneros, con lo cual cuidó no caer en un sesgo evidente de género que perjudicara a las mujeres y en el bloque de mayor competitivdad postuló candidaturas integradas por mujeres que estratégicamente consideró idóneas para obtener un triunfo real en amparo a su autodeterminación y autoorganización.

40. Sesiones del Consejo General del INE: La errática conducción de la mesa puede afectar la toma de decisiones

En la recta final del proceso electoral, la presidenta Guadalupe Taddei no ha logrado evitar las faltas de respeto entre las representaciones de los partidos políticos y del poder legislativo y el uso excesivo de adjetivos calificativos, que incluyen injurias e insultos. Al no poner freno inmediato a los malos tratos y descalificaciones directas a consejeras y consejeros, se demerita el nivel del debate y se deteriora la imagen de la autoridad electoral. Urge que la presidenta intervenga de manera oportuna cuando se pone en cuestión y descalifica el trabajo de las áreas ejecutivas del Instituto.

La aplicación del reglamento de sesiones para poner orden y conducir las sesiones no es constante ni firme. Todo empieza con permitir que unos llamen “paniaguado” a la coalición opositora y otros acusen de “narco-coalición” a los partidos oficiales. Frecuentemente el debate se desvía del orden del día y se dejan pasar intervenciones fuera de lugar. Por lo pronto ya se ha generado una percepción de parcialidad de la presidenta, al no actuar oportunamente, incluso cuando se ofende a una de las consejerías.

Durante las próximas sesiones del Consejo General se tomarán decisiones de suma importancia para la calidad de la próxima jornada electoral y una de las pifias frecuentes es la dificultad que muestra la encargada de despacho de la Secretaría Ejecutiva para tomar adecuadamente las votaciones en la mesa.

Sin duda, la sesión permanente que se instala el día de la jornada electoral estará a la vista de todo el mundo. Conviene evitar la dinámica de confrontación y debates personales para llamar a la ciudadanía a participar, cuando los ojos de todo el país, de otras autoridades y de los medios de comunicación, esperan un ambiente de formalidad y respeto por parte de la máxima autoridad electoral de nuestra democracia. La responsabilidad recae en la capacidad para imponer la autoridad por parte de la presidenta de la Herradura de la Democracia.

41. El INE debe actuar con prontitud ante cualquier escenario de irregularidad que implique la inestabilidad de cualquier órgano administrativo electoral

Respecto a la inhabilitación de la consejera presidenta del OPLE Oaxaca, resulta necesario que el INE nombre a la brevedad a la persona que presida de forma provisional este instituto autónomo y así, brinde certeza al proceso electoral en esa entidad federativa.

Con fecha 27 de octubre de 2021, Elizabeth Sánchez González asumió el cargo de consejera presidenta del OPL de Oaxaca. Este organismo electoral tiene el reto de organizar elecciones en 152 ayuntamientos que se rigen por el sistema de partidos políticos y 413 por sistemas normativos indígenas. 

En septiembre de 2023, después de la práctica de una auditoría financiera de su gestión, la Contraloría interna determinó suspenderla derivado de faltas administrativas calificadas como graves. Ante esta situación, tanto la actora como el Instituto Nacional Electoral (INE) interpusieron juicios ante Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y éste determinó que la Contraloría Interna carece de facultades para suspenderla del cargo, ordenó su reinstalación, sin embargo dejó abierta la posibilidad para que el Tribunal Administrativo local pudiera conocer de los procedimientos respectivos, esto por tratarse del manejo de recursos públicos de la entidad federativa.

Así las cosas, el Contralor Interno presentó denuncia ante el tribunal administrativo, para los efectos respectivos. En este sentido el INE, al conocer del caso, debió iniciar de oficio una investigación que permitiera, de forma oportuna, determinar la situación jurídica y dotar de certeza a los procesos que realiza el OPL.

Ante esta presunta omisión de la autoridad administrativa electoral, el Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca determinó la inhabilitación del cargo por un año de la Consejera Presidenta, situación que fue notificada el 10 de abril de 2024, sin embargo, el INE a través de la Presidencia de la Comisión de Vinculación con los OPL notificó al órgano electoral local el 17 de abril, de la vacancia de la figura de la consejería de la Presidencia, procediendo éste a designar un consejero presidente provisional hasta por 30 días.

43. Urge cubrir las dos vacantes en la Sala Superior del Tribunal Electoral, para poder calificar la elección presidencial

La Constitución (art. 99), establece que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se integra con 7 magistraturas. Actualmente la Sala Superior funciona con 5 magistraturas, toda vez que el Senado no cubrió las 2 vacantes que existen. 

La ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (art. 167), exige para “declarar la validez (o nulidad) de la elección presidencial:

  1. Un quórum de, AL MENOS SEIS magistraturas. 
  2. La ausencia será suplida por el magistrado o magistrada de la Sala Regional, CON MAYOR ANTIGÜEDAD, O DE MAYOR EDAD.

La correcta interpretación de dicho artículo y lo idóneo es:

  1. Que se designen a dos magistraturas regionales para que sla Sala Superior se integre con 7. Así se evita un número par y un posible empate.
  2. Que esas DOS designaciones recaigan en las dos magistraturas con mayor antigüedad en el cargo de magistrado o magistrada electoral. 
  3. Toda vez que actualmente hay 5 magistraturas con misma mayor antigüedad, entonces tendrán que nombrarse las dos personas, de entre esas 5n magistraturas, con mayor edad.

La Sala Superior del TEPJF es el máximo órgano de decisión jurisdiccional en materia electoral, conoce en última instancia de cualquier impugnación que se presente sobre la validez o nulidad de la elección. Probablemente una de sus atribuciones más importantes es que calificar y validar la elección presidencial. 

El artículo 99 de la Constitución establece que la Sala Superior se integra por 7 magistraturas. El proceso de designación de las magistraturas se lleva a cabo por la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien propone una terna por cada magistratura y el Senado de la República que realiza la designación con el voto mayoritario de las 2/3 partes de las y los integrantes presentes. 

Actualmente, la Sala Superior está integrada por solo 5 magistraturas, pues en noviembre de 2023 concluyó el cargo de 2 magistrados. A pesar de que el Senado de la República ya tiene las ternas que fueron enviadas por la SCJN para cubrir estas vacantes, la designación no se ha llevado a cabo, el proceso ordinario concluyó y es poco probable que se convoque a uno extraordinario.

Esta situación pone en riesgo la calificación de la elección presidencial y la resolución de las impugnaciones que se presenten respecto de los resultados electorales y la validez de las elecciones.

El artículo 167 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que la Sala Superior para sesionar requiere un quórum mínimo de 4 magistraturas. El mismo artículo señala que para la calificación de la elección presidencial se requiere AL MENOS 6 magistraturas. El propio articulo 167 señala que en caso de ausencias menores a 30 días la vacante será cubierta por la magistratura de mayor antigüedad, o en su caso, la de mayor edad, lo que implica que la Sala Superior, a la brevedad y de manera transparente, debe definir los criterios de antigüedad y decanato para la ocupación de las vacantes temporales. 

Actualmente las magistraturas que tienen mayor antigüedad en el cargo son 5: una en cada Sala Regional pues fueron designadas el mismo día, estas son: Gabriela del Valle (Guadalajara), Claudia Valle (Monterrey), Enrique Figueroa (Xalapa), María Silva (CDMX) y Alejandro Avante (Toluca). Y de entre estas 5 magistraturas, las personas decanas son Gabriela del Valle (Guadalajara) y Enrique Figueroa (Xalapa).

Cabe señalar que el procedimiento previsto en el artículo 167 de la Ley Orgánica del PJF señala que es la presidencia de la Sala Superior hace la propuesta al pleno de la Sala para definir quién ocupará estas vacantes. Lo que implica que actualmente la presidenta Mónica Soto deberá proponer al resto de las magistraturas la definición de la antigüedad decanato para ocupar las vacantes, lo cual se aprueba por mayoría de la Sala Superior. 

En este escenario, se sabe que las divisiones internas en la Sala Superior tienen como consecuencia que tres magistraturas voten en un sentido y dos en otro y que, entre ellas, la comunicación y el diálogo sea inexistente, por lo que es muy probable que el decanato lo definan solo tres magistraturas.  Incluso esto puede generar que opten por un criterio para definir el decanato que no siga los parámetros legales, lo cual pudiera llevar a un posible escenario de intervención de la SCJN.

Adicionalmente a todo lo anterior, hay que considerar los tiempos que establece la Le Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para que la Sala Superior resuelva las impugnaciones y emita la declaración de validez. 

Posterior al 2 de junio se llevarán a cabo los cómputos distritales (entre el 5 y 8 de junio). Concluidos éstos, se presentarán las impugnaciones de los cómputos distritales para el caso de la elección presidencial. Adicionalmente, el 9 de junio, el INE llevará a cabo la sumatoria de la votación de la elección presidencial, y a partir de ello será posible impugnar en su totalidad esta elección. 

  • Las impugnaciones relacionadas con la elección presidencial, esto son los juicios de inconformidad, se deben resolver a más tardar el 31 de agosto.
  • El cómputo final, la calificación y declaratoria de validez de la elección a más tardar el 6 de septiembre. 

En este sentido, emitimos la alerta a fin de que: 

  1. Con la anticipación debida, esto es, previo al 2 de junio la Sala Superior deberá definir quiénes van a ocupar las dos vacantes de las magistraturas a fin de que puedan formar parte del Pleno en todo el proceso de impugnación de la elección; 
  2. En cumplimiento de los principios constitucionales de legalidad y de certeza, es necesario que se integre el Pleno de la Sala Superior con las 7 magistraturas que establece la Constitución. Integrar solo con 6 implicaría mucha responsabilidad para la presidencia de la Sala por el voto de calidad que tiene; 
  3. Es importante que de manera inmediata y transparente se de certeza a la conformación de la Sala Superior. 

44. El INE está faltando a su responsabilidad para atajar distintas estrategias de desinformación encaminadas a confundir la manera de marcar la boleta electoral para que los votos no sean anulados

El INE debe trabajar de manera continua y eficaz para desmentir, aclarar y rectificar información falsa respecto a una enorme cantidad de temas asociados con la conducción del proceso electoral.

Distintas estrategias de desinformación encaminadas a confundir a la ciudadanía son ya parte del paisaje electoral en el que se recrea la democracia. Este tipo de estrategias se aprovechan del poco conocimiento que la ciudadanía tiene sobre los asuntos públicos y, de manera particular y recurrente, de la complejidad que caracteriza a la ley electoral en nuestro país. Haciéndose pasar por supuestas campañas de concientización ciudadana, muchas de estas estrategias de desinformación hacen un llamado a la acción por parte de la ciudadanía para “corregir” un abuso o prevenir un acto arbitrario de alguna institución del Estado mexicano. 

La velocidad con la que se socializan este tipo de mensajes en distintas plataformas digitales ha incrementado de manera exponencial en años recientes. Es por ello que el trabajo de detección, verificación y desmentido de información falsa es una tarea central para las autoridades electorales como el INE al momento de generar certeza antes, durante y después de la jornada electoral. 

En fechas recientes se han difundido múltiples mensajes en las redes sociales que alertan sobre la manera “correcta” o “incorrecta” de marcar la boleta electoral con el consiguiente riesgo de que el voto sea anulado por los funcionarios de casilla. Se trata de un tema recurrente que genera confusión rápidamente pues, en efecto, las posibilidades combinatorias para que un voto sea contado como válido son muchas. 

Es imposible impedir que este tipo de estrategias planificadas de desinformación aparezcan en las redes sociales. Sin embargo, el trabajo de comunicación eficaz del Instituto debe intensificarse -mediante una sólida campaña institucional- para aclarar esta confusión. Contrario a ello notamos que la comunicación del INE al respecto de esta información falsa es, por un lado, deficiente en su claridad y oportunidad con materiales poco claros y explicativos. Por otro, el flujo de los mensajes aclaratorios que deberían desmontar esta información falsa es bastante limitado. Por ejemplo, la página institucional dedicada a la verificación de información conocida como #CertezaINE2024 no se encuentra debidamente actualizada y su último desmentido está fechado el 2 abril; es decir, han transcurrido 34 días sin que el INE desmienta cualquiera de las falsedades que han aparecido en las redes sociales desde entonces y, cuando lo ha hecho, sus materiales son imprecisos, confusos y poco pedagógicos. (ver imagen, https://twitter.com/INEMexico/status/1787914545727476007)

El GAD considera que es parte sustantiva de las funciones del INE ofrecer información veraz y oportuna para que la ciudadanía ejerza de manera plena sus derechos el día de la jornada electoral este próximo 2 de junio.